Modificación del estratégico de subvenciones del Departamento de Trabajo y Justicia para el año 2020

Objetivos

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que “los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al  cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”. Este precepto tiene el carácter de legislación básica del Estado.

En cumplimiento de lo anterior, la Consejera de Trabajo y Justicia dictó, el 11 de febrero de 2020, la Orden por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Trabajo y Justicia para el año 2020.

El impacto causado en la sociedad vasca por  la pandemia del COVID-19 demanda una pronta respuesta por parte de los poderes públicos en la medida de sus posibilidades. El hecho de haberse decretado el estado de alarma en el primer trimestre del año abre la posibilidad de modificar el Plan Estratégico anual, e intentar adoptar líneas subvencionales para intentar minimizar el impacto de la crisis sanitaria.

Dada la magnitud de las pérdidas sufridas en la economía general del país, y particularmente en las empresas de economía social, la respuesta proporcional exige cambios de profundo calado, que se manifiestan en una redacción sustancialmente diferente del plan subvencional para el 2020.

En primer lugar, se ha estimado procedente destinar más de 1 millón de euros a líneas subvencionales destinadas a programas relacionados con el impacto del COVID- 19, exclusivamente con recursos económicos propios. Para ellos ha sido necesario reducir en ciertas líneas la cuantía destinada y derivarla a las nuevas líneas planteadas, lo que obliga a redefinir los programas y consecuentemente reducir los indicadores previstos.

En segundo lugar, se ha logrado conseguir de manera extraordinaria una dotación económica de 1 millón de euros, para ayudar al colectivo de personas trabajadoras de cooperativas y sociedades laborales que cotizan al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. El destino de la subvención es colaborar en el pago de cuotas a la Seguridad Social y en financiar parte de los gastos derivados de los arrendamientos de los locales.

En consecuencia, con lo expuesto, y en virtud de las competencias otorgadas por el Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, en relación con el Decreto 84/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Justicia

Legislatura

XI Legislatura