Convocatoria de subvenciones 2026-2027 para el desarrollo de la actividad de centros de empleo
[CEMP 2026-2027]
- Organismo:
- Lanbide - Servicio Público Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
El objeto de esta convocatoria es establecer las bases de la concesión de las subvenciones que Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo podrá otorgar en el ejercicio 2026-2027, para financiar el desarrollo de la actividad de centros de empleo.
Dotación presupuestaria
1.919.038Prestación económica
Para la financiación de las ayudas destinadas al desarrollo de la actividad de centros de empleo, reguladas en esta convocatoria: 1.919.038 euros, de los cuales 959.519 euros corresponden al crédito de pago de 2026 y 959.519 euros al crédito de compromiso para 2027.
- Concurrencia competitiva en un único procedimiento.
- Comisión evaluadora:
a) Análisis de las solicitudes.
b) Requerimiento de Subsanaciones.
c) Propuesta de resolución provisional.
d) Publicación en la web de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo de esta propuesta provisional, con plazo de 10 días para la formulación de alegaciones.
e) Examinadas las alegaciones, formulación de propuesta de resolución definitiva.
- Director General de Lanbide: Resolución definitiva, que se publicará en la web de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, y posteriormente en el Boletín Oficial del País Vasco se publicará la relación de entidades beneficiarias.
- Periodo de ejecución: un año, posterior a la notificación de la Resolución de concesión de las subvenciones en la web de Lanbide y contados a partir de la fecha concreta que en ella se indique.
Forma de pago:
Las subvenciones concedidas serán abonadas en dos pagos:
– Un primer pago, con cargo al crédito de pago de 2026 por un importe del 50% de la subvención concedida, tras la publicación de la resolución y una vez otorgado el acceso al sistema de Lanbide, previa presentación por parte de la entidad beneficiaria de la declaración responsable de inicio de actividad y disponibilidad de medios.
– Un segundo pago, con cargo al crédito de compromiso 2027, por un importe del 50% restante o la cantidad que resulte de la aplicación de lo previsto en el artículo 6, en el mes siguiente a la finalización de la actividad de centro de empleo previa presentación de una memoria explicativa y evaluativa del servicio prestado con datos de las actividades realizadas y resultados obtenidos de la población usuaria del mismo e información relevante sobre el grado de satisfacción del servicio en las personas usuarias, así como de la información desglosada por sexo de las personas usuarias finales y de las titulares de las entidades beneficiarias y de su plantilla.
En el caso de que el primer pago anticipado supere la cantidad de 180.000 euros deberá aportarse, con carácter previo al pago correspondiente, un certificado de haber constituido, ante la Tesorería General del País Vasco, garantía, aval o fianza por el importe que se anticipa. El modelo de aval le será facilitado por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo
En el momento de la solicitud, la entidad solicitante deberá comprometerse a constituir la correspondiente garantía en el caso de que se encuentre en este supuesto.
Para la financiación de las ayudas destinadas al desarrollo de la actividad de centros de empleo, reguladas en esta convocatoria: 1.919.038 euros, de los cuales 959.519 euros corresponden al crédito de pago de 2026 y 959.519 euros al crédito de compromiso para 2027.
- Concurrencia competitiva en un único procedimiento.
- Comisión evaluadora:
a) Análisis de las solicitudes.
b) Requerimiento de Subsanaciones.
c) Propuesta de resolución provisional.
d) Publicación en la web de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo de esta propuesta provisional, con plazo de 10 días para la formulación de alegaciones.
e) Examinadas las alegaciones, formulación de propuesta de resolución definitiva.
- Director General de Lanbide: Resolución definitiva, que se publicará en la web de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, y posteriormente en el Boletín Oficial del País Vasco se publicará la relación de entidades beneficiarias.
- Periodo de ejecución: un año, posterior a la notificación de la Resolución de concesión de las subvenciones en la web de Lanbide y contados a partir de la fecha concreta que en ella se indique.
Las subvenciones concedidas serán abonadas en dos pagos:
– Un primer pago, con cargo al crédito de pago de 2026 por un importe del 50% de la subvención concedida, tras la publicación de la resolución y una vez otorgado el acceso al sistema de Lanbide, previa presentación por parte de la entidad beneficiaria de la declaración responsable de inicio de actividad y disponibilidad de medios.
– Un segundo pago, con cargo al crédito de compromiso 2027, por un importe del 50% restante o la cantidad que resulte de la aplicación de lo previsto en el artículo 6, en el mes siguiente a la finalización de la actividad de centro de empleo previa presentación de una memoria explicativa y evaluativa del servicio prestado con datos de las actividades realizadas y resultados obtenidos de la población usuaria del mismo e información relevante sobre el grado de satisfacción del servicio en las personas usuarias, así como de la información desglosada por sexo de las personas usuarias finales y de las titulares de las entidades beneficiarias y de su plantilla.
En el caso de que el primer pago anticipado supere la cantidad de 180.000 euros deberá aportarse, con carácter previo al pago correspondiente, un certificado de haber constituido, ante la Tesorería General del País Vasco, garantía, aval o fianza por el importe que se anticipa. El modelo de aval le será facilitado por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo
En el momento de la solicitud, la entidad solicitante deberá comprometerse a constituir la correspondiente garantía en el caso de que se encuentre en este supuesto.
A quién va dirigido
Personas físicas o jurídicas
Podrá realizar la actividad de centro de empleo, objeto de esta convocatoria, como entidad colaboradora de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo y beneficiarse de las subvenciones previstas para ello, cualquier persona física o jurídica, pública o privada que además de cumplir con los requisitos generales, disponga de los medios materiales y humanos necesarios para la adecuada prestación de las actuaciones de un centro de empleo, entendiéndose como un espacio físico estable donde la entidad colaboradora pone a disposición de las personas en proceso de búsqueda de empleo un lugar con instrumentos de auto–uso para el desarrollo de acciones dirigidas a la inserción y de consulta sobre recursos para la consecución de dicho objetivo, así como el apoyo permanente por parte de una persona orientadora dinamizadora en el manejo de las herramientas disponibles (artículo 3).
En el caso de los tres Centros de empleo dirigidos a colectivos con especiales dificultades de inserción socio-laboral, especificados en el Anexo, la solicitud de subvención deberá ir acompañada de una memoria que indique las adaptaciones y ayudas técnicas de las que se dotará al centro, de forma que pueda ser utilizado por personas con discapacidad. Dichas ayudas técnicas deberán garantizar, al menos, la utilización del centro por parte de personas con déficits auditivos o visuales de distinto grado y de personas con movilidad reducida. Únicamente podrán beneficiarse de las subvenciones previstas en esta convocatoria para el desarrollo de la actividad de Centro de Empleo dirigido a colectivos con especiales dificultades de inserción socio-laboral, en colaboración con Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, las entidades cuyo objeto social o fundacional sea la inserción laboral de personas en situación o en riesgo de exclusión social y/o personas con discapacidad.
Requisitos
-
Que no ha sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas púbicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha sido condenada o sancionada, mediante sentencia o resolución administrativa firmes, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, o habiéndolo sido, ha transcurrido el periodo de condena o sanción.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha solicitado la declaración de concurso voluntario; ni ha sido declarada insolvente en cualquier procedimiento; ni ha sido declarada en concurso o habiéndolo sido, ha adquirido en él eficacia un convenio; ni está sujeta a intervención judicial; ni ha sido inhabilitada conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal o, de haberlo sido, ha concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no está incursa la persona física, las administradoras o administradores de las sociedades mercantiles o quienes ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en alguno de los supuestos del régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y en la Ley 1/2014, de 26 de junio, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos; ni se trata de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no tiene la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que se compromete a mantener este cumplimiento hasta la justificación del total de la ayuda o subvención concedida.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que se halla al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones, en los términos previstos en el artículo 4 de la Orden de 13 de febrero de 203, del Consejero de Economía y Hacienda (BOPV de 17 de febrero de 2023).
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha sido sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, por incurrir en discriminación por razón de sexo, o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres, en concreto del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, o bien ha transcurrido el periodo de sanción.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no está incursa en causa legalmente establecida que le impida el acceso a ayudas o subvenciones, incluidas las siguientes:
- No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado.
- No haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual, o acoso por razón de sexo y las violencias sexuales, en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres, en el caso de empresas de más de 50 trabajadores.
- Cometer, incitar o promocionar LGTBIfobia, incluyendo la promoción o realización de terapias de conversión.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha sido sancionada por infracción grave o muy grave prevista en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, o en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, mediante resolución firme en vía administrativa o, en caso de haber sido sancionada, que ha ejecutado las medidas correctoras pertinentes y ha satisfecho la sanción.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
NO CUMPLIMENTAR EN CASO DE SER CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO*
Que cumple con la cuota establecida legalmente de reserva de puestos de trabajo en favor de personas con discapacidad o, en su defecto, ha adoptado las medidas alternativas correspondientes.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha obtenido subvenciones o ayudas por el mismo concepto, procedente de cualquier Administración o ente públicos o privados.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
La entidad solicitante no está sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable
-
La entidad solicitante no tiene la consideración de empresas en crisis conforme a la definición contenida en el artículo 2.18 del citado Reglamento (UE) n.º 651/2014.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Para subvenciones por importe superior a 30.000 euros y cuando el solicitante sea persona física o jurídica con ánimo de lucro, distinta de una entidad de derecho público:
*cumplir, en los términos previstos en el apartado 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los plazos de pago establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable y aporte documentación:
- En el supuesto de que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, deberá aportar la documentación a que hace referencia el apartado b) del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, esto es, certificación emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, con el contenido exigido en el número 1º de dicho apartado o, en caso de no ser posible la emisión de tal certificado, Informe de Procedi-mientos Acordados, en los términos previstos en el número 2º de dicho apartado y en el artículo 22 bis del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio..
- En el supuesto de que la persona física o jurídica solicitante pueda presentar, de acuerdo con la normativa contable, cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, mediante la certificación prevista en el apartado a) del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, según el modelo facilitado por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
-
Que las instalaciones de atención a las personas usuarias se adecuan a la normativa vigente en materia de centros de trabajo.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable y presente la documentación necesaria.
-
Que los centros de trabajo cumplen con la legislación vigente referida a la accesibilidad universal, sin que exista discriminación de las personas con discapacidad, dándose de forma efectiva la igualdad de oportunidades.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable y presente la documentación necesaria.
-
Que la entidad se compromete a disponer, en el momento de inicio de la actividad, de los medios materiales y humanos propios para el desarrollo de las acciones y servicios solicitados según lo previsto en en el artículo 5 de la presente convocatoria
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable y presente la documentación necesaria.
-
Compromiso de constituir la garantía correspondiente en el supuesto de que el pago anticipado supere la cantidad de 180.000 euros.
Presentar documentación de la garantía constituída.
-
Disponer de una estructura adecuada de locales y equipamientos
Informe descriptivo actualizado de las características de cada emplazamiento de la entidad solicitante, adjuntando obligatoriamente fotografías y planos de todas las instalaciones detalladas en el artículo 5 apartado 3.a), que especifiquen los espacios y dimensiones ajustadas a los mismos, así como fotografías y planos de los itinerarios, tanto interiores como exteriores, de los accesos a dichas instalaciones.
Informe expedido por persona técnica competente y visado por el correspondiente colegio profesional sobre la adecuación del local a la normativa en vigor en materia de promoción de accesibilidad: Ley 20/1997 y sus normas técnicas de desarrollo: accesibilidad al local desde el exterior de los mismos, accesibilidad de trayectos interiores hasta los espacios destinados a la prestación de servicios, disponibilidad de aseos adaptables y adaptados para uso de las personas destinatarias del servicio.
-
Disponer de internet de banda ancha para cada ubicación al inicio de la actividad.
Mediante la declaración responsable de inicio de actividad que se debe presentar para cada ubicación.
