Normativa
ImprimirDECRETO 16/2015, de 17 de febrero, de aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi, correspondientes a la Oficina Judicial de Barakaldo.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Administración Pública y Justicia
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 35
- Nº orden: 856
- Nº disposición: 16
- Fecha de disposición: 17/02/2015
- Fecha de publicación: 20/02/2015
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Seguridad y justicia
- Submateria: Ayuntamientos de la CAPV; Justicia; Función pública
Texto legal
Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración de Justicia, por lo que se debe proceder a su aprobación, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 521, 522 y 523 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
La ordenación del personal y su integración en las distintas unidades que conforman la estructura de las Oficinas Judiciales, tal y como se establece en el artículo 521 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se realizará a través de las relaciones de puestos de trabajo que se aprueben y que, en todo caso, serán públicas.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 522 de la mencionada Ley Orgánica, las Comunidades Autónomas con competencias asumidas procederán a la aprobación inicial de las relaciones de puestos de trabajo en que se ordenen los puestos de las Oficinas Judiciales correspondientes a su ámbito de actuación, previo informe del Consejo General del Poder Judicial y negociación con las organizaciones sindicales más representativas.
Tal y como establece el apartado segundo del artículo 523 de dicha ley, en todo caso, las modificaciones de las relaciones iniciales de puestos de trabajo que se produzcan deberán tener en cuenta los principios contenidos en esta ley para la redistribución y reordenación de efectivos.
De conformidad con lo previsto en el artículo 20 del Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 174/2010, de 29 de junio, de Normalización Lingüística de la Administración de Justicia, la Dirección de la Administración de Justicia ha elaborado la relación de puestos de trabajo de la Oficina Judicial de Barakaldo.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Administración Pública y Justicia, tal y como dispone el artículo 3 del Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 17 de febrero de 2015,
El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 17 de febrero de 2015.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
El Consejero de Administración Pública y Justicia,
JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.
(Véase el .PDF)
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Historia normativa (3)
- Modificada por: DECRETO 72/2021, de 23 de febrero, de modificación de los Decretos por los que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Corregida por: CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 16/2015, de 17 de febrero, de aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi, correspondientes a la Oficina Judicial de Barakaldo.
- Véase: ORDEN de 20 de abril de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados por idioma, para los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitaci