ASOCIACIÓN DE MUJERES GITANAS Y PAYAS "ROMI BIDEAN"
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Datos de la asociación
Nº Registro:
AS/G/13953/2008
CIF:
G20978334
Fecha de constitución:
03/06/2008
Fecha de inscripción:
17/06/2008
Ámbito de actuación:
C.A. del País Vasco
Utilidad pública:
No
FinesDatos extraídos de los estatutos
- Clasificación: Socio-Económico
- Finalidad: Promoción de la Mujer
- MISION DE LA ENTIDAD ROMI BIDEAN es una entidad del Tercer Sector que realiza intervención psico socio educativa en el &ámbito de la Exclusión Social, llevando a cabo procesos centrados en la persona para promover la mejora de su calidad de vida y el ejercicio de sus derechos. Esta intervención se lleva a cabo de manera individual trabajando con la persona en su contexto; de forma grupal, promoviendo dinámicas de igualdad entre hombres y mujeres; de forma comunitaria a través de acciones de sensibilización que generan espacios de reflexión y conocimiento mutuo. VALORES DE LA ENTIDAD Profesionalidad Confidencialidad Autonomía Flexibilidad Trabajo en equipo Aceptación incondicional empatía Creatividad Transparencia Universalidad Compromiso social Respeto por la dignidad humana- FINES DE LA ENTIDAD 1º Prestar un servicio de intervención psico socioeducativa desarrollando actividades formales y organizadas en el ámbito de la Exclusión Social. 2º Fomentar la autodeterminación de las personas mediante el proceso de intervención integral, centrado en la persona, para mejorar su calidad de vida. 3º Acompañar a las personas en la mejora de su calidad de vida como condición para el ejercicio de sus derechos. 4º Promover procesos de inclusión a la participación social en los ámbitos de la salud, la formación, las relaciones con la administración, la cultura, lo laboral, lo comunitario, ... 5º Promover el desarrollo de actividades de intervención y promoción comunitaria. 6º Facilitar espacios de reflexión y sensibilización para concienciar acerca de los prejuicios y estereotipos existentes en la sociedad. 7º Cualquier otro fin permitido por la Ley que no se oponga a los fines de la entidad y que decida la Junta Directiva. La entidad no tendrá finalidad política de carácter partidista y ninguna de las personas asociadas podrá utilizarla para tal fin. Tampoco tendré carácter religioso. Los beneficios obtenidos por la entidad, derivados del ejercicio de las actividades económicas, incluidas las prestaciones de servicios, deberán destinarse, al cumplimiento de sus fines, sin que quepa en ningún caso su reparto entre las asociadas ni entre sus cónyuges o personas que convivan con aquellas con análoga relación de afectividad, ni entre sus parientes, ni en su cesión gratuita a personas físicas o jurídicas con interés lucrativo. 8º Poner en marcha proyectos que ayuden a una integración de las personas más desfavorecidas.
Estatutos
Estos son los datos que constan en el Registro a fecha de 04/10/2025
Esta publicación de datos del registro tiene carácter meramente informativo