-
La solicitud reúne los requisitos exigidos en las bases reguladoras de la ayuda.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que los documentos y datos aportados en la solicitud son veraces.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Entes públicos de derecho privado > Lanbide - Servicio Público Vasco de Empleo
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Público Vasco de Empleo > Director/a General de Lanbide - Servicio Público Vasco de Empleo
Información de contacto
Servicio de Atención a la Ciudadanía 945 160 600 (Información general).
Servicio de Atención a Entidades y Empresas 945 160 601 (Información general)
Otros: orientazioa@lanbide.eus
Código
1015708Solicitud y aportación de documentación
Las solicitudes de subvenciones a las que se refiere esta convocatoria deberán presentarse a través de la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi a la que se accederá desde: https://www.euskadi.eus/servicios/1015708. También se dispondrá de un enlace de acceso a la misma en la página web de Lanbide.
La solicitud de subvención también se podrá tramitar electrónicamente a través de un representante, para lo cual la representación podrá inscribirse en el Registro de representantes del Gobierno Vasco, accesible a través de la dirección siguiente: https://www.euskadi.eus/representantes.
Los medios de identificación y firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi están accesibles en la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/certificados-electronicos.
Cada entidad solicitante deberá indicar en la solicitud el ámbito territorial de actuación en el que desarrollará la actividad de centro de empleo.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
-
-Accesibilidad al local desde el exterior de los mismos.
-Accesibilidad de trayectos interiores hasta los espacios destinados a la prestación de la actividad.
-Disponibilidad de aseos adaptables y adaptados para uso de las personas destinatarias de la actividad.
No será precisa la presentación de la documentación a que se refiere este apartado 2.1 en el supuesto previsto en el segundo párrafo del art. 5.3 a). En este caso, deberá presentarse declaración responsable de que cada local no ha sufrido modificaciones y que sigue cumpliendo con los requisitos exigidos en la convocatoria a que se hace referencia en el citado art. 5.3 a).
-
Que no ha sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas púbicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha sido condenada o sancionada, mediante sentencia o resolución administrativa firmes, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, o habiéndolo sido, ha transcurrido el periodo de condena o sanción.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha solicitado la declaración de concurso voluntario; ni ha sido declarada insolvente en cualquier procedimiento; ni ha sido declarada en concurso o habiéndolo sido, ha adquirido en él eficacia un convenio; ni está sujeta a intervención judicial; ni ha sido inhabilitada conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal o, de haberlo sido, ha concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no está incursa la persona física, las administradoras o administradores de las sociedades mercantiles o quienes ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en alguno de los supuestos del régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y en la Ley 1/2014, de 26 de junio, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos; ni se trata de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no tiene la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que se compromete a mantener este cumplimiento hasta la justificación del total de la ayuda o subvención concedida.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que se halla al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones, en los términos previstos en el artículo 4 de la Orden de 13 de febrero de 203, del Consejero de Economía y Hacienda (BOPV de 17 de febrero de 2023).
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha sido sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, por incurrir en discriminación por razón de sexo, o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres, en concreto del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, o bien ha transcurrido el periodo de sanción.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no está incursa en causa legalmente establecida que le impida el acceso a ayudas o subvenciones, incluidas las siguientes:
- No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado.
- No haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual, o acoso por razón de sexo y las violencias sexuales, en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres, en el caso de empresas de más de 50 trabajadores.
