Normativa

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RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2022, de la Viceconsejera de Educación, por la que se convocan pruebas para la acreditación de perfil lingüístico de Educación durante el año 2023.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Educación
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 242
  • Nº orden: 5462
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 05/12/2022
  • Fecha de publicación: 21/12/2022

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Medio natural y vivienda; Organización administrativa
  • Submateria: Agricultura y pesca; Función pública

Texto legal

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El Decreto 47/1993 (BOPV de 02-04-1993) estableció los perfiles PL1 y PL2 del profesorado. Posteriormente, la Orden del Consejero de Educación, Universidades e Investigación de 10 de enero de 1994 (BOPV de 26-01-1994) reguló la evaluación del programa Irale y el contenido y la forma de las pruebas de acreditación de perfil lingüístico. Las Ordenes de 10 de abril de 1995 (BOPV de 11-05-1995) y del 22 de octubre de 1998 (BOPV de 05-11-1998) configuraron el sistema de calificación de los diferentes tipos de convocatorias. Asimismo, el Decreto 66/2005, de 5 de abril (BOPV de 14-04-2005) crea y regula el perfil lingüístico HLEA para el personal laboral educativo de Educación Especial.

El objetivo fundamental de la presente Resolución es convocar las pruebas de acreditación de perfil lingüístico de Educación para el año 2023.

Por todo ello,

  1. La resolución de exclusión de una persona candidata en cualquiera de las pruebas corresponde a la presidenta o el presidente del tribunal territorial, a propuesta de las personas que componen el mismo que estén presentes, previa audiencia a la persona interesada.

  1. Se garantizará en todo momento la confidencialidad de los citados materiales, no pudiéndose extraer copia de los mismos, salvo para las valoraciones y demás cometidos propios de los tribunales examinadores.

Se autoriza a la Directora de Aprendizaje e Innovación Educativa a adoptar las medidas encaminadas a desarrollar lo dispuesto en la presente Resolución.

La presente Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de diciembre de 2022.

La Viceconsejera de Educación,

MARÍA BEGOÑA PEDROSA LOBATO.

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