Normativa

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RESOLUCIÓN 27 de octubre de 2021, del Viceconsejero de Planificación Territorial y Agenda Urbana, por la que se resuelve y hace pública la concesión de las ayudas previstas en la Orden de 8 de septiembre de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones a los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como a los Concejos de los municipios alaveses para la elaboración de Planes de Acción del Paisaje para el ejercicio 2021.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Planificación Territorial, Vivienda y Transportes
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 225
  • Nº orden: 5776
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 27/10/2021
  • Fecha de publicación: 12/11/2021

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda; Organización administrativa; Transportes y obras públicas
  • Submateria: Medio Ambiente; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Con fecha 13 de septiembre de 2021 fue publicada en el BOPV n.º 182 la Orden de 8 de septiembre de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como a los Concejos de los municipios alaveses, para la elaboración de Planes de Acción del Paisaje para el ejercicio 2021.

El plazo de presentación de solicitudes finalizó al mes de la publicación en el BOPV, es decir, el 13 de octubre, en virtud de lo establecido en el artículo 7.1 de la citada Orden, habiendo tenido entrada las siguientes solicitudes:

(Véase el .PDF)

En virtud de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la citada Orden reguladora de estas ayudas, con fecha 20 de octubre de 2021 se constituyó el correspondiente Tribunal de Valoración con objeto de llevar a cabo el análisis y verificación de las solicitudes recibidas teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 10.1 que recogía los criterios de adjudicación y su puntuación máxima. Con fecha 21 de octubre de 2021, el Acta que recoge la constitución del Tribunal de Valoración en la que consta la identidad de las personas que lo componen, fue notificada a todos los Ayuntamientos solicitantes a los efectos de garantizar los derechos de abstención y recusación, en cumplimiento de lo dispuesto en artículo 9.2 de la Orden reguladora de las presentes subvenciones.

El artículo 18 de la antedicha Orden prevé que para la concesión de las subvenciones se destinará un total de 300.000 euros. Por su parte, el artículo 16 precisa que se subvencionará el 90 % de los honorarios de redacción de los Planes de Acción de Paisaje, con un máximo de 30.000 euros por Plan, hasta el agotamiento del crédito presupuestario existente, no pudiendo ser objeto de subvención el IVA u otros impuestos.

Tras el análisis y verificación de las propuestas y como consecuencia del mismo, el Tribunal de Valoración, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Orden reguladora, elevó a esta Viceconsejería la correspondiente Propuesta de adjudicación en la que se hace constar la prelación de las solicitudes que se propone subvencionar, atendiendo a la puntación, incluyendo el Ayuntamiento o Concejo beneficiario, el proyecto subvencionable y el importe de subvención propuesto. Igualmente, la citada Propuesta recogía la relación de solicitudes que se propone denegar y los motivos para ello.

Finalmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden de 8 de septiembre de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como a los Concejos de los municipios alaveses para la elaboración de Planes de Acción del Paisaje para el ejercicio 2021, a la vista de la propuesta elevada por el Tribunal de valoración constituido al efecto,

Contra la presente Resolución cabrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de octubre de 2021

El Viceconsejero de Planificación Territorial y Agenda Urbana,

MIGUEL DE LOS TOYOS NAZABAL.