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Agente de la Policia Local

29/05/2019 - 25/06/2019
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Bizkaia
Resumen
¿Quién oferta?:
Ayuntamiento de Leioa
Plaza:
Agente de la Policia Local
Puesto:
Agente de Policía Local.
Nº Plazas:
7
Clase:
Funcionaria/o
Tipo de contrato:
Funcionaria/o
Grupo:
C1
Titulación:

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, o cualquier otro de nivel superior.

Perfil lingüístico:

Estar en posesión del perfil lingüístico 2, para aquellas plazas con perfil lingüístico preceptivo, o superar las pruebas de acreditación que al efecto se convoquen durante este proceso selectivo

Otros requisitos:

a) Tener nacionalidad española.

b) Tener 18 años de edad.

c) Tener una estatura mínima de 1,65 los hombres y de 1,60 las mujeres.

d) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, o cualquier otro de nivel superior.

e) No estar incurso/a en el cuadro de exclusiones médicas que figura en el anexo del Decreto 36/2004, de 17 de febrero, de segunda modificación del decreto por el que se aprueba el Reglamento de selección y formación de la Policía del País Vasco, lo que se acreditará por los servicios médicos que designe la Corporación, previos los reconocimientos médicos que se estimen convenientes.

f) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio mediante expediente disciplinario de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Será aplicable, no obstante, el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, siempre que aquella se acredite mediante el correspondiente documento oficial por parte del aspirante.

g) No haber sido excluido de un proceso selectivo para el ingreso en algún Cuerpo de Policía del País Vasco o de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado por la comisión de una falta grave o muy grave, salvo que hubiera transcurrido un período de tiempo equivalente a su plazo de prescripción contado desde la fecha de declaración de la exclusión.

h) Estar administrativamente autorizado para conducir vehículos de la clase B, al término del plazo de presentación de solicitudes. Los permisos indicados anteriormente, deberán estar en vigor en todo momento desde su exigencia, sin ser objeto de suspensión, retirada o privación del derecho a conducir, ya sean de carácter administrativo o judicial, ni haber perdido la totalidad de los puntos asignados.

i) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad previstos en la normativa vigente.

j) Estar en posesión del perfil lingüístico 2, para aquellas plazas con perfil lingüístico preceptivo, o superar las pruebas de acreditación que al efecto se convoquen durante este proceso selectivo. La fecha en que deberá cumplirse este requisito será la fecha en que se realice la prueba de acreditación de perfil de este proceso selectivo.

k) Asumir, mediante la presentación de la instancia, los siguientes compromisos en el desarrollo de las funciones del puesto al que se aspira:

k.1) Portar armas y su utilización en los casos previstos en la normativa vigente.

k.2) Renunciar a la exhibición de prendas, adornos ó símbolos ajenos a la uniformidad, dotación y equipamiento policial.

k.3) Renunciar en la prestación del servicio público de policía a cualquier práctica derivada de creencias religiosas, ideológicas ó de conciencia, incompatibles ó perjudiciales con el ejercicio del mismo, de acuerdo con lo establecido en el ordenamiento jurídico.

k.4) Conducir vehículos policiales.

k.5) En general, ejercer las funciones correspondientes a todo agente de Policía Municipal en base al ordenamiento jurídico y a la prestación de servicio público con estricto cumplimiento del Código Deontológico establecido legalmente.

Quienes deseen tomar parte en el procedimiento deberán reunir los requisitos exigidos en el apartado anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con la salvedad establecida en los apartado j), y mantenerlos hasta el momento del nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera con la Categoría de Agente de la Escala Básica de la Policía Local, sin perjuicio de la fase de procedimiento en que hubieran de proceder a su acreditación.

Admisión
Presencial:

Las instancias solicitando tomar parte en el correspondiente proceso selectivo, en las que las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria, se presentarán dentro del horario hábil de oficina en el SAC-HAZ del Ayuntamiento, dirigidas a la Alcaldía Presidencia.

Igualmente, las instancias podrán presentarse en los registros de las Administraciones Públicas señaladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, debiendo ser fechadas y selladas por el funcionario correspondiente dentro del plazo de presentación de instancias. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del/la interesado/a.

Convocatoria
Temarios:

1. Constitución española. Título Preliminar y Título I (artículo 10-24).

2. Constitución española. Título I (artículo 25-38).

3. Los Estatutos de Autonomía: concepto y naturaleza. El Estatuto de Autonomía del País Vasco: Título Preliminar. Las competencias del País Vasco: exclusivas, de desarrollo legislativo y de ejecución.

4. El municipio. Definición y elementos. Competencias municipales.

5. Organización municipal: el Pleno. El Alcalde y los Tenientes de Alcalde. La Junta de Gobierno. Otros órganos municipales.

