Fecha de publicación: 01/07/2014

Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 julio 2014

Aprobado el nuevo decreto que regula las hojas de reclamaciones de consumo y el procedimiento de atención de quejas, reclamaciones y denuncias de las personas consumidoras

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy, 1 julio 2014, el Decreto que regula las hojas de reclamaciones de consumo y el procedimiento de atención a quejas, reclamaciones y denuncias de las personas consumidoras y usuarias de Euskadi. Con este nuevo Decreto, Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo persigue potenciar la defensa de los derechos y protección de las personas consumidoras y establecer un método ágil de solución de las controversias en materia de consumo.

Así, la nueva regulación recoge aspectos y medidas para mejorar el procedimiento de tramitación administrativa de todas las reclamaciones presentadas ante Kontsumobide u Oficinas Municipales de Información a personas consumidoras (OMIC), lo que se traduce en  una mayor protección para las personas consumidoras y usuarias que precisen trasladar a la Administración reclamaciones, quejas o denuncias en materia de consumo a través de los distintos cauces existentes para ello.

La hoja de reclamaciones destaca como el instrumento para facilitar la puesta en conocimiento de la Administración de las reclamaciones en materia de Consumo. El nuevo decreto establece la obligatoriedad de disponer de hojas de reclamaciones, e incluye en esta obligatoriedad a las actividades recreativas y espectáculos públicos que en la anterior regulación estaban excluidas. Únicamente se exceptúa de la obligación de tener hojas de reclamaciones a centros autorizados que imparten enseñanzas regladas y profesionales liberales que lleven a término una actividad para cuyo ejercicio sea necesaria la colegiación previa en un Colegio Profesional legalmente reconocido, cuyas reclamaciones se tramitarán a través de sus respectivos Colegios Profesionales de acuerdo con lo dispuesto en su normativa reguladora.

Asimismo, la nueva regulación establece como novedad la obligatoriedad de las empresas a cumplimentar sus datos en las hojas de reclamaciones; y para informar de esta novedad, Kontsumobide, con la colaboración de la Dirección de Comercio del Gobierno Vasco va a llevar a cabo, a partir de septiembre, una campaña de inspección informativa por todas las empresas y comercios de Euskadi al objeto de recordar el cumplimiento de esta obligatoriedad.

En relación a las hojas de reclamaciones, el texto normativo recoge, a su vez, sus características,  la forma en que se debe informar de su existencia y la respuesta ante su solicitud por parte de la persona consumidora.

Por último, el Decreto  introduce la figura de la denuncia y la queja antes no contemplada y regula el procedimiento de tramitación de reclamaciones y denuncias.

La aprobación de este Decreto deroga el Decreto 5/1997, de 14 de enero, por el que se regulan las hojas de reclamaciones de los consumidores y usuarios en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que no daba una respuesta adecuada a la previsión del artículo 12.2 de la Ley 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias.

Toda la información sobre las hojas de reclamaciones así como cualquier otra sobre consumo podrá consultarse en la página web de kontsumobide, o en cualquiera de sus oficinas en Bilbao, Donostia/San Sebastián o Vitoria-Gasteiz.

 

Documento:

DECRETO 142/2014, de 1 de julio, de hojas de reclamaciones de Consumo y del procedimiento de atención de quejas, reclamaciones y denuncias de las personas consumidoras y usuarias

 

Intervenciones de Kontsumobide en la radio

 

Radio Popular (programa 'Es posible'). 16 julio 2014

Hoja de reclamaciones de consumo...

(mp3, 1,35 MB)

 

Radio Euskadi (programa 'Boulevard'). 17 julio 2014

Hoja de reclamaciones de consumo, procedimiento de atención de reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias...

(mp3, 1,7 MB)