El 6 de agosto de 2025 se ha publicado, en el Boletín Oficial del País Vasco, la ORDEN de 23 de julio de 2025, del consejero de Vivienda y Agenda Urbana por la que se inicia el procedimiento de adjudicación, en régimen de arrendamiento, de 24 viviendas de protección oficial de régimen general, en Sopela, calle Loiola.
Las 24 viviendas tienen las siguientes características/cupos:
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N.º de dormitorios |
N.º de Viviendas |
Superficie mínima |
Superficie máxima |
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3 |
6 |
79,41 m² |
79,42 m² |
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2 |
12 |
58,80 m² |
64,61 m² |
| 1 |
5 |
46,26 m² |
47,09 m² |
| 2 |
(*)1 |
63,11 m² |
63,11 m² |
*Viviendas adaptadas
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Cupo: movilidad reducida |
Cupo: derecho subjetivo de vivienda |
Cupo: especial necesidad de vivienda |
Cupo: menores de 36 años |
Cupo: general |
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1 Vivienda (100%) |
3 Viviendas (13,04%) |
7 Viviendas (30,43%) |
6 Viviendas (26,10%) |
7 Viviendas (30,43%) |
Para poder participar en el procedimiento de adjudicación deberás cumplir los siguientes requisitos, a la fecha de publicación de la Orden de inicio:
Padrón: Al menos una de las titulares de la solicitud, a la fecha de publicación de la presente Orden, debe de estar empadronada en el municipio de Sopela con una antigüedad mínima de empadronamiento de 1 año ininterrumpidamente, o de 3 años de forma alterna en los últimos 5 años. Las personas que acrediten movilidad reducida y que participen en este cupo, así como a las mujeres víctimas de violencia están excepcionadas de cumplir el requisito de empadronamiento en el procedimiento de adjudicación.
Municipio de demanda: Estar de alta como demandante de vivienda en alquiler en el Registro de Solicitantes de Vivienda en Sopela. En cualquier caso, las personas que participan en el cupo de movilidad reducida podrán participar cualquiera que sea el municipio de demanda.
Ingresos: Tener ingresos ponderados entre 9.000 € y 45.022,57 € euros en el periodo impositivo correspondiente al ejercicio de renta del año 2024. En el caso de personas con discapacidad con movilidad reducida, de personas con discapacidad psíquica o de mujeres víctimas de violencia de género, no se exigirá acreditar ingresos mínimos. Tampoco deberán de acreditar ingresos las personas que tengan reconocido el derecho subjetivo a una vivienda. Para el acceso en alquiler, se tendrán en cuenta como perceptoras de ingresos computables a todas aquellas personas mayores de edad cuya capacidad no haya sido modificada judicialmente y que formen parte de la unidad convivencial.
Unidad convivencial: Pertenecer a unidades convivenciales de no más de 6 miembros.
El plazo de presentación de las solicitudes de inscripción estará abierto entre el 15 de septiembre y el 3 de octubre de 2025 (ambos inclusive). Las inscripciones se deberán de realizar en las fechas anunciadas (y no antes). En la web www.etxebide.euskadi.eus se encontrará disponible toda la información.
Si cumples las condiciones y deseas inscribirte en el procedimiento de adjudicación, puedes hacerlo a través de alguna de estas opciones:
– Telemáticamente: en http://www.etxebide.euskadi.eus
– Presencialmente: FIRMA LA SOLICITUD Y entrégala en Zuzenean (con cita previa), Gran Vía Don Diego López de Haro, 85, Bilbao, Bizkaia.
– Por correo postal: FIRMA LA SOLICITUD Y envíala a la Delegación Territorial de Vivienda de Bizkaia, Gran Vía, Don Diego López de Haro 85, 6º, 48011- Bilbao. Se recomienda el uso de correo administrativo para que se tenga en cuenta la fecha de entrada de la oficina postal.
Notas:
Todas las personas que cumplís los requisitos para participar en esta promoción recibiréis un mail o carta en vuestro domicilio cuando se abra el plazo de inscripción (dependiendo del canal de comunicación que hayáis elegido); en esa carta o mail tenéis todos los datos para poderos inscribir.
Recuerda que, si te inscribes y no cumples los requisitos para participar en el procedimiento de adjudicación, se te excluirá del mismo, pero seguirás de alta en Etxebide. Si no te inscribes, no tendrá ningún efecto sobre tu situación en Etxebide. Sin embargo, si te inscribes y renuncias a una vivienda que se te ha adjudicado, salvo las excepciones previstas en la ley, tu expediente será dado de baja en Etxebide y no podrás volverte a inscribir en el registro durante un año.