Bolsa de Agentes interinos de Policía Local.
Las funciones a desarrollar serán las que establece la Ley 4/1992, de Policía del País Vasco, en su artículo 27, para los Cuerpos de Policía Local:
- Proteger a las autoridades de los municipios y vigilancia y custodia de sus edificios e instalaciones.
- Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
- Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
- Policía administrativa en lo relativo a ordenanzas, bandos y demás disposiciones y actos municipales dentro de su ámbito de competencia, así como velar por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de medio ambiente y protección del entorno en el ámbito de las competencias locales en dichas materias.
- Participar en las funciones del Poder Judicial colaborando con las Unidades de Policía Judicial.
- Prestar auxilio en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las leyes, en la ejecución de los planes de protección civil.
- Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos.
- Vigilar los espacios públicos y colaborar en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.
- Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
Estar en posesión del título de Graduado/a en Educación Secundaria, Graduado/a Escolar, Formación Profesional de 1er. Grado o equivalente, o cualquier otro de nivel superior.
- Tener una estatura mínima de 1,65 los hombres y 1,60 las mujeres. Este extremo será comprobado antes de la realización de las pruebas físicas.
- Estar administrativamente autorizado para conducir por vías públicas vehículos de la clase B, o equivalente, vehículos de la clase A-1 o equivalente, y vehículos prioritarios o equivalente, de conformidad con el Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
Las solicitudes para tomar parte en el presente procedimiento de selección se ajustarán al modelo oficial y normalizado que se encontrará disponible en la página web de la Academia Vasca de Policía y Emergencias www.arkauteakademia.net . Quienes deseen participar en el mismo deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en el apartado 1 de la base segunda de la convocatoria, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes salvo las excepciones especificadas en los puntos f) e i) de dicho apartado, debiendo además hacer constar en la misma la lengua, euskera o castellano, en la que deseen realizar los ejercicios de la oposición. Las solicitudes se dirigirán a la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias y se presentarán hasta las 11:00 horas a.m. del día 13 de marzo de 2014.