Normativa
ImprimirORDEN de 6 de mayo de 2026, de la consejera de Justicia y Derechos Humanos, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia de la Oficina Judicial del partido judicial de Eibar.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Justicia y Derechos Humanos
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 99
- Nº orden: 2301
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 06/05/2026
- Fecha de publicación: 28/05/2026
Ámbito temático
- Materia: Seguridad y justicia; Organización administrativa
- Submateria: Justicia; Función pública
Texto legal
La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, impulsa una transformación importante del modelo de organización judicial tradicional. Entre otras cuestiones, modifica la configuración de la primera instancia judicial, que transita desde un modelo de juzgados unipersonales hacia una organización colegiada, a través de la creación de los Tribunales de Instancia, a los que tienen que asistir unas nuevas oficinas judiciales.
La disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025 establece que la constitución de los Tribunales de Instancia se realizará de manera escalonada, y la disposición transitoria quinta determina que la implantación de la Oficina Judicial será simultánea a la de los Tribunales de Instancia, en los términos establecidos en la propia ley. Con este fin, prevé que las comunidades autónomas con competencias en materia de Justicia, en sus respectivos ámbitos, deberán elaborar las relaciones de puestos de trabajo de cada una de estas Oficinas para su aprobación, previa negociación con las organizaciones sindicales, así como proceder a la posterior provisión de los puestos.
El artículo 522 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su nueva redacción, determina que las comunidades autónomas con competencias asumidas, previa negociación con las organizaciones sindicales, elaborarán y aprobarán, mediante resolución de la persona titular del centro directivo que tenga atribuida esta competencia, las relaciones de puestos de trabajo en que se ordenen los puestos de trabajo de las Oficinas judiciales correspondientes a su respectivo ámbito de actuación; y exige que, antes de su aprobación, deberán comunicarlas al Ministerio de Justicia.
Con el fin de facilitar el despliegue de este nuevo modelo organizativo, la disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica 1/2025 establece que la Conferencia Sectorial de la Administración de Justicia puede elaborar y aprobar modelos de referencia de la estructura de la oficina judicial y de sus relaciones de puestos de trabajo; y que el acuerdo adoptado habilitará el desarrollo mediante una resolución de la autoridad competente de cada administración con competencias en materia de justicia.
De acuerdo con la disposición anterior, la consejera de Justicia y Derechos Humanos ha aprobado la Orden de 28 de noviembre de 2025, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina judicial para el Tribunal de Instancia del partido judicial de Eibar, conforme a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Como consecuencia de todo ello, la presente Orden tiene por objeto aprobar la relación de puestos de trabajo de la Oficina judicial del partido judicial de Eibar.
Por razón de lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas, tras dar cumplimiento a las exigencias legalmente previstas, y en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 326/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Derechos Humanos,
La fecha de implantación se determinará mediante resolución de la directora de la Administración de Justicia.
En Vitoria-Gasteiz, a 6 de mayo de 2026.
La consejera de Justicia y Derechos Humanos,
MARÍA JESÚS CARMEN SAN JOSÉ LÓPEZ.
(Véase el .PDF)