Normativa

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ORDEN de 25 de mayo de 2022, del Consejero de Educación, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Padre Andrés de Urdaneta» de Loiu (Bizkaia).

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Educación
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 109
  • Nº orden: 2511
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 25/05/2022
  • Fecha de publicación: 07/06/2022

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Educación
  • Submateria: Ayuntamientos de la CAPV

Texto legal

Examinado el expediente iniciado por la representante de la entidad titular del centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Padre Andrés de Urdaneta» de Loiu, en solicitud de autorización para el cambio de uso de un aula abierta de Educación Especial a un aula estable de Educación Especial en dicho centro.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, la Orden de 30 de julio de 1998 (BOPV del 31 de agosto), por la que se establecen criterios de escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales y dotación de recursos para su correcta atención en las distintas etapas del sistema educativo, y demás legislación aplicable en la materia,

  1. º de código: 014849 y 48003692.

    Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.

    Denominación específica: «Padre Andrés de Urdaneta».

    Titular: Padres Agustinos.

    Domicilio: Lauroeta, 6.

    Municipio: Loiu.

    Territorio Histórico: Bizkaia.

    Autorización:

    Supresión de 1 aula abierta de Educación Especial.

    Ampliación de 1 aula estable de Educación Especial.

    Composición resultante:

    Educación Infantil 2.º Ciclo: 12 unidades con capacidad para 300 puestos escolares.

    Educación Primaria: 36 unidades con capacidad para 900 puestos escolares.

    Educación Secundaria Obligatoria: 20 unidades con capacidad para 600 puestos escolares.

    Bachillerato: Modalidades de «Ciencias» y «Humanidades y Ciencias Sociales». 12 unidades con capacidad para 420 puestos escolares.

    Educación Especial: 4 unidades.

    3 aulas abiertas de Educación Especial.

    1 aula estable de Educación Especial.

El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de mayo de 2022.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.

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