Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 27 de julio de 2022, de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital, por la que se hace pública la convocatoria, para el ejercicio 2022, del programa de ayudas Emaitek Plus.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 184
  • Nº orden: 4142
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 27/07/2022
  • Fecha de publicación: 26/09/2022

Ámbito temático

  • Materia: Actividades Económicas; Organización administrativa; Educación
  • Submateria: Industria; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la Resolución de 27 de julio de 2022, de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital, por la que se hace pública la convocatoria, para el ejercicio 2022, del programa de ayudas Emaitek Plus, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 151, de 8 de agosto de 2022, se procede a su corrección.

En la página 2022/3543(2/3), en el artículo 4 del Resuelvo, punto 2,

donde dice:

  1. La documentación a presentar por las entidades beneficiarias será la detallada en el artículo 12.3. de la Orden que regula el programa de ayudas Emaitek Plus. En el caso de los apartados k) y l) abarcará el ámbito temporal del ejercicio 2022. La evaluación de la adecuación al modelo de centro orientado a resultados se realizará respecto al ejercicio 2020.

debe decir:

  1. La documentación a presentar por las entidades beneficiarias será la detallada en el artículo 12.3 de la Orden que regula el programa de ayudas Emaitek Plus. En el caso de los apartados k) y l) abarcará el ámbito temporal del ejercicio 2022. La evaluación de la adecuación al modelo de centro orientado a resultados se realizará respecto al ejercicio 2021.

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