Fecha de publicación: 10/04/2013

Sistema de recogida de residuos Atez-ate y derecho fundamental a la protección de datos personales

Agencia Vasca de Protección de Datos.

Incidencia de los sistemas de recogida de residuos Atez-Ate sobre el derecho a la privacidad de las personas

La Agencia Vasca de Protección de Datos ha adoptado un dictamen (pdf, 36 Kb) en relación con la consulta planteada por un ciudadano sobre la compatibilidad entre el sistema de recogida de residuos, denominado ?atez ate? o ?puerta a puerta? y el derecho fundamental a la protección de datos personales.

Tal y como se expone en esta consulta, en algunos municipios de Guipúzcoa se está desarrollando un sistema de recogida y tratamiento de residuos denominado ?atez ate? o ?puerta a puerta?, según el cual la Administración municipal obliga a depositar los residuos, según su tipología, en un día y horario determinado, y además en punto determinado e identificado para cada vivienda, que puede ser inspeccionado por la Administración municipal.

La cuestión que plantea un ciudadano es la compatibilidad del sistema con la legislación vigente en materia de protección de datos, teniendo en cuenta que al depositar los residuos, estos pueden contener información personal (fotografías, extractos bancarios, medicinas, recetas médicas, resguardos de compras, de seguros, documentación personal de todo tipo)..

La pregunta que se formula es si la Administración es responsable de la seguridad y el uso de toda la información personal que los vecinos depositen en el lugar personalizado asignado al afecto.

Analizada la problemática planteada, esta Agencia ha alcanzado las siguientes conclusiones:

La primera, que a juicio de esta Institución, no estaríamos ante un tratamiento de datos de carácter personal, sino ante el ejercicio por el Ayuntamiento de la competencia que la Ley de Bases de Régimen Local le atribuye para la recogida y tratamiento de residuos.

La segunda es que, a pesar de esta constatación, la relevancia de la información personal que se contiene en los residuos que se depositan en los puntos habilitados para ello, es innegable.

Por ello, la Agencia Vasca de Protección de Datos considera en su dictamen que sería conveniente que las Entidades Locales establezcan un sistema de gestión de los residuos respetuoso con la privacidad de las personas. Por ello, recomienda que éstas incluyan en sus Ordenanzas un tratamiento específico de aquellos residuos que contengan datos de carácter personal, que contemple el proceso íntegro, desde su recogida hasta su eliminación, utilizando para ello los instrumentos o medidas que la legislación establece.

Esta recomendación se hace con la finalidad de proteger a las personas en su derecho fundamental a la protección de los datos personales, y al objeto de minimizar el impacto que la gestión del sistema de residuos Atez-Ate pueda tener en su privacidad.

La Agencia Vasca de Protección de Datos se presta asimismo a colaborar con las Entidades Locales para asesorar sobre la corrección de las medidas que se adopten por éstas para la protección de la privacidad de los ciudadanos.

Dictamen que se emite en relacion con la consulta formulada sobre el sistema de recogida de residuos denominado atez ate, puerta a puerta. (pdf, 36 Kb)