6. La potestad reglamentaria en la esfera local: ordenanzas, reglamentos y bandos.

7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título III (artículo 34-52).

8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título IV. Capítulo II (artículo 54-69).

9. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título IV. Capítulo IV y V (artículo 75 -95).

10. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título IV. Capítulo VII (artículo 97-105).

11. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones Públicas.

12. Policía del País Vasco: Cuerpos que la componen. Funciones. Código Deontológico. Formación permanente y euskaldunización.

13. Policía del País Vasco: Régimen estatutario de los funcionarios de la Policía del País Vasco; adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos y deberes. Situaciones administrativas.

14. Policía del País Vasco: Régimen disciplinario de los Cuerpos de Policía del País Vasco.

15. Policía Local en el País Vasco: Estructura, Coordinación de Policías Locales. La seguridad ciudadana: La competencias en este orden de los municipios y de las Policías Locales.

16. Decreto 296/1997, de 16 de diciembre, por el que se establecen los horarios de los espectáculos públicos y actividades recreativas y otros aspectos relativos a estas actividades en el ámbito de la Comunidad Autónoma Vasca. Decreto 210/1998, de 28 de julio, de primera modificación, Decreto 36/2012, de 13 de marzo, de segunda modificación y Decreto 14/2014, de 11 de febrero de tercera modificación, respectivamente, del Decreto por el que se establecen los horarios de los espectáculos públicos y actividades recreativas y otros aspectos relativos a estas actividades en el ámbito de la Comunidad Autónoma Vasca.

17. De los delitos (artículo 10 a 18 CP).

18. De las causas que eximen de la responsabilidad criminal (artículo 19 y 20 CP).

19. De las circunstancias que atenúan la responsabilidad criminal (artículo 21 CP).

20. De las circunstancias que agravan la responsabilidad criminal (artículo 22 CP).

21. De la circunstancia mixta de parentesco (artículo 23 CP).

22. De las personas criminalmente responsables de los delitos (artículo 27 a 30 CP).

23. Reglamento General de Circulación: ámbito de aplicación (Título Preliminar).

24. Ley de Seguridad Vial: Anexo I. Conceptos básicos, del 1 al 9, del 12 al 24 y del 54 al 73.

25. Ley de Seguridad Vial: Infracciones (Título V, Capítulo I).

26. Ley de Seguridad Vial: Sanciones (Título V, Capítulo II).

27. Ley de Seguridad Vial: Responsabilidad (Título V, Capítulo III).

28. Ley de Seguridad Vial: Procedimiento Sancionador (Título V, Capítulo IV).

29. Ley de Seguridad Vial: Normas de comportamiento en la circulación (Título II, Capítulo I).

30. Ley de Seguridad Vial: Infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos. (Anexo II).

31. Ley de Seguridad Vial: Autorizaciones para conducir (Título IV, Capítulo II).

32. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: objeto. Ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones.

33. Evacuación de edificios: introducción a los planes de autoprotección. Respuesta al incidente. Pautas mínimas de conducta. Edificios de gran ocupación. El plan de emergencia.

34. Primeros auxilios: valoración primaria y secundaria de las lesiones. Reanimación cardio-pulmonar. Obstrucción de las vías aéreas. Hemorragias. Atención general a las quemaduras.

35. Ordenanza municipal de retirada de vehículos de la vía pública. Ayuntamiento de Leioa. «Boletín Oficial de Bizkaia». Número 41, miércoles, 27 de febrero de 2002.

36. Ordenanza sobre el civismo, reguladora del uso del espacio público y la protección del paisaje urbano. Ayuntamiento de Leioa. «Boletín Oficial de Bizkaia». Número 62, miércoles, 28 de marzo de 2007.

37. Ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales, exposición de motivos. Ayuntamiento de Leioa. «Boletín Oficial de Bizkaia». Número 113, miércoles, 14 de junio de 2006.

38. El municipio de Leioa: Conocimiento de los barrios, calles, plazas, edificios públicos. Historia. Límites. Eventos culturales y población.

39. Origen y desarrollo de la policía del País Vasco: origen histórico de la Ertzaintza. Los artículos 17 y 36 del Estatuto de Gernika. Ley 4/92 de 17 de julio, de Policía del País Vasco: Título preliminar (artículos 1 al 4). De la policía del País Vasco, Disposiciones generales (artículos 24 al 27). De la policía del País Vasco, Código Deontológico (artículos 28 al 38). De los funcionarios de la Ertzaintza (artículos 105 al 115). De las policías locales (artículos 116 al 118).

40. El uso correcto del lenguaje: la comunicación y la calidad del servicio: el proceso de comunicación. Elementos. Obstáculos en la comunicación. Pautas para una mejor redacción de los documentos administrativos. Tipos de documentos administrativos. Estructura básica de los documentos administrativos. Lenguaje respetuoso y no sexista.