Ayudas para los centros docentes concertados de la CAPV por la incorporación, en el curso 2025-26, de alumnos recien llegados a la comunidad autónoma de euskadi fuera del proceso ordionario de admisión y con posterioridad a la concertación del curso escolar.

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Descripción


Objeto

Convocar ayudas destinadas a los centros educativos con concierto educativo vigente para hacer frente a los gastos derivados de la incorporación, a partir del 1 de enero de 2026 y en el curso escolar 2025-26, de alumnos fuera del proceso ordinario de admisión y con posterioridad a la concertación del curso.

 

Dotación presupuestaria

1.000.000 (euros)

Prestación económica

Las cuantías máximas de las ayudas por unidad escolar, por contratación de personal docente adicional o de personal complementario de apoyo adicional serán las siguientes:

Unidad escolar / Personal docente/ Personal educativo

cuantía máxima

Educación Infantil I

88.657,33

Educación Infantil II

88.657,33

Educación Primaria

92.689,33

Educación Secundaria Obligatoria I

129.188,71

Educación Secundaria Obligatoria II

145.271,23

Especialista de Apoyo Educativo

24.086,26

Profesorado de pedagogía terapéutica Infantil/Primaria

30.600,03

Profesorado de pedagogía terapéutica Secundaria

32.368,11

Recurso adicional Educación Infantil I

61.200,07

Recurso adicional Educación Infantil II

61.200,07

Recurso adicional Educación Primaria

61.200,07

Forma de pago:

El abono de la subvención a las personas beneficiarias se realizará en dos pagos:

-El primero ascenderá al equivalente al 50% del total concedido y se hará efectivo tras la presentación de la documentación justificativa inicial prevista en el artículo 12. El pago se realizará dentro del mes en el que se resuelva el expediente, si se realiza antes del 15 de cada mes, si no se incluirá en la remesa del mes siguiente.

-El segundo pago, por el restante 50%, se realizará tras la verificación de la justificación de la cuantía total concedida. 

A quién va dirigido


Centros privados concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi

Requisitos:

  • Estar legalmente constituido y autorizado

  • Tener suficiente poder de representación

  • Reunir los requisitos propios del régimen de conciertos establecidos en el Decreto 293/1987, de 8 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de conciertos educativos.

Requisitos

  • Estar al corriente de las obligaciones de la Seguridad Social
  • Estar al corriente de la obligaciones tributarias
  • No estar sancionados ni administrativa ni penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursos en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Viceconsejería de Administración y Servicios

Organismo que resuelve

  • Educación / Viceconsejería de Administración y Servicios > Dirección de Gestión Económica

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1266101

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses desde la fecha en la que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


La documentación justificativa se debe remitir a la sede electrónica del Gobierno Vasco en formato electrónico o en copias digitalizadas, a través del apartado Mi Carpeta.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites