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Jefe/a de Sección de Deportes

10/05/2022 - 06/06/2022
Resumen
¿Quién oferta?:
Ayuntamiento de Usurbil
Plaza:
Jefe/a de Sección de Deportes
Puesto:
Jefe/a de Sección de Deportes
Nº Plazas:
1
Clase:
Funcionaria/o
Tipo de contrato:
Funcionaria/o
Grupo:
A2
Funciones y tareas:

La misión y funciones del puesto objeto de esta convocatoria son, entre otras y según la descripción del puesto, las que se relacionan a continuación. Nota: las funciones que figuran aquí son aquellas que en su momento eran del Patronato de Deportes. Actualmente el Departamento de Deportes está integrado en la estructura municipal, pero sin adaptar el Manual de Funciones, por lo que las referencias al Patronato son al Departamento. Además, las funciones básicas del 11 al 14 no le corresponden propiamente, realizándose estas a través de otros departamentos municipales:

— Misión del puesto:

Responsabilizarse de la correcta dirección y funcionamiento del Patronato de Deportes Oiardo, organizando, coordinando y supervisando los recursos humanos y materiales adscritos al mismo, empresas subcontratadas, adhesiones deportivas, etc., y siguiendo las políticas definidas.

Responsable de la organización, dinamización y desarrollo de programas y actividades en los ámbitos de actuación del deporte en el municipio.

— Funciones básicas del puesto:

1.  Asumir la dirección y velar por el correcto funcionamiento del Patronato Municipal de Deportes Oiardo, dando respuesta a los objetivos marcados, organizando, coordinando y supervisando los recursos humanos y materiales y económicos adscritos al mismo.

2.  Impulsar y orientar los trabajos de normalización de los procedimientos del Patronato Municipal de Deportes Oiardo.

3.  Elaborar y realizar el seguimiento y control del plan de gestión anual del Patronato Municipal de Deportes Oiardo.               

4.  Encargarse de la tramitación de las solicitudes de subvención del Patronato Municipal de Deportes Oiardo.

5.  En las compras y contrataciones que se tramiten desde el Patronato Municipal de Deportes de Oiardo, es el área técnica la encargada de realizar las tareas propias de elaboración de los pliegos de condiciones técnicas, asesoramiento técnico en el procedimiento de contratación, seguimiento y control de los contratos, control y supervisión de los gastos, etc.

6.  Ejercer las funciones de secretaría: elaborar el orden del día, preparar los expedientes y asuntos a tratar, levantar actas, seguir trabajos, recoger firmas…

7.  Diseñar y organizar los programas y actividades a desarrollar (deporte escolar, etc.) y organizarlos siguiendo las decisiones y criterios establecidos.

8.  Recopilar, recibir y archivar información relacionada con temas del ámbito del patronato deportivo como base para las planificaciones futuras.

9.  26 Diseñar y planificar programas, acciones y programas y llevar su dirección.

10.  Tramitación e instrucciones de subvenciones a asociaciones locales del ámbito deportivo y colaboración en la acogida de estos grupos.

11.  Verificar las órdenes de ingresos y gastos de las facturas y acuerdos que contengan la aprobación de los gastos, de las compras válidas, etc.

12.  Realizar las declaraciones trimestrales y anuales de IVA (declaración anual de operaciones con terceros, declaración anual de Entidades de Previsión Social Voluntaria).

13.  Solicitar certificación de la retención de cada trabajador/a (Impuesto sobre las Personas Físicas), abonando trimestralmente las cantidades adscritas.

14.  Informar periódicamente a la Junta Directiva del estado de la contabilidad y del desarrollo presupuestario, utilizando para ello los documentos necesarios.

15.  Cumplimentar los cuestionarios y estadísticas relacionadas con su puesto de trabajo.

16.  Realizar el seguimiento del censo fiscal del polideportivo (gestión de abonos, altas y bajas, cobros…), manteniendo para ello las herramientas necesarias con la empresa subcontratada que ejerza esta función.

17.  Participar en los procesos selectivos de personal que se ajusten a la clasificación de su puesto de trabajo.

18.  Realizar cualesquiera otros trabajos que le sean requeridos y sean necesarios para la consecución de los objetivos fijados, de acuerdo con la clasificación de su puesto de trabajo.

Titulación:

Estar en posesión del título de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o equivalente o haber satisfecho los derechos para su obtención.

Perfil lingüístico:

Acreditar dentro del proceso selectivo estar en posesión del Perfil Lingüístico 4 o equivalente.

Otros requisitos:

a)    Tener la nacionalidad española o la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de algún otro Estado en que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar el conyugue de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europa, siempre que no esté separado de derecho, así como sus descendientes y los de su conyugue, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho, sean estos descendientes menores de 21 años o mayores de dicha edad y vivan a sus expensas (artículo 57 RDL 5/2015).

b)    Formular solicitud previa.

c)    Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d)    Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

e)    No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

f)    Estar en posesión del título de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o equivalente o haber satisfecho los derechos para su obtención.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

g)    No hallarse incurso/a en causa legal de incapacidad o incompatibilidad, previstos en la normativa vigente en materia de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, sin perjuicio, para quienes ocupan ya un cargo público o una actividad privada incompatible, de ejercitar el derecho de opción a que se refieren las citadas normas legales.

h)    Acreditar dentro del proceso selectivo estar en posesión del Perfil Lingüístico 4 o equivalente, o superar las pruebas de acreditación que al efecto se convoquen durante este proceso selectivo. La fecha en que deberá cumplirse este requisito será la fecha en que se realice la prueba de acreditación de perfil de este proceso selectivo.

El puesto tiene el Perfil Lingüístico 4 preceptivo, caso de no acreditarse éste en el momento de finalización del proceso de concurso-oposición para el momento de nombramiento de funcionario de prácticas por ninguna de las personas aspirantes, se podrá nombrar funcionario de prácticas al aspirante con perfil lingüístico 3 según lo dispuesto en el artículo 97.4 de la Ley 6/1989, de la Función Pública Vasca y en el artículo 28.1 del Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En caso de no acreditar antes del fin del periodo de prácticas el perfil mencionado se considerará que no ha superado la práctica y se seguirá el mismo procedimiento con el siguiente aspirante.

Para cubrir el puesto de trabajo convocado y la bolsa de trabajo que se cree, según la base 16, también serán admitidos los aspirantes que acrediten tener el perfil lingüístico 3 de Euskera o equivalente. En todo caso, prevalecerán los aspirantes que acrediten el perfil lingüístico 4 o equivalente.

Admisión
Electrónica:

Electrónicamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Usurbil www.usurbil.eus.

Presencial:

Las solicitudes podrán presentarse en los registros de las Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley 39/2015. Se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, debiendo ser fechadas y selladas por el funcionario correspondiente dentro del plazo de presentación de solicitudes.

 

Convocatoria
Temarios:

TEMARIO GENERAL

 1.    La Constitución Española. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales.

 2.    El Estatuto de Autonomía del País Vasco: las competencias del País Vasco.

 3.    Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (Excepto Título X).

 4.    Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos.

 5.    Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca: Adquisición y pérdida de la condición de funcionario; derechos y deberes.

 6.    Ley 39/15, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: los interesados en el procedimiento, el acto administrativo: requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad. Obligación de resolver y silencio administrativo. (Título I, Título II, Título III).               

 7.    Ley 39/15, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: el procedimiento administrativo, regulación, principios y fases del procedimiento. (Título IV).

 8.    Decreto 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales. Los servicios de las Entidades Locales: gestión directa y gestión indirecta, concepto y formas.

 9.    Norma Foral 21/2003 de 19 de diciembre presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

10.    Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del Euskera.

11.    Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: disposiciones generales, principios y derechos de las personas.              

12.    Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. (Título I, Título II).               

13.    Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Título preliminar.

TEMARIO ESPECÍFICO

14.    Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: contratos administrativos: distintos procedimientos para contratar. (Título I, Libro Segundo).

15.    Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Contratos de obras, servicios y suministros. (Título II, Libro Segundo).

16.    Carta Europea del Deporte (2021).

17.    Municipio y Deporte: marco legal básico. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL). Título II, Capítulo III).   

18.    Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. I Título, II Título y III Título.

19.    Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. Título IV y Título V.

20.    Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco, Título VI, Título VII y disposiciones adicionales.

21.    Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Objeto y ámbito de aplicación. Régimen aplicable a las actividades deportivas. Intervención administrativa.

22.    Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección. Disposiciones generales. Obligaciones de autoprotección. Planes de autoprotección.

23.    Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección. Control y fomento de la autoprotección por los poderes públicos.

24.    Decreto 44/2014, de seguros de responsabilidad civil exigibles para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas. Objeto. Ámbito. Capitales mínimos asegurados.

25.    Decreto 125/2008, del Deporte Escolar.

26.    Decreto 163/2010, de 22 de junio, de clubes deportivos y agrupaciones deportivas. Disposiciones generales.

27.    Formas de concesión y subvenciones. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de Subvenciones. Criterios para el establecimiento de una política municipal de subvenciones al deporte.

28.    Plan Estratégico de Subvenciones 2019-2022 del Ayuntamiento de Usurbil (https: www.usurbil.diru-laguntzak).

29.    Ordenanza de subvenciones del Ayuntamiento de Usurbil (https: www.usurbil.diru-laguntzak).

30.    Ordenanzas Fiscales 2022. Precios públicos por la utilización de las instalaciones del polideportivo (https://www.usurbil.eus/es/ordenanza fiscal).