- Cometer, incitar o promocionar LGTBIfobia, incluyendo la promoción o realización de terapias de conversión.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha sido sancionada por infracción grave o muy grave prevista en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, o en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, mediante resolución firme en vía administrativa o, en caso de haber sido sancionada, que ha ejecutado las medidas correctoras pertinentes y ha satisfecho la sanción.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
NO CUMPLIMENTAR EN CASO DE SER CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO*
Que cumple con la cuota establecida legalmente de reserva de puestos de trabajo en favor de personas con discapacidad o, en su defecto, ha adoptado las medidas alternativas correspondientes.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que no ha obtenido subvenciones o ayudas por el mismo concepto, procedente de cualquier Administración o ente públicos o privados.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
La entidad solicitante no está sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable
-
La entidad solicitante no tiene la consideración de empresas en crisis conforme a la definición contenida en el artículo 2.18 del citado Reglamento (UE) n.º 651/2014.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Para subvenciones por importe superior a 30.000 euros y cuando el solicitante sea persona física o jurídica con ánimo de lucro, distinta de una entidad de derecho público:
*cumplir, en los términos previstos en el apartado 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los plazos de pago establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable y aporte documentación:
- En el supuesto de que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, deberá aportar la documentación a que hace referencia el apartado b) del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, esto es, certificación emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, con el contenido exigido en el número 1º de dicho apartado o, en caso de no ser posible la emisión de tal certificado, Informe de Procedi-mientos Acordados, en los términos previstos en el número 2º de dicho apartado y en el artículo 22 bis del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio..
- En el supuesto de que la persona física o jurídica solicitante pueda presentar, de acuerdo con la normativa contable, cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, mediante la certificación prevista en el apartado a) del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, según el modelo facilitado por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo.
-
Que las instalaciones de atención a las personas usuarias se adecuan a la normativa vigente en materia de centros de trabajo.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable y presente la documentación necesaria.
-
Que los centros de trabajo cumplen con la legislación vigente referida a la accesibilidad universal, sin que exista discriminación de las personas con discapacidad, dándose de forma efectiva la igualdad de oportunidades.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable y presente la documentación necesaria.
-
Que la entidad se compromete a disponer, en el momento de inicio de la actividad, de los medios materiales y humanos propios para el desarrollo de las acciones y servicios solicitados según lo previsto en en el artículo 5 de la presente convocatoria
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable y presente la documentación necesaria.
-
Compromiso de constituir la garantía correspondiente en el supuesto de que el pago anticipado supere la cantidad de 180.000 euros.
Presentar documentación de la garantía constituída.
-
Disponer de una estructura adecuada de locales y equipamientos
Informe descriptivo actualizado de las características de cada emplazamiento de la entidad solicitante, adjuntando obligatoriamente fotografías y planos de todas las instalaciones detalladas en el artículo 5 apartado 3.a), que especifiquen los espacios y dimensiones ajustadas a los mismos, así como fotografías y planos de los itinerarios, tanto interiores como exteriores, de los accesos a dichas instalaciones.
Informe expedido por persona técnica competente y visado por el correspondiente colegio profesional sobre la adecuación del local a la normativa en vigor en materia de promoción de accesibilidad: Ley 20/1997 y sus normas técnicas de desarrollo: accesibilidad al local desde el exterior de los mismos, accesibilidad de trayectos interiores hasta los espacios destinados a la prestación de servicios, disponibilidad de aseos adaptables y adaptados para uso de las personas destinatarias del servicio.
-
Disponer de internet de banda ancha para cada ubicación al inicio de la actividad.
Mediante la declaración responsable de inicio de actividad que se debe presentar para cada ubicación.
-
La solicitud reúne los requisitos exigidos en las bases reguladoras de la ayuda.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Que los documentos y datos aportados en la solicitud son veraces.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos -PDF-) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada.
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
- La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
- Cuatro meses desde la fecha en que comience el plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución a la entidad interesada, se entenderá desestimada la solicitud de subvención.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para interponer un recurso potestativo de reposición utilizando el canal electrónico, rellene el formulario que encontrará en Mi carpeta.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Otros trámites
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta y en el apartado Mi perfil podrá modificar sus datos de contacto.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para aportar documentación, acceda a Mi carpeta (es necesario un medio de identificación electrónica):
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, Lanbide publicará en su página web http://www.lanbide.euskadi.eus la relación de solicitudes presentadas que no vinieran cumplimentadas en todos sus términos, o bien no fueran acompañadas de la documentación preceptiva relacionada en el párrafo anterior, para que en un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación en la web las entidades afectadas subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos a través de Mi Carpeta.
Si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su petición, estando obligado Lanbide-Servicio Vasco de Empleo a dictar resolución expresa sobre esa solicitud, así como a publicarla.
