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RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2023, del Director de Régimen Jurídico y Servicios, relativa a la publicación de la sentencia firme dictada en el recurso contencioso-administrativo n.º 439/2021, por el que se anula la Orden de 24 de marzo de 2021, del Consejero de Educación, por la que se fija el currículo y el horario mínimo de las enseñanzas de Lengua y Cultura Española y Vasca en los centros docentes que imparten enseñanzas de sistemas educativos extranjeros equivalentes a las enseñanzas obligatorias en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Educación
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 15
  • Nº orden: 351
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 11/01/2023
  • Fecha de publicación: 23/01/2023

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa; Educación
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 439/2021, promovido por Asociación Colegio Americano de Bilbao, contra:

Orden de 24 de marzo de 2021, del Consejero de Educación del Gobierno Vasco, por la que se fija el currículo y el horario mínimo de las enseñanzas de Lengua y Cultura Española y Vasca en los centros docentes que imparten enseñanzas de sistemas educativos extranjeros equivalentes a las enseñanzas obligatorias en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Se ha dictado sentencia el 01-06-2022, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLAMOS:

Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la procuradora D.ª Rosa Alday Mendizábal, en nombre y representación de la Asociación Colegio Americano de Bilbao (American School of Bilbao), contra la Orden de 24 de marzo de 2021, del Consejero de Educación del Gobierno Vasco, por la que se fija el currículo y el horario mínimo de las enseñanzas de Lengua y Cultura Española y Vasca en los centros docentes que imparten enseñanzas de sistemas educativos extranjeros equivalentes a las enseñanzas obligatorias en la Comunidad Autónoma de Euskadi; y en su virtud:

  1. Anulamos la orden recurrida.

  2. Con expresa imposición de las costas a la demandada.

    Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.

    En Vitoria-Gasteiz, a 11 de enero de 2023.

    El Director de Régimen Jurídico y Servicios,

    ENEKO GOENAGA EGIBAR.