Jefe/a del Departamento de Urbanismo
Gipuzkoa
— Es responsable de:
— El buen funcionamiento del Departamento de Urbanismo y, por ende, de la planificación, dirección, organización, coordinación, control y supervisión del mismo, determinando las directrices generales de éste.
— La mejora de la eficacia y eficiencia de las tareas y procesos que se realizan.
— La programación general de actividades y proyectos del Departamento.
— Gestionar el presupuesto asignado.
— Captar y tramitar subvenciones. Seguimiento en la presentación y hasta la justificación final de las diferentes convocatorias a las que concurra el Ayuntamiento de Zumarraga a través de las herramientas y aplicaciones informáticas disponibles.
— Dirigir, supervisar, asignar tareas y evaluar el trabajo que desarrolla el personal a su cargo; etc., relacionándose con cuantas entidades, organismos, entes y profesionales, públicos o privados sean necesarios a tal fin.
— Le corresponden funciones de gestión, estudio, asesoramiento, dictamen, aplicación normativa y propuesta de resolución a nivel superior en el plano jurídico en materia de urbanismo e infraestructuras.
— Entre otras tareas, lleva la defensa letrada del Ayuntamiento en juicios, dentro su ámbito organizativo y competencial:
— Redacta documentación contractual, entre otros, pliegos de condiciones jurídicas, solicitudes de ofertas, actas, comunicaciones, etc.
— Gestiona y tramita expedientes menores de compra de bienes y prestación de servicios, con interlocución directa con los proveedores.
— Lleva el seguimiento y supervisión de los expedientes de contratación para el control del cumplimiento de la normativa que legalmente es de aplicación.
— Tramita las publicaciones y gestiona el archivo del expediente de contratación.
— Elabora contratos, convenios urbanísticos, ordenanzas y reglamentos.
— Tramita expedientes sancionadores, de responsabilidad patrimonial, de reclamación de daños, de expropiación, etc.
— Realiza la vigilancia de la disciplina urbanística, el control y seguimiento de los proyectos de obras adjudicados, etc.
— En base a las directrices que se dicten, asume la Secretaría de las comisiones que se le asignen.
— Participa en la elaboración del Presupuesto Anual, realizando propuestas de los gastos e inversiones relativas a su Departamento.
— Atiende e informa al público de las materias de su competencia.
— Cualesquiera otras funciones que sean análogas o conexas con las anteriores, o, en todo caso, que sean adecuadas a la plaza o categoría del ocupante del puesto, que su superior jerárquico le encomiende, todo ello al amparo de lo previsto en el art. 73-2 del TREBEP.
Estar en posesión o haber abonado los derechos para la obtención, del título de Licenciado o Grado, en Derecho. En el caso de titulaciones extranjeras se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
Estar en posesión o haber abonado los derechos para la obtención, del título del Máster de acceso a la Abogacía. En el caso de titulaciones extranjeras se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
Perfil lingüístico exigido: 4, preceptivo (31/12/01).
a) Tener la nacionalidad española o la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de algún otro Estado en que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europa, siempre que no esté separado de Derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de Derecho, sean estos descendientes menores de 21 años o mayores de dicha edad y vivan a sus expensas (artículo 57 RDL 5/2015).
b) Formular solicitud previa.
c) Tener cumplidos dieciséis (16) años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
En el caso de la plaza de Suboficial/a - Jefe/a de Policía Local, dicho requisito se determina en su base especifica de acuerdo con el DL 1/2020, de 22 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la escala o categoría laboral a la que se pretende acceder.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios o categorías de personal laboral.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) Estar en posesión, o haber abonado los derechos para su expedición, de la titulación requerida, que se indicará en las correspondientes bases específicas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
g) Acreditar dentro del proceso selectivo estar en posesión del Perfil Lingüístico requerido para el puesto (en el caso de personal laboral) o para el puesto vinculado a la plaza (en el caso de plazas reservadas a personal funcionarial) a los que se desea optar, o superar las pruebas de acreditación que al efecto se convoquen durante este proceso selectivo. La fecha en que deberá cumplirse este requisito será la fecha en que se realice la prueba de acreditación de perfil del correspondiente proceso selectivo.
j) No hallarse incurso/a en causa legal de incapacidad o incompatibilidad, previstos en la normativa vigente en materia de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, sin perjuicio, para quienes ocupan ya un cargo público o una actividad privada incompatible, de ejercitar el derecho de opción a que se refieren las citadas normas legales.
h) No ser personal funcionario de carrera o personal laboral fijo de la misma escala, subescala o categoría en el Ayuntamiento convocante.
i) Cualesquiera otros requisitos que se exijan en las bases específicas.
- Solicitud electrónica en sede electrónica: https://uzt.gipuzkoa.eus/PortalV/7.00/SolicitudesCategorias.aspx?IDCategoria=51.
En caso de optar por la presentación electrónica deberá disponer de un medio de identificación y firma electrónica admitidos en la sede.
