EREIN 2026 - Ayudas destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco

[EREIN 2026]

Descripción


Objeto

Ayudas destinadas a la promoción y el desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco dirigidas a entidades de carácter público (Programa EREIN) en el marco de la intervención del PEPAC 2023-2027 relativa a “Inversiones en servicios básicos en el medio rural”.

El ámbito geográfico de aplicación comprenderá la totalidad de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, clasificadas a nivel de entidad tal y como se detallan en el Anexo II, distinguiéndose:

a) las Zonas de Especial Atención (ZEA), con mayor grado de vulnerabilidad.

b) el resto de las zonas rurales que corresponden a los grados de vulnerabilidad V2, V3 y V4, en el que figuran incluidas las parzonerías con un grado de vulnerabilidad V2.

Estas ayudas estarán destinadas a apoyar la provisión de infraestructuras y equipamientos que contribuyan a mejorar la calidad de vida de la población rural, la recuperación de los pueblos, la generación de empleo y el impulso del turismo en las zonas rurales.

La ayuda tiene por objeto fomentar las inversiones en la creación, mejora o ampliación de todo tipo de infraestructuras o servicios enmarcados en las siguientes actuaciones:

a) Infraestructuras básicas relacionadas con el abastecimiento y saneamiento de agua y el suministro y canalización de energía eléctrica y gas (tanto nuevas como aquellas que requieran ser repuestas si de no hacerlo se condicionara la prestación del servicio, extremo este que deberá acreditarse mediante el correspondiente informe emitido por tercera persona de nivel técnico competente en la materia).

b) Infraestructuras para el fomento del uso de energías renovables y el ahorro energético en superficies destinadas a la prestación de servicios a la comunidad local y excluyendo, por tanto, aquellas destinadas a la prestación de los servicios habituales que les son propios tal y como se indica en el apartado 3.a) de esta base.

c) Proyectos e infraestructuras para servicios vinculados al turismo. Véase centros de interpretación/museos y oficinas de turismo, senderos y vías homologadas y su correspondiente señalética, parkings para autocaravanas.

d) Infraestructuras relacionadas con el acondicionamiento de las entidades de población, que tengan por objeto su recuperación y adecuación urbanística: accesibilidad, ajardinamiento, alumbrado y mobiliario urbano.

e) Proyectos para servicios básicos: centros de día y residencias para personas mayores, centros para la infancia (guarderías) y farmacias/botiquines/centros de salud.

f) Proyectos para servicios relacionados con el ocio, la cultura y el deporte: centros culturales, bibliotecas, salas polivalentes y equipamientos deportivos y/o de ocio.

g) Proyectos relacionados con la accesibilidad a equipamientos comunitarios.

h) Proyectos de urbanización de pequeños polígonos industriales.

Para la consecución de estos objetivos, desempeñan un papel importante tanto las Asociaciones de Desarrollo Rural como la Fundación HAZI en calidad de instrumentos de participación y colaboración de los agentes económicos y sociales en las actuaciones de desarrollo rural.

En consecuencia y para cualquier cuestión relacionada con esta convocatoria, los datos de contacto son los siguientes:

- Asociaciones de Desarrollo Rural de Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, en función de la comarca donde se ubique el proyecto.

- Dirección de Desarrollo Rural y Políticas Europeas del Gobierno Vasco.

Arantxa Peña

Teléfono: 945 016 308

E-mail: a-pena@euskadi.eus

- Fundación HAZI Fundazioa, como medio propio e instrumental del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca.

Teléfono: 945 003 240

E-mail: hazi@hazi.eus

Obligaciones de las personas beneficiarias

Las personas beneficiarias deben dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la actuación en los términos establecidos en la legislación de transparencia. Concretamente, en materia de información, publicidad y visibilidad, deberán dar a conocer la ayuda del PEPAC como sigue:

a) En el sitio web oficial de la entidad beneficiaria, cuando dicho sitio web exista, y en sus cuentas oficiales en las redes sociales harán una breve descripción de la operación, de manera proporcionada al nivel de la ayuda e indicarán sus objetivos y resultados;

b) Facilitarán una declaración en documentos y materiales de comunicación relacionados con la ejecución de la operación, destinados al público o a las participantes;

c) En el caso de operaciones consistentes en la financiación de infraestructuras o de actividades de construcción, cuyo gasto público total supere los 50.000 euros, colocarán una placa explicativa o una pantalla electrónica equivalente con información sobre el proyecto. En el caso de superar los 10.000 euros, exhibirán en un lugar bien visible para el público al menos un cartel de tamaño mínimo A3, con información acerca de la operación o pantalla electrónica equivalente.

