Cesión de Datos entre administraciones públicas
Identificación
- Tipo de documento : Dictamen AVPD
- Órgano emisor: AVPD - Agencia Vasca de Protección de Datos
- Código de expediente: CN10-016
- Código de documento: D10-022
- Fecha de firma: 09/08/2010
Texto legal
Resumen
Las cesiones de datos de menores en situación de riesgo o desprotección entre las adminsitraciones vascas competentes en servicios sociales encuentra amparo en el artículo 21 de la LOPD, en relación con la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.
Los menores o sus representantes legales deberán ser informados de estas cesiones dentro de los tres meses siguientes.
Las cesiones al Ayuntamiento de datos de estos menores por la adminsitración educativa y sanitaria está amparada en los artículo 21 y 25 de la Ley 3/2005, que establece como principio inspirador básico, el interés superior del menor y la protección de sus derechos sobre cualquier otro interés legítimo concurrente. En este caso, no sería necesario informar al menor o a su representante legal de la cesión interadministrativa realizada al jugar la excepción del artículo 5.5 de la LOPD.