Normativa

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RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2022, de la Directora de Servicios del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se delega en la Dirección del Centro Educativo Ibaiondo de Zumárraga el ejercicio de competencias sobre determinadas materias.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 2
  • Nº orden: 39
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 19/12/2022
  • Fecha de publicación: 03/01/2023

Ámbito temático

  • Materia: Economía y Hacienda; Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa
  • Submateria: Hacienda; Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública; Función pública

Texto legal

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El Decreto 12/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, establece, en el artículo 9.1. b), que a la Dirección de Servicios le corresponde realizar la gestión económica departamental y tramitar las diferentes fases de ejecución presupuestaria. Y así el Director o Directora de Servicios autorizará los gastos del Departamento cuya cuantía no exceda de 1.000.000 de euros.

Asimismo, el citado Decreto establece que a la Dirección de Servicios le corresponde: elaborar planes de formación y perfeccionamiento del personal, con excepción del personal de Administración de Justicia y sin perjuicio de las competencias correspondientes a la Dirección de Función Pública y al Instituto Vasco de Administración Pública, y planificar y gestionar los recursos humanos adscritos al Departamento, ejerciendo el Director o Directora de Servicios las competencias que al Departamento atribuye el artículo 10 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, y demás normativa vigente, y evaluar las previsiones de necesidades de personal efectuadas por el Departamento y realizar las propuestas para la elaboración de la plantilla y de relaciones de puestos de trabajo en el mismo, salvo las relativas al personal de Administración de Justicia (artículo 9.1 d) y e)).

Por otro lado, de acuerdo con el artículo 13 g) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, es competencia del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, ejercitar las competencias en materia de menores infractores, con la colaboración del resto de órganos y administraciones competentes en la protección del menor, radicándose en la Dirección de Justicia las funciones de diseñar, planificar, organizar y evaluar las actuaciones en materia de justicia juvenil, coordinando la labor de los distintos departamentos del Gobierno (artículo 14 g) del Decreto 12/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales).

El Centro Educativo Ibaiondo de Zumárraga es un Centro Educativo de ejecución de medidas privativas de libertad, de los regulados en el Decreto 80/2009, de 21 de abril, sobre centros educativos de cumplimiento de medidas privativas de libertad en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

De acuerdo con el artículo 28 de la citada norma, son funciones, entre otras, de la Dirección las de dirigir, coordinar, controlar y supervisar las directrices establecidas por el Servicio de Justicia Juvenil, dictar las órdenes de servicio relativas al funcionamiento y organización interna del Centro sin perjuicio de las facultades que correspondan al Servicio de Justicia Juvenil; administrar y gestionar los recursos económicos del Centro de conformidad con la legislación vigente y las directrices del Servicio de Justicia Juvenil, y realizar el estudio de las necesidades económicas o de otra índole para el correcto funcionamiento del Centro.

La Dirección del Centro, de acuerdo con el artículo 28 del citado Decreto 80/2009, de 21 de abril, sobre centros educativos de cumplimiento de medidas privativas de libertad en la Comunidad Autónoma del País Vasco, será ejercida por la persona responsable del centro (Puesto: Responsable de Asuntos Sociales; código plaza 510261).

Teniendo en cuenta la carga de trabajo que pesa sobre la Dirección de Servicios, se considera conveniente, en estos momentos, efectuar la delegación del ejercicio de las competencias que se relacionan en la parte dispositiva de la presente Resolución.

En virtud de lo expuesto anteriormente y de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 20 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículo 25 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco,

  1. Aprobar los gastos de funcionamiento necesarios que en su ámbito procedan, en el marco del régimen de fondos anticipados vigente.

  2. La concesión y distribución de vacaciones anuales y días por compensación de festivos al personal laboral.

  3. La concesión de los permisos retribuidos por los tiempos y causas establecidas en la normativa aplicable, al personal laboral.

Contra la presente Resolución se podrá imponer recurso de alzada ante la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación de esta Resolución.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de diciembre de 2022.

La Directora de Servicios,

MIREN KARMELE ARIAS MARTINEZ.

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