Normativa

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ORDEN de 26 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, por la que se inscribe el caserío Amilleta, sito en Antzuola (Gipuzkoa) como Bien Cultural, con la categoría de Monumento, en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Cultura
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 39
  • Nº orden: 1000
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 26/01/2011
  • Fecha de publicación: 25/02/2011

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa
  • Submateria: Ayuntamientos de la CAPV

Texto legal

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La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, que regula los procedimientos de declaración de los bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, a la vista del interés cultural del caserío Amilleta, sito en Antzuola (Gipuzkoa), fundamentado en su valor cultural,y a tenor de lo dispuesto por la normativa legal aplicable, resolvió incoar mediante Resolución de 7 de octubre de 2010, publicada en BOPV n.º 216, de 10 de noviembre, el expediente para su inclusión en el Inventario General de Patrimonio Cultural Vasco.

La tramitación administrativa del referido expediente implicó, de conformidad a lo previsto en los artículos 17 y 11.3 de la mencionada Ley 7/1990 y en las demás disposiciones concordantes, el sometimiento de dicho expediente al trámite de información pública y audiencia a los interesados.

Habiéndose dado correcto cumplimiento a los trámites legales establecidos al efecto, el Ayuntamiento de Antzuola y D. Garikoitz Lete Agirre presentaron escritos de alegaciones con el fin de hacer constar que, tras la realización de una obra debidamente autorizada por el ayuntamiento, el caserío está constituido por dos viviendas y ha perdido su carácter unifamiliar. Se procede a estimar la alegación y se adecúa la descripción del bien, suprimiendo de la misma la mención al carácter unifamiliar.

Es por todo lo que antecede y, a tenor de lo establecido por el artículo 17 de la mencionada Ley, visto el informe de los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural Vasco y a propuesta del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,

Delimitación

  1. Descripción de la delimitación.

    La delimitación incluye, por un lado, el propio edificio en sí, y por otro, el entorno que lo rodea. Así el área de la delimitación queda definida con los siguientes límites:

    Al Noreste una línea paralela a la fachada del caserío trazada a 35 metros de distancia.

    Al Sureste una línea distante 65 metros del extremo Este del caserío y 50 metros del extremo Sur, y sensiblemente paralela a la explanación del antiguo Ferrocarril Maltzaga-Zumarraga, siguiendo el borde exterior del terraplén de la infraestructura ferroviaria.

    Al Suroeste una línea paralela a la fachada del caserío trazada a 50 metros de distancia

    Y, finalmente, al Noroeste, una línea paralela a la fachada del caserío trazada a 20 metros de distancia.

  2. Justificación de la delimitación.

    La delimitación propuesta viene justificada por la necesidad de preservar los valores ambientales y visuales del entorno del caserío Amilleta, situado en una ladera de fuerte pendiente del barrio Basalde de Antzuola. La delimitación del entorno necesaria para la debida protección y puesta en valor del bien catalogado, implica la protección de los espacios adyacentes al caserío ocupados por los terrenos circundantes y acceso al edificio, a fin de preservar el carácter propio del caserío. Por ello esta delimitación incluye no solamente la edificación propiamente dicha sino también el entorno que lo rodea.

Descripción

Caserío de planta rectangular de 33,5 x 23,5. Cubierta de madera en teja canal a 3 aguas con cumbrera perpendicular a la fachada principal de orientación SE. Consta de dos plantas y desván. Muros perimetrales de mampostería, con esquinales de sillería. La fachada principal, de composición simétrica, presenta en su planta baja dos arcos de medio punto centrados que dan acceso al vestíbulo uno de ellos y a la cuadra el otro. En la primera planta posee seis huecos de ventana recercada de piedra sillar. En el hastial es visible un corto tablazón que lo cierra. La fachada SW presenta siete huecos de ventanas y balcones de distintas características, en la planta baja, y otros siete huecos en la primera planta. Aprovechando el desnivel del terreno posee un sótano-bodega en el que se abren algunas saeteras también con orientación SW. De la fachada NE, muy baja debido al desnivel del terreno, se accede al desván o pajar directamente. La fachada NW contiene algún hueco de ventana.

La estructura interior de este edificio se apoya en un muro cortafuegos perpendicular a la fachada principal SE que divide el edificio en dos mitades simétricas. Las estructuras de madera se apoyan en las fachadas y en este muro medianil cortafuegos. Las estructuras de las dos mitades se apoyan en ocho postes-ejes enterizos que ensamblados con las vigas, tornapuntas y cabrios, sostienen la techumbre de este caserío. Para la entrada de luz natural a la planta baja posee una lucerna con cuerpo de forma troncopiramidal. La última crujía del lado NW corresponde a una ampliación posterior del silo XIX. Sobre el muro antiguo, hoy en el interior, se abre un arco apuntado datado en el silo XVI.

Amilleta es un caserío original del siglo XVI, época de la que mantiene parte del muro interior NW y la bodega. Posteriormente fue rehecho totalmente en el siglo XVIII, época a la que corresponde la mayor parte de los muros y estructuras interiores.

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