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Bolsa de trabajo de técnicos/as de Administración General

10/12/2024 - 18/12/2024
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Bermeo
Bizkaia
Resumen
¿Quién oferta?:
Ayuntamiento de Bermeo
Plaza:
Bolsa de trabajo de técnicos/as de Administración General
Puesto:
Técnicos/as de Administración General (bolsa de trabajo)
Clase:
Bolsa de trabajo
Tipo de contrato:
Funcionaria/o interina/o
Grupo:
A
Funciones y tareas:

La misión general será conceder asesoría jurídica en el Ayuntamiento de Bermeo, así como ejecutar la tramitación de cuestiones de personal, urbanismo, contratación y patrimonio. Concretamente, se deberán ejecutar las demás funciones recogidas en la relación de puestos de trabajo correspondientes al puesto concreto.

Titulación:

Licenciatura o grado en alguna de las siguientes áreas: Derecho, Ciencias Políticas y de la Administración, Administración y Dirección de Empresas, Economía, Ciencias Actuariales y Financieras o equivalente.

Perfil lingüístico:

Para poder entrar en la bolsa de trabajo, será necesario poseer el 4º perfil lingüístico. De todos modos, según el Decreto 19/2024, de 22 de febrero, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco, se constituirá bolsa también con las personas candidatas que dispongan del perfil lingüístico 3º, en los términos recogidos en la base 7.

Otros requisitos:

1. Tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún estado al que, en virtud de la aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el estado español, le sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras. También podrán participar cónyuges de nacionales de los estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separado/as de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho, sean éstos descendientes menores de veintiún años (21) o mayores de dicha edad y vivan a sus expensas.

2. Tener cumplidos los 16 años, sin perjuicio de los procesos en los que se pida cualquier otro límite especial de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

3. Estar en posesión de la titulación académica oficial de licenciatura o grado en alguna de las siguientes áreas: Derecho, Ciencias Políticas y de la Administración, Administración y Dirección de Empresas, Economía, Ciencias Actuariales y Financieras o equivalente.

4. Para poder entrar en la bolsa de trabajo, será necesario poseer el 4º perfil lingüístico. De todos modos, según el Decreto 19/2024, de 22 de febrero, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco, se constituirá bolsa también con las personas candidatas que dispongan del perfil lingüístico 3º, en los términos recogidos en la base 7. Esta condición del perfil lingüístico se deberá acreditar mediante la presentación de los certificados establecidos por el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Asimismo, conforme a lo establecido en el Decreto 47/2012 de 3 de abril, se reconocerán los estudios oficiales realizados en euskera y estarán exentos de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas el nivel de euskera.

5. Tasas: Haber abonado la tasa correspondiente a derechos de examen establecidos en la correspondiente ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Bermeo, dentro del plazo de presentación de solicitudes.

6. No padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que impida el normal desempeño de las funciones propias del puesto. Los servicios médicos municipales acreditarán que se cumpla este requisito, previos los reconocimientos que estimen convenientes.

7. No haber sido excluido/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos y cargos públicos.

Admisión
Electrónica:
Presencial:

- Oficina Berhaz de atención directa: Ertzilla 6-8

-  Medios especificados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.