Fecha de publicación: 20/12/2013
Recomendaciones para evitar llamadas de publicidad no deseadas (SPAM)
Se considera ‘spam telefónico’ cualquier tipo de comunicación por telefonía fija o por telefonía móvil que recibe una persona consumidora y/o usuaria sin haber sido solicitada por ella. A través de dicha comunicación una empresa y/o entidad le oferta servicios y/o productos.
El problema del spam telefónico no es tanto la publicidad realizada en relación a la oferta, sino las molestias y enfado que generan en las personas destinatarias de las llamadas, por la agresividad en las formas, modos, o por lo intempestivo de los horarios de las llamadas.
Desde la aprobación de la Ley 29/2009, las “propuestas no deseadas o reiteradas por teléfono, fax, correo electrónico u otros medios de comunicación a distancia” se consideran prácticas agresivas por acoso. A partir de esa ley, la persona consumidora y usuaria tiene derecho a negarse a recibir publicidad, y las llamadas que reciba no pueden ser realizadas desde un número oculto. Según se recoge en la ley las empresas y/o entidades tienen que poner en marcha “sistemas que permitan al consumidor dejar constancia de su oposición a seguir recibiendo propuestas comerciales”.
Recomendaciones:
- Ponte en contacto con tu compañía de telefonía (fija y/o móvil) y expón tu deseo de no recibir ofertas publicitarias y de ser dado de baja en la guía telefónica. Con esa llamada evitarás ofertas de tu compañía telefónica y también de otras compañías que pueden acceder a tus datos a través de ese tipo de registros que son públicos.
La Agencia Española de Protección de Datos tiene disponibles en su página web modelos para utilizar en cualquiera de los casos anteriores. - Seas o no seas cliente de la empresa que te remite la publicidad no deseada, tienes derecho a solicitar el acceso, rectificación, cancelación y oposición de esos datos. La empresa está obligada a tener desarrollado un procedimiento sencillo y gratuito para poder ejercerlos.
- Si no quieres recibir publicidad de empresas con las que no mantienes o no has mantenido ningún tipo de relación comercial, puedes inscribirte en la Lista Robinson. Puedes hacerlo a través de su web: www.listarobinson.es
Recuerda: sólo la inscripción en esa lista no evitará que recibas publicidad de entidades a las que en algún momento diste tu consentimiento. Por tanto, en esos casos conviene que revoques el consentimiento dado en su momento. - Reclama ante la Agencia Española de Protección de Datos en los siguientes casos:
- Si sigues recibiendo publicidad de compañías de las que no eres cliente y estás incluido en la Lista Robinson o has mostrado tu deseo no recibir recibir publicidad.
- Si sigues recibiendo publicidad de una compañía de la que eres cliente más de 10 días después de haber informado (acreditado) que no quieres recibirla.
- Si estás recibiendo comunicaciones comerciales en las que se disimule o se oculte la identidad del remitente por cuenta de quien se efectúa la comunicación o que contravengan lo dispuesto en la Ley, o se incite a las personas destinatarias a visitar páginas de internet que contravengan lo dispuesto en la ley.