Normativa

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RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2022, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se conceden y deniegan las becas de trabajos de investigación en materia de igualdad de mujeres y hombres para el año 2022.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Instituto Vasco de la Mujer; Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 207
  • Nº orden: 4669
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 05/07/2022
  • Fecha de publicación: 28/10/2022

Ámbito temático

  • Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Educación
  • Submateria: Asuntos sociales; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Por Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer (BOPV, número 247, de 13 de diciembre), se aprobó la convocatoria de tres becas de trabajos de investigación en materia de igualdad de mujeres y hombres para el año 2022.

El artículo 11 de la citada Resolución establece que la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer dictará resolución expresa que recogerá para cada beca las concedidas y denegadas, y que además de notificarse la resolución individualmente, se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco la relación de las becas concedidas.

Asimismo, el artículo 9.5 de la misma Resolución establece la posibilidad de que la Comisión de selección eleve una propuesta que contenga una relación de suplentes para el caso de que se produzca alguna renuncia por parte de la persona o grupo beneficiario.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la antedicha Resolución, inmediatamente después de la aprobación de esta resolución se procederá al primer pago; el segundo pago se realizará, ya en el ejercicio 2023, una vez valorado positivamente el trabajo de investigación realizado hasta el momento, y el tercer pago, una vez recibido y valorado el trabajo objeto de la beca, en ese mismo ejercicio 2023.

Por todo lo expuesto, y considerada la propuesta de la Comisión de selección,

(Véase el .PDF)

SUPLENTES

(Véase el .PDF)

DENEGADAS

(Véase el .PDF)

Motivos de exclusión:

  1. No alcanza puntuación mínima exigida.

  2. No subsanado.

  3. No pertenece a esta convocatoria.

(Véase el .PDF)

SUPLENTES

(Véase el .PDF)

DENEGADAS

(Véase el .PDF)

Motivos de exclusión:

  1. No alcanza puntuación mínima exigida.

  2. No pertenece a esta convocatoria.

(Véase el .PDF)

SUPLENTES

(Véase el .PDF)

DENEGADAS

(Véase el .PDF)

Motivos de exclusión:

  1. No alcanza puntuación mínima exigida.

  2. No pertenece a esta convocatoria.

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Competencias y transferencias

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Documentación de relevancia jurídica

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