MIGRACIÓN: el Reglamento de Retorno de personas sin permiso para estar en la UE aumentará la coordinación entre Estados de la UE y con terceros, y la exigencia en materia de seguridad y derechos, mientras que la UE lo aduce como motivo para recomendar a los Estados reducir controles fronterizos dentro de Schengen

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REGLAMENTO DE RETORNOS

Las instituciones de la UE han alcanzado un acuerdo sobre el Reglamento de Retorno, pieza clave del Pacto de Migración y Asilo.

  • Se unifican las Órdenes jurídicas de retorno de migrantes, con reconocimiento interestatal;
  • se aumenta la obligatoriedad y se acortan plazos ante ciertas circunstancias agravantes, de seguridad u otras, achacables a la persona que debe retornar;
  • se asignan recursos para agilizar el retorno, y normas de control para asegurarlo;
  • se regulan centros de retorno en países externos a la UE,
  • y garantías para que el proceso cumpla los derechos internacionales.
  • En paralelo se sigue mejorando la diplomacia con países de origen para que faciliten estos procesos.

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REDUCCIÓN DE CONTROLES FRONTERIZOS EN SCHENGEN


La Comisión Europea ha emitido dictámenes sobre controles fronterizos temporales de 10 estados, entre ellos Francia.

Las normas del espacio de libre movilitdad de Schengen dejan margen para estos controles en ciertas circunstancias, así como margen para que la UE emita directrices sobre si son proporcionados.


La UE les indica que lo correcto es reducir estos controles y que las nuevas normas (Pacto de Migración y Asilo) y sistemas digitales (entradas y salidas a Schengen, sistema de control de viajes) los van a hacer menos necesarios.

Recomienda transicionar a otro tipo de medidas, aprovechando medios tecnológicos.

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