Ayudas para desarrollar el VIII Plan sobre Adicciones de Euskadi en el ámbito local y comunitario, en el ejercicio 2026

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Descripción


Objeto

Mediante la presente orden se convocan subvenciones para el año 2026 en el área de las adicciones, que se otorgarán a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi con el fin de desarrollar el VIII Plan sobre Adicciones de Euskadi en el ámbito local y comunitario, a través de un programa, integrado por un conjunto de proyectos estructurados, dirigido al abordaje y prevención de las adicciones.
El objetivo general que se pretende conseguir con esta orden es implementar en el ámbito local y comunitario las acciones recogidas en el VIII Plan sobre Adicciones de Euskadi. En concreto:

a) Contribuir a que la población de Euskadi maximice su nivel de salud mediante la promoción de conductas saludables y la reducción de su exposición a factores de riesgo, favoreciendo entornos físicos y sociales que generen salud y equidad en salud.

b) Evitar o retrasar en la población de Euskadi el inicio de consumos de drogas y conductas adictivas, y disminuir su prevalencia.

c) Contribuir a la mejora y refuerzo de los programas de promoción de la salud y prevención de las adicciones, con perspectiva del curso de la vida y mediante el fortalecimiento del capital emocional y las habilidades para la vida de las personas, así como prevenir los riesgos asociados a las adicciones y otras conductas adictivas, abordando precozmente los problemas de salud asociados.

d) Avanzar en la coordinación interinstitucional, intersectorial y con otros agentes sociales en las intervenciones de abordaje y prevención de las adicciones, con el objetivo de lograr la integración de las políticas en materia de adicciones.

Dotación presupuestaria

1.201.328,75 euro

Prestación económica

Límite prestación

El Departamento de Salud podrá financiar hasta un 50% del presupuesto total del programa presentado, que ha de considerarse adecuado y ajustado al conjunto de los proyectos que lo integran descritos en la solicitud y ajustado al Plan sobre Adicciones de Euskadi. 

Ningún programa podrá recibir más del 6% del total asignado a las ayudas.

Forma de pago:

El pago será fraccionado, abonándose el 80% una vez aceptada la ayuda y el 20% restante, previa remisión antes del 1 de marzo de 2027 a través de la sede electrónica de “MiCarpeta” de la memoria justificativa en la que se indicará el grado de cumplimiento del programa subvencionado y una valoración cualitativa y cuantitativa de su desarrollo, así como información sobre otras actividades que en materia de adicciones desarrollen las entidades locales beneficiarias.

A quién va dirigido


Entidades locales de la CAE

Podrán acogerse a las ayudas aquellas entidades locales que gestionen, directamente o en colaboración con entidades especializadas, programas, integrados por un conjunto de proyectos estructurados, de abordaje y prevención comunitaria de las adicciones en su ámbito territorial.

Cada entidad local sólo podrá presentar una solicitud de ayuda para la financiación de los programas a desarrollar, integrados por un conjunto de proyectos estructurados.

A los efectos de la presente orden, se considerarán programas que desarrollan el VIII Plan sobre Adicciones de Euskadi en el ámbito local y comunitario aquellos que incluyan alguna o varias de las siguientes actuaciones recogidas en el VIII Plan sobre Adicciones de Euskadi:

- Impulsar medidas estructurales para avanzar en el desarrollo de entornos saludables.

- Reforzar las intervenciones en relación con la reducción y control de la oferta de sustancias adictivas, a través de una mejor coordinación entre los agentes implicados.

- Avanzar hacia una aplicación más efectiva de la normativa.

- Reforzar la prevención de las adicciones en las distintas etapas del curso de la vida (infancia, adolescencia y juventud y edad adulta, en personas mayores), así como con carácter general en todas las edades.

- Definir y difundir itinerarios para las personas con adicciones, considerando las diferentes problemáticas existentes y ofreciendo una respuesta adaptada a los diferentes perfiles.

- Reducir el estigma asociado a las personas con adicciones.

- Reforzar la atención integral de las personas con conductas problemáticas asociadas al juego y el uso abusivo de las tecnologías.

- Potenciar la investigación e innovación en materia de adicciones.

- Impulsar las actividades de asesoramiento y capacitación de las personas profesionales que trabajan en el ámbito de las adicciones.

- Fortalecer la evaluación de políticas y programas en el marco de las adicciones.

- Contribuir al sistema de reconocimiento a las buenas prácticas y a la trayectoria profesional en materia de adicciones.

- Favorecer que las políticas sectoriales relacionadas con las adicciones maximicen su efecto positivo en la reducción de estas.

- Afianzar y continuar impulsando el trabajo en red entre todas las entidades implicadas en el abordaje o prevención de adicciones.

Requisitos

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, parala Igualdad de Mujeres y Hombres.

Organismos


Organismo que convoca

  • Salud / Viceconsejería de Salud y Transformación Digital > Dirección de Salud Pública y Adicciones

Organismo que resuelve

  • Salud > Viceconsejería de Salud y Transformación Digital

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0032122

Solicitud y aportación de documentación


Para solicitar la subvención, hay que presentar el formulario de solicitud, junto con la documentación que se describe en las Instrucciones de aportación de documentación. La tramitación debe realizarse por el canal electrónico a través de "Mi carpeta".

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco con anterioridad al 31 de diciembre de 2026.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


A los efectos de justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos, las entidades locales deberán presentar la documentación que aparece en esta ficha a través del canal telemático (en euskadi.eus desde "Mi carpeta") antes del 1 de marzo de 2027.

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

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