Normativa

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RESOLUCIÓN 266/2025, de 31 de octubre, de la directora de Política Financiera y Previsión Social por la que se acuerda el cese de la intervención y de la sustitución de la Junta de Gobierno de la Entidad de Previsión Social Voluntaria Indiferenciada sin Actividad Aseguradora de Gallarta y se inscribe en el Registro de Entidades de Previsión Social Voluntaria de Euskadi.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Hacienda y Finanzas
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 222
  • Nº orden: 4904
  • Nº disposición: 266
  • Fecha de disposición: 31/10/2025
  • Fecha de publicación: 18/11/2025

Ámbito temático

  • Materia: Economía y Hacienda; Sanidad y consumo
  • Submateria: Hacienda; Economía

Texto legal

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Visto el expediente de intervención y de sustitución de la junta de gobierno de la entidad de previsión social voluntaria indiferenciada sin actividad aseguradora de Gallarta.

En esta asamblea general los miembros provisionales de la junta de gobierno, en funciones de administradores provisionales de la entidad, dan cuenta de la evolución de la misma desde la celebración de la anterior asamblea general extraordinaria celebrada el 15 de julio de 2025, así como de las actuaciones realizadas por la junta de gobierno provisional nombrada en virtud de la resolución de 30 de mayo de 2025 de la directora de Política Financiera y Previsión Social por la que se acuerda la sustitución de la junta de gobierno de la entidad. Dichas actuaciones son ratificadas por la asamblea general por unanimidad.

Asimismo, la asamblea general elige por unanimidad como miembros de la junta de gobierno a las personas que conforman la única candidatura que se ha presentado a tal efecto.

Jabier Pereda Valcarcel.

Pedro Miguel Esteban Mielgo.

Josune Lezaola Pajares.

Marga González Lezcano.

Kristela Jiménez Madrazo.

Fátima Peral Puertollano.

Rosa María Hurtado Pérez.

Irache Sanz Chaves.

Presidente: Jabier Pereda Valcarcel.

Vicepresidente: Pedro Miguel Esteban Mielgo.

Secretaria: Josune Lezaola Pajares.

Tesorera: Marga González Lezcano.

Vocal 1: Kristela Jiménez Madrazo.

Vocal 2: Fátima Peral Puertollano.

Vocal 3: Rosa María Hurtado Pérez.

Vocal 4: Irache Sanz Chaves.

Se ha cumplido específicamente lo dispuesto en el artículo 86.2 del citado Decreto 203/2015, que establece que la intervención cesará cuando hayan desaparecido las causas que la motivaron o cuando concluya la liquidación.

Vistos el Estatuto de Autonomía del País Vasco, la Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre EPSV, el Decreto 203/2015, de 27 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de la citada ley, y el Decreto 92/2007, de 29 de mayo, por el que se regula el ejercicio de determinadas actividades de las EPSV, y demás normas de general y pertinente aplicación.

Presidente: Jabier Pereda Valcarcel.

Vicepresidente: Pedro Miguel Esteban Mielgo.

Secretaria: Josune Lezaola Pajares.

Tesorera: Marga González Lezcano.

Vocal 1: Kristela Jiménez Madrazo.

Vocal 2: Fátima Peral Puertollano.

Vocal 3: Rosa María Hurtado Pérez.

Vocal 4: Irache Sanz Chaves.

La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa. Contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el viceconsejero de Política Financiera y Presupuestos del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente, de conformidad con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que los interesados estimen procedente.

En Vitoria-Gasteiz, a 31 de octubre de 2025.

La directora de Política Financiera y Previsión Social,

ARANTZA LARRAURI ARANGUREN.