Nota informativa: Acusaciones realizadas por Sindicato ELA

14 de enero de 2020

En relación a las informaciones realizadas por el Sindicato ELA, el Departamento de Salud desea afirmar lo siguiente:

 

  • La legislación vigente a la que se ha referido ELA es la instrucción 2-2017. En ella se impide ser miembros de las comisiones de valoración en procesos de provisión al personal eventual.
  • La Consejera Nekane Murga era entonces Directora de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias, por lo tanto, un cargo público y superior jerárquico de los puestos seleccionados, no personal eventual.
  • La cobertura de las plazas se realizó de acuerdo con la normativa en vigor, entre las que se encuentra la instrucción 2-2017 a la que hace referencia el sindicato, siguiendo estrictamente los criterios generales de aplicación a los procedimientos de provisión temporal de puestos de trabajo de la Administración General de la CAPV y sus Organismos Autónomos.
  • Además, la propuesta de las personas que van a ejercer la presidencia y vocalía de las comisiones de evaluación se comunican siempre a la representación sindical al objeto de que en el plazo oportuno manifiesten su opinión al respecto. En el caso que nos ocupa la representación sindical no manifestó objeción o alegación alguna.

 

Por todo ello, desde el Departamento de Salud pedimos a ELA una rectificación inmediata dado que las informaciones vertidas son falsas.

No todo vale ni en política ni en la acción sindical.  En este sentido, desde el Departamento pedimos que cese la actuación continuada del sindicato ELA que lo único que persigue es el desprestigio tanto de Osakidetza como del Departamento de Salud, y, por tanto, de todas y todos los profesionales que trabajan día a día por mejorar el Sistema Vasco de Salud.

 

Vitoria-Gasteiz, 14 de enero de 2020