Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN 153/2020, de 3 de marzo, del Director Gerente de Organización Sanitaria Integrada Bidasoa, por la que se modifica la Resolución 640/2019, de 5 de diciembre, por la que se convoca concurso para la provisión de un puesto de trabajo de Jefe de Sección Sanitario de Cirugía Ortopédica y Traumatología.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Osakidetza-Servicio Vasco de Salud
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 57
- Nº orden: 1655
- Nº disposición: 153
- Fecha de disposición: 03/03/2020
- Fecha de publicación: 23/03/2020
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Función pública
Texto legal
Mediante Resolución 640/2019, de 5 de diciembre, se convocó concurso para la provisión de un puesto de trabajo de Jefe de Sección Sanitario de Cirugía Ortopédica y Traumatología en la OSI Bidasoa de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
El artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos. Asimismo, el artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.
Advertidos errores de dicha índole en la citada Resolución, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 26, de 7 de febrero de 2020, y en el Boletín Oficial del Estado n.º 31, de 5 de febrero de 2020,
En el apartado I. Proyecto y su defensa, donde dice «máximo 33 puntos», debe decir «máximo 30 puntos».
En el apartado II.2.4 Actividad científica, donde dice:
Por cada Comunicación oral/Póster: 0,15 puntos.
Por cada Comunicación oral/Póster: 0,60 puntos.
Por cada Comunicación oral/Póster: 1 puntos.
Debe decir:
Por cada Comunicación oral/Póster regional: 0,15 puntos.
Por cada Comunicación oral/Póster nacional: 0,60 puntos.
Por cada Comunicación oral/Póster Internacional: 1 puntos.
En Hondarribia, a 3 de marzo de 2020.
El Director Gerente de la OSI Bidasoa,
JOSÉ MANUEL LADRÓN DE GUEVARA PORTUGAL.