Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 30 de abril de 2026, de la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se otorga el reconocimiento de Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres a la entidad GMSM Medioambiente, S.A.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Lehendakaritza; Instituto Vasco de la Mujer
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 87
- Nº orden: 1973
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 30/04/2026
- Fecha de publicación: 12/05/2026
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Educación
- Submateria: Asuntos sociales; Gobierno y Administración Pública
Texto legal
Mediante Decreto 11/2014, de 11 de febrero, se reguló el reconocimiento de Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres, con la finalidad de promocionar las condiciones que faciliten la igualdad de mujeres y hombres y la remoción de obstáculos que impidan dicha igualdad, e incentivando las iniciativas que puedan surgir en el ámbito socio-laboral a favor de la igualdad de oportunidades e igualdad de trato de mujeres y hombres, así como de reconocer la labor realizada por las distintas entidades en dicho ámbito.
Examinada la solicitud presentada por la GMSM Medioambiente, S.A., junto con la documentación aportada al efecto, y una vez evaluada por la Comisión de Valoración prevista en el artículo 8 del citado Decreto, que ha procedido a la aplicación de los criterios de valoración establecidos en su artículo 9, elevando propuesta favorable a esta Dirección, se constata que la entidad cumple los requisitos exigidos para la obtención del reconocimiento.
En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 11/2014, procede el otorgamiento del reconocimiento solicitado.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo Boletín.
La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 30 de abril de 2026.
La directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,
MIREN ELGARRESTA LARRABIDE.