Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 2 de julio de 2025 del director de Administración y Servicios Generales de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, por la que se hace público el agotamiento del crédito presupuestario correspondiente al ejercicio 2024, destinado a la financiación del Programa Lehen Aukera.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 145
- Nº orden: 3385
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 02/07/2025
- Fecha de publicación: 01/08/2025
Ámbito temático
- Materia: Cultura y deporte; Economía y Hacienda; Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa
- Submateria: Hacienda; Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública; Economía
Texto legal
Mediante Resolución de 24 de noviembre de 2023, del director general de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, se publicó la convocatoria de ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas para el ejercicio 2024, aprobada mediante acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado en su sesión de 24 de noviembre de 2023 (BOPV de 28-12-2023).
El artículo 2.2.a) de la convocatoria da a conocer el importe de los recursos económicos destinados para la financiación de los contratos indefinidos y contratos formativos para la obtención de la práctica profesional y, el artículo 2.5, establece que el volumen total de las ayudas a conceder no superará la cantidad presupuestada o la que resulta de su incremento, en el supuesto de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, circunstancia a la que se dará la oportuna publicidad mediante resolución del director general de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
El artículo 18.2 de la mencionada convocatoria se dispone que las solicitudes serán estudiadas por orden de presentación y que las ayudas se concederán en el mismo orden a aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria. El citado artículo establece, asimismo, que una vez agotada la dotación presupuestaria se procederá a la publicación de esta circunstancia en el BOPV mediante resolución de la directora de Activación Laboral de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y en la página web www.lanbide.euskadi.eus y se denegarán las subvenciones a las solicitudes pendientes.
En virtud del artículo 18.1.e) del Decreto 93/2025, de 29 de abril, por el que se aprueban los estatutos de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo; el director de Administración y Servicios Generales de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo es el órgano competente para dictar la presente Resolución.
Agotada la dotación presupuestaria,
En Vitoria-Gasteiz, a 2 de julio de 2025.
El director de Administración y Servicios Generales de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo,
FERNANDO PARICIO CARRIÓN.