Normativa

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ORDEN de 9 de diciembre de 2019, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regulan las tarifas aplicables en el ámbito de la Inspección Técnica de Vehículos por los Concesionarios del Servicio, en el ámbito de aplicación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el año 2020.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Desarrollo Económico e Infraestructuras
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 242
  • Nº orden: 5832
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 09/12/2019
  • Fecha de publicación: 20/12/2019

Ámbito temático

  • Materia: Economía y Hacienda; Actividades Económicas
  • Submateria: Economía; Industria

Texto legal

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El Real Decreto 2028/86, de 6 de junio, dicta las normas para la aplicación de determinadas Directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos.

El Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, regula los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos.

El Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, regula la inspección técnica de vehículos.

El artículo 6 del citado RD 920/2017 determina la fecha y frecuencia de las inspecciones técnicas periódicas, en función de la categoría del vehículo.

El Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, regula la tramitación de las reformas de vehículos.

El Decreto 60/2000, de 4 de abril, modificado por el Decreto 48/2004, de 16 de marzo, determina las funciones de inspección, tramitación y gestión, dentro del ámbito de la seguridad de los vehículos automóviles, que podrán ser asignadas a las entidades concesionarias del servicio de inspección técnica de vehículos.

El artículo 7 del citado Decreto 60/2000, de 4 de abril, determina que las tarifas derivadas del servicio de inspección técnica de vehículos, se fijarán mediante las disposiciones de desarrollo del mismo, en relación con lo establecido en la Disposición Final Primera del mismo Decreto.

Mediante Orden, de 19 de julio de 2000, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, con motivo de la entrada en vigor del Decreto 60/2000, de 4 de abril, se unificaron en un único texto normativo, las tarifas vigentes en el ámbito de la Inspección Técnica de Vehículos (BOPV 14-09-2000).

Mediante Orden, de 5 de diciembre de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, se regulan las tarifas aplicables en el ámbito de la Inspección Técnica de Vehículos por los concesionarios del servicio para el año 2012, si bien, su artículo 8 se refiere a la actualización de las mismas anualmente por aplicación de la variación del IPC en base al último índice interanual de octubre.

Por otra parte, la última actualización de las tarifas se hizo mediante Resolución, de 16 de noviembre de 2018, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se actualizan las tarifas aplicables en el ámbito de la Inspección Técnica de Vehículos por los Concesionarios del Servicio para el año 2019.

Así las cosas, la presente Orden tiene como objeto proceder a adecuar y actualizar los diferentes tipos de tarifas a las disposiciones en vigor sobre la materia.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7, del Decreto 60/2000, de 4 de abril, antedicho

Con fecha 1 de enero de 2020 queda derogada la Orden, de 5 de diciembre de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regulan las tarifas aplicables en el ámbito de la Inspección Técnica de Vehículos por los concesionarios del servicio para el año 2012.