Normativa
ImprimirCORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 181/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y el funcionamiento del Registro de Asociaciones Profesionales de Personas Trabajadoras Autónomas de Euskadi.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Trabajo y Empleo
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 29
- Nº orden: 675
- Nº disposición: 181
- Fecha de disposición: 20/07/2021
- Fecha de publicación: 10/02/2022
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Economía y Hacienda
- Submateria: Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública; Economía
Texto legal
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en el Decreto 181/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y el funcionamiento del Registro de Asociaciones Profesionales de Personas Trabajadoras Autónomas de Euskadi, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 151, de 29 de julio de 2021, se procede a su corrección.
En el apartado 3 de la Disposición Adicional Primera, en la página 2021/4214 (8/9),
donde dice:
(...) Reglamento (UE) N.º 210/2014 (...).
debe decir:
(...) Reglamento (UE) N.º 910/2014 (...).