Normativa
ImprimirDECRETO 325/2024, de 5 de noviembre, por el que se habilitan créditos en el Programa 3112 - Trabajo, por ingresos en el Programa 9211 - Relaciones Financieras con el Sector Público Español, del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2024, y autorización de crédito adicional en Osalan, por importe de 526.398,23 euros.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Hacienda y Finanzas
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 225
- Nº orden: 5296
- Nº disposición: 325
- Fecha de disposición: 05/11/2024
- Fecha de publicación: 19/11/2024
Ámbito temático
- Materia: Economía y Hacienda; Organización administrativa
- Submateria: Hacienda; Economía; Departamentos
Texto legal
La Orden TES/645/2024, de 25 de junio, distribuye territorialmente para el ejercicio 2024, los créditos para la financiación de las acciones en materia de prevención de riesgos laborales de ámbito territorial, financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con el criterio de reparto de fondos establecido, la cuantía correspondiente a la Comunidad Autónoma de Euskadi asciende a 581.484,14 euros.
De esta cantidad se ha recibido el primer pago del 75 %, 381.027,20 euros, una vez descontado el crédito no comprometido del ejercicio anterior, que asciende a 55.085,91 euros, el resto está previsto que se reciba en el mes de octubre, por lo tanto, el Departamento de Economía, Empleo y Trabajo solicita la habilitación de un importe de 526.398,23 euros para acciones en materia de prevención de riesgos laborales y dado que la gestión de estas acciones corresponden al Organismo Autónomo Osalan, este Organismo solicita un Crédito Adicional, por el mismo importe, para poder llevar a cabo las acciones mencionadas.
Por tal motivo se procede a su habilitación, de conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 83 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2011 de 24 de mayo.
En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Consejero de Economía, Trabajo y Empleo y del Consejero de Hacienda y Finanzas y, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 5 de noviembre de 2024,
(Véase el .PDF)
Este crédito se genera por la obtención de ingresos por el mismo importe en el siguiente estado de ingresos:
(Véase el .PDF)
Los fondos se destinarán a la financiación de acciones en materia de prevención de riesgos laborales.
El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 5 de noviembre de 2024.
El Lehendakari,
IMANOL PRADALES GIL.
El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Consejero de Economía, Trabajo y Empleo,
MIGUEL TORRES LORENZO.
El Consejero de Hacienda y Finanzas,
NOËL DANJOU OLAIZOLA.