Fecha de publicación: 16/09/2010
Nota informativa en torno a los procesos selectivos del Gobierno
La sentencia dictada el 14 de abril de 2010 por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco declara la nulidad de algunos párrafos de los artículos 3.1, 3.2 y 3.3 del Decreto 48/2009 de 24 de febrero, de convalidación de títulos y certificados de euskera.
Dicha sentencia no supone alteración de la situación existente con anterioridad (reconocimientos y convalidaciones de perfiles lingüísticos) dado que únicamente viene a anular el carácter limitativo de las previsiones del citado Decreto en el sentido de que, tratándose de un sistema reglado de enseñanza, y dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, debe reconocerse validez a los títulos y certificados de euskera de cualquier Escuela Oficial de Idiomas, y no solamente a los de las Escuelas Oficiales de Idiomas del País Vasco y Navarra."
En cualquier caso, el Gobierno Vasco, en el plazo mas breve posible, publicará un nuevo decreto de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, incluyendo los de todas las Escuelas Oficiales de Idiomas."