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CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 181/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y el funcionamiento del Registro de Asociaciones Profesionales de Personas Trabajadoras Autónomas de Euskadi.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Trabajo y Empleo
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 29
  • Nº orden: 675
  • Nº disposición: 181
  • Fecha de disposición: 20/07/2021
  • Fecha de publicación: 10/02/2022

Ámbito temático

  • Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Economía y Hacienda
  • Submateria: Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública; Economía

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en el Decreto 181/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y el funcionamiento del Registro de Asociaciones Profesionales de Personas Trabajadoras Autónomas de Euskadi, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 151, de 29 de julio de 2021, se procede a su corrección.

En el apartado 3 de la Disposición Adicional Primera, en la página 2021/4214 (8/9),

donde dice:

(...) Reglamento (UE) N.º 210/2014 (...).

debe decir:

(...) Reglamento (UE) N.º 910/2014 (...).

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