Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 9 de junio de 2025, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan, para el año 2025, las ayudas acogidas al régimen «de minimis» del programa de promoción de la calidad gastronómica (Programa Gastrobikain 2025).

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 134
  • Nº orden: 3130
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 09/06/2025
  • Fecha de publicación: 16/07/2025

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa; Economía y Hacienda; Sanidad y consumo
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Economía

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirá por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la publicación de la Orden de 9 de junio de 2025, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan, para el año 2025, las ayudas acogidas al régimen «de minimis» del programa de promoción de la calidad gastronómica (Programa Gastrobikain 2025), publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 113, de 17 de junio de 2025, se procede a su corrección.

En la página 2025/2699 (1/31), de la publicación en castellano, último párrafo,

donde dice:

...1.050.000 euros....

Debe decir:

...750.000 euros....

En la página 2025/2699 (14/31), de la publicación en castellano, Anexo I, Base 11, 1.B), b),

donde dice:

b.1. Estrella Michelin: se otorgarán 15 puntos.

b.2. Estrella Michelin: se otorgarán 10 puntos.

b.3. Estrella Michelin y reconocimientos en otras guías: se otorgarán 5 puntos.

.

Debe decir:

b.1. Dos o tres Estrellas Michelin: se otorgarán 15 puntos.

b.2. Una Estrella Michelin: se otorgarán 10 puntos.

b.3. Sin Estrella Michelin pero con reconocimientos en otras guías: se otorgarán 5 puntos.

.

En la página 2025/2699 (29/31) de la publicación en castellano, la tabla del Anexo IV Presupuesto detallado por Capítulo de Gasto Subvencionable, debe sustituirse y quedar de la siguiente manera:

(Véase el .PDF)

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