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DECRETO 2/2023, de 17 de enero, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma (personal eventual).

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Gobernanza Pública y Autogobierno
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 20
  • Nº orden: 482
  • Nº disposición: 2
  • Fecha de disposición: 17/01/2023
  • Fecha de publicación: 30/01/2023

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Función pública

Texto legal

Mediante Decreto 44/2007, de 20 de marzo, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración General de la Comunidad Autónoma, por el que se aprobaron las relaciones de puestos reservados a personal eventual, que sustituyó al Decreto 92/2005, de 19 de abril, declarado nulo por sentencia de 12 de enero de 2006, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Dicho Decreto ha sido objeto de diversas modificaciones posteriores, estando actualmente vigente la relación de puestos de trabajo de personal eventual aprobada por Decreto 189/2013, de 9 de abril, con sus sucesivas modificaciones.

Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración, por lo que se debe proceder a la incorporación periódica de aquellas modificaciones que, tramitadas conforme a los procedimientos vigentes, han sido favorablemente resueltas, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 7 del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de julio de 2002 que aprueba la Propuesta de regulación general y estructural del régimen jurídico del personal eventual al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en relación con el artículo 45 de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 17 de enero de 2023,

Contra el presente Decreto que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 17 de enero de 2023.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.

(Véase el .PDF)

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