- En la oficina de registro y atención ciudadana del Ayuntamiento de Zumarraga.
En caso de optar por la presentación de la instancia en una de las oficinas de atención es necesario concertar cita previa en Plaza Euskadi, 1, 20700 Zumarraga.
Podrán también presentarse en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
TEMARIO GENERAL
TÉCNICO/A DE ADMINISTRACIÓN GENERAL.
ARQUITECTO/A
1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales, sus garantías y suspensión.
2. Organización Territorial del Estado: principios generales. La Administración Local. Las comunidades autónomas: competencias.
3. El estatuto de Autonomía del País Vasco: Competencias.
4. Los empleados públicos: clases y régimen jurídico. Los instrumentos de organización del personal: plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Los instrumentos reguladores de los recursos humanos: la oferta de empleo, los planes de empleo y otros sistemas de racionalización.
5. El acceso a los empleos públicos: principios reguladores. Requisitos. Sistemas selectivos. La extinción de la condición de empleado público. El régimen de provisión de puestos de trabajo: sistemas de provisión. Las situaciones administrativas de los funcionarios locales.
6. La organización municipal. Régimen ordinario: órganos necesarios: alcalde, tenientes de alcalde, pleno y junta de gobierno local. Órganos complementarios: comisiones Informativas y otros órganos.
7. Las competencias municipales: sistema de determinación. Competencias propias, delegadas y competencias distintas de las propias. Los servicios mínimos. Ley 7/1985 Reguladora de Bases del Régimen Local y Ley 2/2016 de Instituciones Locales de Euskadi.
8. Régimen de sesiones de los órganos de gobierno local: convocatoria, desarrollo y adopción de acuerdos. Las actas.
9. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La forma y la motivación.
10. La notificación: contenido, plazo y práctica en papel y a través de medios electrónicos. La notificación infructuosa. La publicación.
11. La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. Condiciones. La aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.
12. La ejecutividad de los actos administrativos: el principio de autotutela ejecutiva. La ejecución forzosa de los actos administrativos: sus medios y principios de utilización. La coacción administrativa directa. La vía de hecho.
13. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo.
14. La iniciación del procedimiento: clases, subsanación y mejora de solicitudes. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros administrativos.
15. La adopción de medidas provisionales. El tiempo en el procedimiento. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia.
16. La instrucción del procedimiento. Sus fases. La intervención de los interesados.
17. Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa: principios de congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación convencional.
18. El incumplimiento de los plazos para resolver y sus efectos. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.
19. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho. La acción de nulidad, procedimiento, límites. La declaración de lesividad.
20. Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje.
21. La Jurisdicción contencioso-administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción y sus competencias. Las partes: legitimación. El objeto del recurso contencioso-administrativo. Causas de inadmisibilidad.
22. El procedimiento en primera o única instancia. Medidas cautelares. La sentencia: recursos contra sentencias. La ejecución de la sentencia. Procedimientos especiales.
23. Los contratos del sector público: las directivas europeas en materia de contratación pública. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos del sector público. Contratos sujetos a regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados.
24. Las partes en los contratos del sector público. Órganos de contratación. Capacidad y solvencia del empresario. Sucesión en la persona del contratista. Competencia en materia de contratación y normas específicas de contratación pública en las entidades locales.
25. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público. Preparación de los contratos de las Administraciones públicas: expediente de contratación, pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
26. Adjudicación de los contratos de las Administraciones públicas: normas generales y procedimientos de adjudicación. El Perfil del Contratante. Normas específicas de contratación pública en las entidades locales.
27. Actos de los contratos. Prerrogativas de la Administración pública en los contratos administrativos. Ejecución de los contratos. Modificación de los contratos. Suspensión y extinción de los contratos. Cesión de los contratos y subcontratación.
28. El patrimonio de las Administraciones públicas. Las propiedades públicas: tipología. El dominio público, concepto, naturaleza y elementos. Afectación y mutaciones demaniales. Régimen jurídico del dominio público. Régimen de las autorizaciones y concesiones demaniales.
29. El patrimonio privado de las Administraciones públicas. Régimen jurídico. Potestades de la Administración y régimen de adquisición, uso y enajenación. La cesión de bienes y derechos patrimoniales.
30. Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Los bienes de las entidades locales: concepto y clasificación; disfrute y aprovechamiento de los bienes; su enajenación.
31. Ley 10/1982 básica de normalización del uso del Euskara.
32. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
33. Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
34. La protección de los datos de carácter personal. Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Principios, Derechos de las personas, Responsable y Encargado de tratamiento y Autoridades de Protección de Datos.
35. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Participación Ciudadana y Ley 2/2016 de Instituciones Locales de Euskadi.
36. La Hacienda Pública Local. Recursos. Especial referencia al impuesto sobre las construcciones, instalaciones, y obras según la Norma Foral 15/1989.