Normativa
ImprimirOPE 2008 BASES OPERARIO SERVICIO, RESOLUCIÓN 4242/2008 APRUEBAN LAS BASES ESPECÍFICAS.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Sanidad; Osakidetza-Servicio Vasco de Salud
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 232
- Nº orden: 6718
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 28/11/2008
- Fecha de publicación: 03/12/2008
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Función pública
Descriptores
Texto legal
Mediante Resolución 4235/2008, de 28 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Para la materialización de cada proceso selectivo es necesaria la publicación de las bases específicas que han de regir la convocatoria de destinos de cada categoría, en la que se especifiquen las características particulares de cada uno de los destinos ofertados.
Por ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y demás disposiciones de vigente aplicación, y oídas las Organizaciones Sindicales del Sector,
En Vitoria-Gasteiz, a 28 de noviembre de 2008.
La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
GLORIA QUESADA MENÉNDEZ.
Destinos objeto de convocatoria.
Son objeto de esta convocatoria los destinos de la categoría de Operario de servicios (puestos funcionales de Operario de servicios-Servicios Generales y Operario de servicios-Mantenimiento Almacén) del Grupo Profesional de Subalternos/Operarios, con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, recogidos en el anexo II. Estos destinos al haber sido ofertados en el concurso de traslados podrán ver modificado su numero y características en función de la resolución del mismo.
Asimismo serán objeto de esta convocatoria los destinos que se indican en la base 1 de las bases generales que rigen el presente proceso.
De los destinos convocados, se reservan para su provisión por personal discapacitado el 5% que se fijaran en el momento de la determinación definitiva de los destinos ofertables previsto en las bases generales.
Requisitos de los aspirantes:
Para participar en el proceso que aquí se regula, los aspirantes habrán de reunir al último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo las excepciones que se prevean en las bases generales, debiendo mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión del destino que, en su caso, se adjudique, además de los requisitos exigidos en las bases generales, los siguientes:
Estar en posesión o en condiciones de obtener la Certificación de años cursados (ESO o equivalente), expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte, según lo dispuesto en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como cualesquiera otros establecidos por la normativa vigente.
Desarrollo del concurso oposición.
Fase de oposición.
Corresponderá al tribunal determinar el contenido de la prueba y su duración. La misma consistirá en la contestación por escrito en el plazo máximo que se fije, de un cuestionario de preguntas que versará sobre la batería cerrada de preguntas que podrá obtenerse en la página web de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Tras la relación provisional de aspirantes por orden de puntuación prevista en el apartado 14 de las bases generales, los aspirantes deberán aportar, además de la documentación que se relaciona en la base 14.2, la siguiente:
Fotocopia compulsada o testimonio notarial de la Certificación de años cursados (ESO o equivalente), expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Fase de concurso.
Se valorarán los méritos acreditados, según el baremo de méritos que se acompaña como anexo III, y que se hubieran alegado en el modelo que hay que cumplimentar en la página web.
Conforme a lo previsto en al apartado primero de la base 1.1 de las Bases Generales aprobadas por Resolución 4235/2008, de 28 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocan 50 destinos.
De conformidad con dicha base la determinación definitiva de los destinos ofertables se efectuará con anterioridad a la publicación de la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Experiencia profesional (máximo 70 puntos).
Se computará el tiempo de servicios que los aspirantes tuvieran reconocido hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes.
Por cada mes de servicios prestados como Operario de Servicios en las Organizaciones de Servicios Sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de la Seguridad Social o de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en cualquier Administración Pública, así como aquéllos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,30 puntos.
Del cómputo total, que se efectuará en base a los días naturales trabajados, se despreciarán los restos que resulten inferiores al mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.
Al personal que acceda a través del turno de promoción interna se le computarán los servicios previos conforme a continuación se detalla:
Servicios prestados por personal en el grupo E: 0,22 puntos/mes. Cuando sean prestados en el mismo puesto al que se opta: 0,30 puntos/mes.
Los servicios prestados en comisión de servicios o desempeño de funciones de superior categoría se computarán en el puesto efectivamente desempeñado.
Asimismo se computarán en el puesto de origen los servicios prestados en situación de servicios especiales.
Euskera.
PL 2: 17 puntos.
PL 1: 8,5 puntos.