Lucha contra el fraude

Dotación presupuestaria

10.170.072 €

Prestación económica

La cuantía total máxima de los recursos económicos destinados a financiar las ayudas contempladas en esta orden asciende a 10.170.072 euros. De ellos, 1.250.000 euros serán cofinanciados por el FEADER al 80 % (1.000.000 euros) y la Administración General de la Comunidad Autónoma Vasca al 20 % (250.000 euros). El resto, 8.920.072 euros, se otorgarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi en forma de financiación nacional adicional aprobada por la Comisión en el PEPAC 2023-2027.

La distribución por ejercicio del conjunto de recursos económicos vinculados a la convocatoria (10.170.072 euros) es la siguiente: 1.308.888 euros corresponden a crédito de pago para el ejercicio 2026 y 8.861.184 euros corresponden a crédito de compromiso para 2027.

La cuantía total máxima indicada en el párrafo anterior podrá ser en ampliada en un 40 %. La resolución que disponga tal ampliación la emitirá el viceconsejero de Alimentación y Desarrollo Rural y se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco sin que esta publicidad implique la apertura de plazo de nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.

A quién va dirigido


Entidades beneficiarias de las ayudas EREIN

a) Las entidades locales entendidas estas según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 2/2016, de Instituciones Locales de Euskadi; es decir:

- El municipio.

- Los concejos, y cualesquiera otras entidades locales territoriales de ámbito inferior al municipio conforme a la normativa foral existente en cada territorio y lo dispuesto en la legislación básica de régimen local.

- Las mancomunidades de municipios.

- Las cuadrillas del territorio histórico de Álava.

- Cualesquiera otras entidades que agrupen a varias entidades locales, bajo la denominación específica que corresponda, conforme a lo dispuesto en la Ley 2/2016 y demás normativa que sea de aplicación que estén inscritas en el Registro de Entidades Locales. Esta inscripción se comprobará de oficio.

b) El sector público institucional local perteneciente a las entidades del apartado a).

c) Las Asociaciones de Desarrollo Rural, en aquellos casos en los que suscriban con las entidades locales acuerdos de colaboración para la puesta en marcha de proyectos en beneficio de la zona de intervención.

Requisitos

  • De conformidad con el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, no podrán obtener la condición de persona beneficiaria las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en la base 7 de la orden reguladora.

Organismos


Organismo que convoca

  • Gobierno Vasco > Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

Organismo que resuelve

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca > Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural

Información de contacto


- Asociaciones de Desarrollo Rural de Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, en función de la comarca donde se ubique el proyecto.

- Dirección de Desarrollo Rural y Políticas Europeas del Gobierno Vasco

Arantxa Peña

E-mail: a-pena@euskadi.eus

- Fundación HAZI Fundazioa, como medio propio e instrumental del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca.

Teléfono: 945 003 240

E-mail: hazi@hazi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1028212

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses desde el día siguiente al de la publicación en el BOPV la convocatoria.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá estar dado de alta en el Registro de terceros de la Oficina de Control Económico del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno Vasco.

Solicitud de ampliación del plazo de ejecución de los proyectos


La ampliación del plazo, o prórroga, solo podrá concederse cuando concurran causas ajenas a la voluntad de la entidad beneficiaria y que estén debidamente justificadas. Así pues, en la solicitud, que deberá realizarse a más tardar 30 días naturales antes de la fecha en la que deba estar finalizada la inversión y/o gasto, deberán especificarse claramente cuáles son esas causas y deberá aportarse la documentación justificativa correspondiente.

Justificación y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites