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Conserje de la escuela pública

12/06/2019 - 09/07/2019
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Bilbao
Bizkaia
Resumen
¿Quién oferta?:
Ayuntamiento de Lemoa
Plaza:
Conserje de la escuela pública
Puesto:
Subalterno
Nº Plazas:
1
Clase:
Funcionaria/o
Tipo de contrato:
Funcionaria/o
Grupo:
C2
Funciones y tareas:

Dependerá del responsable del área y se responsabilizará de la vigilancia, custodia y mantenimiento de la escuela pública.

En concreto:

Apertura y cierre de la escuela pública, adecuándolo para su utilización a través del encendido, regulación y apagado de luces, calefacción, aparatos de seguridad, etc. en los momentos en que se determinen.

Custodia de la escuela, vigilando principalmente las entradas y salidas de la misma, y velar por el buen estado y utilización de las infraestructuras.

Realizar tareas de mantenimiento y conservación de la escuela, y en su caso comunicar a la arquitecta técnica cualquier desviación, incidencia, o anomalía detectada.

Compra de material para servicios generales (gasoil, material de limpieza…) y mantenimiento general, y en su caso realizar la petición de autorización de compra a través de la oficina técnica.

Tareas de poda y mantenimiento del jardín de la escuela.

Cuidar el buen uso, mantenimiento y conservación de los útiles de trabajo.

Realizar labores de traslado de mobiliario, enseres, documentos, etc.

Cuidado y mantenimiento del huerto de la escuela, así como de los animales (gallinas y conejos).

Mantenimiento y control de la calefacción de las aulas culturales existentes encima del Hogar del Jubilado.

Realizar otras tareas que le sean encomendadas en coherencia con sus capacidades y aptitudes profesionales.

Titulación:

Graduado Escolar, FP‑I o titulación de nivel equivalente.

Perfil lingüístico:

Perfil lingüístico 2

Otros requisitos:

a) Ostentar la nacionalidad de alguno de los estado miembros de la Unión Europea, ser nacional de algún estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores o ser extranjero con residencia legal en España, a tenor del artículo 57 del Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) También podrán participar el cónyuge de los ciudadanos españoles y de los de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que no estén separados de derecho, menores de veintiún (21) años o mayores de dicha edad dependientes.

c) Tener cumplidos dieciséis (16) años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) Estar en posesión de la titulación de Graduado Escolar, FP‑I o titulación de nivel equivalente.

e) Poseer la capacidad funcional para el normal desempeño de las tareas propias del puesto. Este extremo habrá de acreditarlo en su momento el aspirante propuesto.

f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso al empleo público.

g) No concurrir ninguna otra causa de incapacidad o de incompatibilidad para el acceso a la condición de empleado público, en los términos marcados por las respectivas disposiciones legales.

h) Hallarse en posesión del Perfil Lingüístico 2 o equivalente, o acreditarlo mediante la superación de las correspondientes pruebas del proceso selectivo.

i) Estar en posesión del carné de conducir B1.

Admisión
Presencial:

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la Sra. Alcaldesa‑Presidenta del Ayuntamiento de Lemoa, debiendo reunir los siguientes requisitos para no ser rechazadas:

a) Los aspirantes deberán hacer constar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base 4.ª de la convocatoria, referido siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.

b) Además, junto con la instancia, deberá presentarse la siguiente documentación:

1.™Fotocopia del D.N.I. o del documento acreditativo de la identidad y de la nacionalidad de los aspirantes de otro estado.

2.™Fotocopia del título exigido para tomar parte en la convocatoria.

3.™Los conocimientos de euskera deberán ser justificados, en su caso, mediante fotocopia del documento acreditativo del cumplimiento del Perfil Lingüístico 2 o de alguno de los certificados o títulos de euskera equivalentes. De conformidad con el artículo 3.1. del Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, quedan convalidados al efecto de la acreditación del Perfil Lingüístico 2 los certificados y los títulos de euskera que allí se citan.

Los aspirantes que posean el Perfil Lingüístico a valorar o alguno superior habrán alegado expresamente esta circunstancia en su instancia de admisión y adjuntado a la misma el título o el certificado correspondiente, quedando así exentos de realizar las pruebas pertinentes.

Para todos aquellos aspirantes interesados se realizarán pruebas tanto escritas como orales para la acreditación del Perfil Lingüístico 2. Tales pruebas podrán desarrollarse en cualquier lugar señalado al efecto por el I.V.A.P.

En cualquier caso, los gastos de desplazamiento, de manutención, etc. que pudieran originarse como consecuencia de la realización de las mismas correrán por cuenta del aspirante.

4. Asimismo deberán hacer constar los datos relativos a los méritos a valorar en la fase de concurso, debidamente acreditados. La experiencia laboral deberá acreditarse mediante certificación expedida por la empresa o por la administración correspondiente, en la que se especificarán la duración del contrato así como las labores realizadas.

No serán objeto de valoración aquellos méritos que no se detallen o se acrediten con la instancia.

Las instancias se presentarán debidamente cumplimentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Lemoa en el plazo de 20 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de las bases reguladoras del proceso de selección en el «Boletín Oficial del Estado».

Las fotocopias deberán ser compulsadas.

Igualmente, las instancias podrán presentarse en cualquiera de las formas señaladas en el artículo 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En tal caso, deberán ser fechadas y selladas por el funcionario correspondiente dentro del plazo de presentación de instancias; sólo así se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro General del Ayuntamiento de Lemoa en la fecha en que fueron entregadas en los Registro o en las oficinas de Correos de referencia.

Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. No se considerarán errores de hecho la no alegación en la instancia de los méritos o la no incorporación a aquella de los documentos acreditativos de los mismos. Si por parte del interesado se advirtiera alguna omisión sobre este particular, podrá subsanarla hasta la finalización del plazo para la presentación de instancias; una vez finalizado dicho plazo, no se admitirá la subsanación.

Todo ello sin perjuicio de lo que luego se dirá sobre la acreditación de los conocimientos de euskera.

Convocatoria
Temarios:

TEMARIO GENERAL

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Título inicial.

4. Ley 6/1989 de la Función Pública Vasca, modificada por la Ley 16/1997, de 7 de noviembre, («Boletín Oficial del País Vasco» de 28/07/1989 y 18/11/1997). Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

5. Derechos y deberes de los funcionarios.

6. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 11/1999, de 21 de abril, («Boletín Oficial del Estado» de 03/04/1985 y 22/04/1999). Registro de entrada y salida de documentos. Requisitos para la presentación de documentos.

7. Atribuciones del Alcalde y del Pleno.

8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas os interesados en el procedimiento administrativo. Concepto. Representación. Pluralidad. Identificación. La capacidad de obrar.

9. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Derechos de los ciudadanos.

10. Fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

11. Términos y plazos del procedimiento administrativo. Cómputo. Ampliación de plazos.

12. La notificación. Práctica de las notificaciones.

 TEMARIO ESPECÍFICO

1. Prevención de riesgos laborales. Valoración de los Equipos de Protección Individual con vistas de su elección y utilización (Directiva del Consejo 89/656/CEE de 30 de noviembre de 1989).

2. Prevención de riesgos laborales. Criterios de seguridad a tener en cuenta en los trabajos de albañilería y cimentaciones.

3. Herramientas y utillaje para albañilería. Uso y conservación. Nociones básicas.

4. Herramientas y utillaje para trabajos de electricidad. Uso y conservación. Nociones básicas.

5. Herramientas y utillaje para trabajos de pintura. Uso y conservación. Nociones básicas.

6. Herramientas y utillaje para fontanería. Uso y conservación. Nociones básicas.

7. Herramientas y utillaje para carpintería. Uso y conservación. Nociones básicas.

8. Replanteo y construcción de tabiques. Orden de ejecución, materiales a utilizar.

9. Soldadura y herrería.