Normativa

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RESOLUCIÓN 29/2021, de 7 de junio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por la que se autoriza la modificación de la encomienda a Euskal Trenbide Sarea para la definición del estudio informativo de la terminal intermodal y logística de Lezo-Gaintxurizketa (Gipuzkoa), así como el Proyecto de Delimitación y Utilización de Espacios Ferroviarios, y el Plan Especial de Ordenación de la zona de Servicio Ferroviario.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Gobernanza Pública y Autogobierno
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 129
  • Nº orden: 3762
  • Nº disposición: 29
  • Fecha de disposición: 07/06/2021
  • Fecha de publicación: 01/07/2021

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda; Organización administrativa; Transportes y obras públicas
  • Submateria: Urbanismo y vivienda; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 25 de mayo de 2021, el Acuerdo por la que se autoriza la modificación de la encomienda a Euskal Trenbide Sarea para la definición del estudio informativo de la terminal intermodal y logística de Lezo-Gaintxurizketa (Gipuzkoa), así como el Proyecto de Delimitación y Utilización de Espacios Ferroviarios, y el Plan Especial de Ordenación de la zona de Servicio Ferroviario, y a los efectos de darle la publicidad debida,

El Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, con fecha 22 de enero de 2020, suscribieron un protocolo de colaboración para instrumentar la colaboración necesaria para el desarrollo de la terminal intermodal y logística de Lezo Gaintxurizketa (Gipuzkoa), con el fin de elaborar el Estudio Informativo y Proyectos Constructivos necesarios para el desarrollo de la terminal intermodal y logística, contemplada tanto en la planificación estatal y autonómica, así como en el Reglamento (UE) 1315/2013 de la Unión Europea. En virtud de este protocolo, el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras desarrollaría en coordinación con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, los proyectos y estudios necesarios para la definición del Estudio Informativo y Proyectos Constructivos de la citada terminal intermodal y logística, que también permita la conexión a la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG).

Actualmente, el artículo 11 del Decreto 18/2020 de 6 de septiembre del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes las funciones correspondientes a ferrocarriles.

El artículo 16.2.a) y e) del Decreto 11/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, atribuye a la Dirección de Infraestructuras del Transporte, la planificación y programación de las inversiones en desarrollo y mantenimiento de infraestructuras de transportes competencia de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como proponer y preparar los instrumentos de cooperación y de coordinación económica, técnica y administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con las demás administraciones territoriales en materia de infraestructuras del transporte.

Adscrito al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco se encuentra el ente público de derecho privado Red Ferroviaria Vasca - Euskal Trenbide Sarea, que fue creado por Ley 6/2004, de 21 de mayo, cuya competencia se extiende a todas las infraestructuras ferroviarias actuales o que en el futuro se puedan construir que sean competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco y que se le encomienden.

El artículo 5.4 de la Ley 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca - Euskal Trenbide Sarea incluye dentro del objeto social del ente, cualquier función que le encomiende el Gobierno y que directa o indirectamente esté relacionada con la construcción, la conservación y la administración de infraestructuras de transporte ferroviario, y de forma especial las relativas a la redacción de estudios y proyectos y a la gestión, por medio de cualquier negocio jurídico admitido en derecho, de las infraestructuras que estén vinculadas a la política de transporte ferroviario, a los servicios de telecomunicaciones y al uso de espacios públicos.

De acuerdo a lo anteriormente establecido, el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 18 de febrero de 2020, encomienda a Red Ferroviaria Vasca Euskal Trenbide Sarea la realización de los estudios para la definición del Estudio Informativo de la terminal intermodal y logística de Lezo Gaintxurizketa (Gipuzkoa), así como el Proyecto de Delimitación y Utilización de Espacios Ferroviarios y el documento que desarrolla este último, el Plan Especial de Ordenación de la zona de Servicios Ferroviario.

El presupuesto de los trabajos descritos en el apartado cuarto de la encomienda aprobada el 18 de febrero de 2020, se estimó en la cantidad de setecientos veintiséis mil euros (726.000 ) IVA incluido, con las siguientes anualidades:

2020: 242.000 euros.

2021: 363.000 euros.

2022: 121.000 euros.

De acuerdo con las indicaciones planteadas por el Ente Público Red Ferroviaria Vasca - Euskal Trenbide Sarea en relación al grado de ejecución de los trabajos, es necesario amoldar la distribución presupuestaria inicialmente prevista y ajustar el presupuesto inicialmente estimado.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, y previa la correspondiente deliberación, en sesión celebrada el día 25 de mayo de 2021, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente

«Primero. Modificar el punto 6. Valoración y Abono de los Trabajos de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca - Euskal Trenbide Sarea, aprobada el 18 de febrero de 2020 para la realización de los estudios que resultaren necesarios para la definición del Estudio Informativo de la terminal intermodal y logística de Lezo Gaintxurizketa (Gipuzkoa), así como el Proyecto de Delimitación y Utilización de Espacios Ferroviarios, y el documento que desarrolla este último, el Plan Especial de Ordenación de la zona de Servicio Ferroviario.

  1. Valoración y abono de los trabajos.

    La valoración de los trabajos encomendados se estima en seiscientos ochenta y nueve mil trescientos veintiún euros (689.321 euros) IVA incluido, en base a las siguientes anualidades:

    2020: 24.321 euros.

    2021: 444.000 euros.

    2022: 221.000 euros.

    El abono de los trabajos objeto del presente encargo se efectuará mediante pagos mensuales, debiendo en cada caso justificar los trabajos realizados. Todos los pagos se realizarán previa presentación de la factura a conformidad de la Administración.