31.    Ordenanza de 29 de enero del 2014, reglamento general de servicios deportivos de Usurbil.

32.    Decreto 32/2003, de 18 de febrero, por el que se regula el régimen sanitario de las piscinas de uso colectivo. Ámbito de aplicación Instalaciones y servicios. Personal responsable y funciones.

33.    Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte: II. Título: Consejo Superior de Deportes. Órganos rectores. Competencias. Competencias específicas de la Junta Directiva. Recursos del Consejo de Deportes. IV. Título: competencias.

34.    Decreto 16/2006, de 31 de enero, de las Federaciones Deportivas del País Vasco: título I Disposiciones Generales: objeto y ámbito de aplicación del Decreto. Definición. Régimen jurídico. Organización básica y ámbito territorial. Principios rectores de actuación. Protección y protección de las Administraciones Públicas. Sujeción al ordenamiento jurídico.

35.    Decreto 220/2000, de 7 de noviembre, por el que se regula el Consejo Vasco del Deporte: capítulo I: disposiciones generales. Capítulo II: organización, composición, sistema de designación y funciones.

36.    Decreto 220/2000, de 7 de noviembre, por el que se regula el Consejo Vasco del Deporte: Capítulo III: funcionamiento. Capítulo IV: procedimiento de intervención.

37.    Decreto 282/1989, de 28 de noviembre, por el que se determinan los requisitos y trámites de las declaraciones de utilidad pública de clubes y federaciones deportivas.

38.    Decreto 289/2002, de 10 de diciembre, de la Unión de Federaciones Vascas.

39.    Decreto 203/2010, de 20 de julio, del Deporte de Alto Nivel: capítulo I, capítulo II y capítulo III.

40.    Decreto 203/2010, de 20 de julio, del Deporte de Alto Nivel: capítulo IV, capítulo V y disposiciones adicionales.

41.    Comisión vasca contra la violencia en el deporte. Decreto 94/2004, de 25 de mayo, por el que se regula el Comité Vasco contra la Violencia en el Deporte.

42.    Comité Vasco de Promoción Olímpica. Decreto 85/2004, de 18 de mayo, por el que se crea y regula el Comité Vasco de Promoción Olímpica.

43.    Comité Vasco de deporte universitario. Decreto 131/2004, de 29 de junio, por el que se regula el Comité Vasco de Deporte Universitario.

44.    Guía práctica para el diseño del programa en la Comunidad Autónoma del País Vasco autocontrol de piscinas (2003). (https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/sanidad_ambiental_piscinas/es_def/adjuntos/GUIA_CAPV_Modificacion_mayo_2014.pdf).

45.    Impacto de Covid en el Ecosistema del Deporte de Euskadi (2020). (https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/kirol_eskola_argitalpenak/es_def/adjuntos/Euskadiko-kirolaren-ekosisteman-covid.pdf).

46.    Mujeres y actividad deportiva en Gipuzkoa 2021. (https://www.gipuzkoa.eus/documents/4004868/0/INFOGRAFIA_EU_v6.pdf/cf82260e-5ee7-1170-a04e-809d3ab376e5).

47.    Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Título I, Título II y Título III.

48.    Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Título IV, Título V, Título VI, Título VII y Disposiciones Adicionales.

49.    Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de modificación del marco normativo en materia de prevención de riesgos laborales.

50.    Decreto 265/1990, de 9 de octubre, por el que se regula la constitución y funcionamiento de las Federaciones Deportivas.

51.    Decreto 94/1990, de 3 de abril, sobre organización y funcionamiento del Registro de Asociaciones y Federaciones Deportivas del País Vasco.

52.    Decreto 208/2004, de 2 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo.

53.    Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnicos sanitarios de las piscinas.

54.    Ofertas de actividades en el Polideportivo Oiardo 2020-2021 (https://kirolak.buruntzaldea.eus/wp-content/uploads/2020/09/BPXportUSURBIL-DIPTIKOA-2020-B.jpg).

55.    Guías de creación y gestión de entidades deportivas, Clubes. (https://www.gipuzkoa.eus/documents/4004868/4007416/Klubeen+Gida.pdf/ccb9d50e-1d12-c8e9-7152-191d60e65308).

56.    Guías para la creación y gestión de entidades deportivas, Federaciones. (https://www.gipuzkoa.eus/documents/4004868/4007416/Federazioen+Gida.pdf/ff793007-0710-e2a1-e21f-d310b5f4e0d6).

57.    Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Título I.             

58.    Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Título II.            

59.    Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Título III.          

60.    Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Disposiciones Adicionales.

Avisos
Noticias:

Plazo de solicitud:

Nota: Debido a la declaración de estado de alarma establecida en el Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo, el proceso del bibliotecario asistente se suspenderá mientras el real decreto esté en vigencia. Por lo tanto, se suspende el plazo para la presentación de solicitudes.