El Gobierno amplía el número de entidades financieras en las que depositar la fianza de los contratos de arrendamiento
4 de mayo de 2016
Desde mañana jueves, 5 de mayo, podrá realizarse el depósito de la fianza de los contratos de arrendamiento en un total de ocho entidades financieras: además de Kutxabank, Laboral Kutxa, CaixaBank, Banco Santander, BBVA, SabadellGuipuzcoano, Bankia y Bankoa.
Hasta la fecha el depósito de la fianza podía realizarse a través de una entidad financiera, sin embargo, con el objetivo de facilitar a la ciudadanía la tramitación del depósito, el Gobierno Vasco ha ampliado el número de entidades financieras. Así, a partir del día 5 de mayo, las personas tanto físicas como jurídicas que estén obligadas a realizar el depósito podrán hacerlo a través de un total de 8 entidades financieras: las ya citadas Kutxabank, Laboral Kutxa, CaixaBank, Banco Santander, BBVA, Sabadell-Guipuzcoano, Bankia y Bankoa.
Para realizar el depósito debe cumplimentarse el formulario oficial de depósito disponible en las oficinas de Zuzenean y en https://euskadi.eus/deposito adjuntando una copia del contrato de arrendamiento, el justificante de pago y una copia del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles, y abonar el importe del depósito a través de internet, o del servicio Bizilagun.
El pago podrá realizarse tanto de manera presencial, como a través de internet desde la siguiente página web: https://www.euskadi.eus/mipago Una vez realizado el depósito de la fianza, en el plazo de un mes, el arrendador debe comunicárselo a la persona arrendataria, mediante la entrega de una copia de la documentación justificativa correspondiente.
Puesta en marcha
El Consejo de Gobierno aprobó el primer decreto en desarrollo de la Ley de Vivienda el pasado 15 de marzo, concretando aquellos aspectos necesarios para la puesta en marcha del depósito de la fianza, como son: la forma, el lugar, y el plazo para realizarlo. El Gobierno quiere recordar que esta nueva regulación ofrece tranquilidad para el propietario y seguridad a las personas inquilinas, al determinar la cuantía de la fianza y establecer el servicio del Gobierno Vasco donde deberá depositarse la misma: Bizilagun.
La cuantía de la fianza ha sido determinada en función del tipo de contrato de arrendamiento:
- Una mensualidad para arrendamientos de vivienda.
- Dos mensualidades para arrendamientos que otros destinos.
- En los arrendamientos de temporada, la cuantía de la fianza será proporcional a la duración del contrato (siendo dos mensualidades para un año).
Por otro lado, se han establecido dos sistemas diferenciados para gestionar el depósito: el sistema general, y el concertado, al que pueden acogerse las personas arrendadoras, tanto físicas como jurídicas, que dispongan de un mínimo de 10 fincas urbanas arrendadas, o tengan la obligación de depositar fianza o fianzas por importe igual o superior a 30.000 euros.
En el caso del régimen general, esta fianza deberá depositarse en el plazo de un mes si el contrato ha sido suscrito desde el 30 de marzo de 2016. En el caso de los contratos firmados entre el 26 de septiembre de 2015 y el 29 de marzo de 2016, el plazo se amplía hasta los tres meses.
Las personas interesadas pueden contactar con Bizilagun a través del Servicio Online, el Buzón de euskadi.net o mediante el teléfono de ZUZENEAN de Atención Ciudadana: 012.