Departamento de Cultura y Política Lingüística

XXIV Juegos Deportivos Escolares - Ciclismo 2005


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La dirección de Deportes del Gobierno Vasco en colaboración con la Federación Vasca de Ciclismo organizará los XXIV JUEGOS DEPORTIVOS ESCOLARES DE EUSKADI el día 29 de mayo en el circuito de Lakua de Vitoria-Gasteiz, de acuerdo a la siguiente normativa:


1. PARTICIPACIÓN

Los "XXIV JUEGOS DEPORTIVOS ESCOLARES DE EUSKADI" están reservados para la categoría Infantil (escolares nacidos y nacidas en los años 1991 ó 1992), con un máximo de veinte (20) participantes por cada Territorio Histórico; Alava, Guipúzcoa, Vizcaya y de la Comunidad Foral de Navarra.


2. INSCRIPCIÓN

La inscripción para participar en los "XXIV JUEGOS DEPORTIVOS ESCOLARES DE EUSKADI", deberá realizarse a través de cada Diputación Foral, antes de las 20:00 horas del día 20 de Mayo de 2005.


3. NORMAS DE JUEGO

Se podrá participar con cualquier clase de bicicleta que cumpla con los requisitos de desarrollo máximo autorizado será de 6.14 m   (46X16) y anchura de manillar (máximo 50 cms.)
No se permitirá el bloqueo de plato ni piñón

Los y las ciclistas participantes deberán utilizar la indumentaria que les facilite la escuela.
Es obligatorio el uso de casco rígido  para los y las participantes.
Los impermeables de los y las ciclistas deberán ser transparentes con el fin de que sean visibles los dorsales.
Utilizando ropa de abrigo; deberán llevarla de forma que los dorsales sean visibles.

Todos los y las ciclistas quedan obligados a defender su suerte, quedando prohibida toda ayuda o entente entre corredores o corredoras que atente contra el juego limpio inherente a toda competición deportiva.

Aquel o aquella ciclista que sea doblado o doblada por el vehículo abre-carrera, deberá abandonar la prueba

La prueba se dará por finalizada para todos los y las participantes, doblados o dobladas, o no, a su paso por META después que el vencedor o la vencedora haya cruzado la línea de llegada.

Durante el transcurso de la prueba no podrá ser avituallado ningún participante

Los y las ciclistas deberán llevar los dorsales que les facilite la Federación Alavesa de Ciclismo,  no pudiendo recortarlos ni reducirlos, colocándolo en el lado izquierdo a la altura de la cadera.
Deben devolverlos una vez finalizada la prueba.

4. PRUEBA DE GYMCANA

Se desarrollara en un circuito sobre una superficie sin obstáculos que dificulten la realización de la prueba a los y las participantes y con los siguientes ejercicios y criterios de puntuación.

1- LISTONES HORIZONTALES

(Paralelas)

Si al pasar entre los listones tras tocarlos se mueven, el ejercicio esta mal realizado, penaliza tres (3) puntos.

2- SLALOM ENTRE BOLOS

(Bolos)

Para cualquiera de las formas en que se pueden pasar (Línea, Zig-zag, Redondo, etc.), si se toca el bolo y como consecuencia de esto se cae o se desplaza (3 cm. aprox.), o se salta el orden de algún bolo, penaliza un (1) punto cada bolo mal, si la suma de penalizaciones es superior a tres (3) puntos, se considera el ejercicio mal realizado siendo la penalización máxima de tres (3) puntos.

3- SUR-PLACE

Si una vez colocado en la zona de “sur-place”, no se esta parado, sin moverse la bicicleta y sin sujetar la rueda con las manos, ocho (8”) segundos o más, el ejercicio esta mal realizado, penaliza tres (3) puntos.

4- BALANCÍN y RECOGIDA DEL SUELO

(Trampolín con botellín)

Si al intentar recogerlo (Botellín), se cae, el ejercicio esta mal realizado, penaliza tres (3) puntos.

Si al pasar, se sale del “balancín“ cualquiera de las ruedas antes del final, el ejercicio esta mal realizado, penaliza tres (3) puntos.

  Si al intentar dejarlo (Botellín) se cae o se deja fuera de la zona, el ejercicio esta mal realizado, penaliza tres (3) puntos.

 


                             BIEN                                      MAL

 

5- TIRO A GOL

(Balones)

Tirando desde la distancia indicada, cada tiro que no se meta gol, penaliza un (1) punto.

6- DESMONTE DE RUEDA

Si después de quitar la rueda no se levanta la rueda por encima de la cabeza o no se monta después bien la rueda, el ejercicio esta mal realizado, penaliza tres (3) puntos.

7- SALTO ADELANTE

(Tabla Fin)

Si alguna de las ruedas toca la tabla, el ejercicio esta mal realizado, penaliza tres (3) puntos.

PIE A TIERRA

Cada vez que se apoye el pie en el suelo, penaliza con quince (15) puntos.

NO INTENTAR REALIZAR UN EJERCICIO

Si en alguno o varios de los ejercicios dispuestos a un participante o una participante no intenta realizarlo, esta actitud penalizara con veinticinco (25) puntos.

TIEMPO

Comienza a contar cuando el juez indica al participante que inicie la prueba y finaliza cuando termine la ultima prueba o en la línea de final.

El tiempo solo se tendrá en cuenta en los casos de empate a  puntos.

El orden de clasificación se establecerá de acuerdo con los puntos de penalización conseguidos, siendo vencedor o vencedora el que o la que menor número de puntos obtenga. En caso de empate se dilucidará a favor del que o de la que menor tiempo haya invertido en la realización de la prueba.

5. PRUEBA EN LINEA

Se desarrollara en un circuito con una longitud 1.300 mts.,  que se deberán cumplimentar en dieciséis vueltas totalizando 20,8 kms.

El orden de clasificación se establecerá de acuerdo al orden de paso por la línea de llegada de cada participante.


6. CLASIFICACIÓN FINAL

La clasificación Final se obtendrá mediante la suma de los puestos obtenidos en la prueba de Gymkana y Línea, siendo mejor clasificado o clasificada el participante o la participante que menos puestos sume. En caso de empate, será la o el mejor el que o la que mejor puesto haya obtenido en la prueba de Gymkana.


7. CASOS PARTICULARES

Todos los casos no previstos serán resueltos por el Jurado Técnico de la prueba, de acuerdo a los Reglamentos del Deporte Ciclista.


8. NOTA FINAL

Para todas las cuestiones que no estén incluidas en el presente reglamento se tendrán en cuenta :

a) Ley 14/1998, de 11 de junio, del deporte del País Vasco.
b) La orden de 2 de Julio de 1985 del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, por la que se regulan los Juegos Escolares de Euskadi.
c) La orden de 29 de Julio de 1985 del Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno Vasco, sobre régimen disciplinario de las competiciones de Deporte Escolar.
d) La Orden de 20 de mayo de 1.986 del Departamento de Cultura, por la que se modifica parcialmente la Orden de 02.07.85, reguladora de los Juegos Escolares de Euskadi.
e) Decreto 160/1990, de 5 de junio, sobre Deporte Escolar.
f) Decreto 337/1990, de 24 de agosto, de modificación del Decreto 160/1990.
g) Lo dispuesto por el Reglamento de la Federación Vasca de Ciclismo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



 

Fecha de la última modificación: 02/06/2005