Presolicitud para programa de ayudas a empresas que realicen inversiones productivas que permitan diversificar líneas de negocio, productos, servicios y mercados, con un enfoque en el crecimiento sostenible y la mejora de la competitividad de la comunidad autónoma del País Vasco, Programa Dibertsifika 2026.
- Organismo:
- Industria, Transición Energética y Sostenibilidad
- Estado:
Descripción
Objeto
Las subvenciones a conceder en el marco de la presente Orden se otorgarán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, y adoptarán la forma de subvenciones a fondo perdido a empresas que realicen inversión productiva en proyectos de diversificación en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Serán objeto de subvención las siguientes actuaciones:
- Inversiones productivas dirigidas a la diversificación de la actividad de la empresa hacia nuevas líneas de negocio, productos, servicios y mercados.
- Inversiones productivas que impulsen al crecimiento y la mejora de la productividad y competitividad de la empresa.
Normativa de la convocatoria:
Marzo de 2026 (aprox.)
A quien va dirigido:
1- Podrán acceder a las ayudas las Grandes Empresas y las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) que cumplan con la característica de ser empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, incluídas las de servicios logísticos, excluido el transporte.
- Las Pymes deberán realizar sus inversiones en la Comunidad Autónoma Vasca.
- Las Grandes empresas: deberán realizar sus inversiones en las Zonas incluidas en la Decisión de la Comisión sobre Ayuda Estatal nº SA 100859 (2021/N) que aprueba el Mapa de Ayudas Regionales 2022-2027 para España (Zona Margen Izquierda Ampliada (Bizkaia):
Abanto y Ciérvana – Abanto Zierbena; Alonsotegi; Artzentales; Balmaseda; Erandio; Galdames, Güeñes; Karrantza Harana/Valle de Carranza; Muskiz; Ortuella; Portugalete; Santurtzi; Sestao; Sopuerta; Trucios – Tuztzioz; Valle de Trápaga - Trapagaran; Zierbena
2- También podrán acceder las empresas agroalimentarias, siempre que no obtengan ayudas por las mismas inversiones en el marco de programas de ayudas a la transformación y comercialización de productos agrarios, alimentarios y los derivados de la pesca y la acuicultura.
Dotación presupuestaria
25.000.000,00 eurosOrganismos
Organismo que convoca
- Industria, Transición Energética y Sostenibilidad > Consejero/a de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad
Organismo que resuelve
- Industria, Transición Energética y Sostenibilidad > Viceconsejería de Promoción Industrial
Información de contacto
GOBIERNO VASCO
Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad
Dirección de Desarrollo y Administración Industrial
c/ Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Teléfono: 945 01 82 63 - 945 01 99 49 - 945 01 82 35
e-mail: info-direccionindustria@euskadi.eus; ro-murillas@euskadi.eus; j-echezortu@euskadi.eus;
SPRI- Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial
Alameda de Urquijo, 36- Edif. Plaza Bizkaia, 4ª planta
48011 – Bilbao
Tfno.: 944037040 e-mail: icuetara@spri.eus
Código
1264601Presolicitud-Telemático
El acceso a la presolicitud, y su cumplimentación, que se efectuará en sede electrónica, se encuentra en https://ayudas.spri.eus/dibertsifika
La presentación de las presolicitudes, declaraciones responsables y demás documentos, así como la realización de trámites posteriores a la solicitud, incluidas las notificaciones, se realizarán a través de la misma dirección.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a la siguiente aplicación de tramitación electrónica.
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Empresas Beneficiarias
Empresas Beneficiarias
1- Podrán acceder a las ayudas las Grandes Empresas y las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) que cumplan con la característica de ser empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, incluídas las de servicios logísticos, excluido el transporte.
- Las Pymes deberán realizar sus inversiones en la Comunidad Autónoma Vasca.
- Las Grandes empresas: deberán realizar sus inversiones en las Zonas incluidas en la Decisión de la Comisión sobre Ayuda Estatal nº SA 100859 (2021/N) que aprueba el Mapa de Ayudas Regionales 2022-2027 para España (Zona Margen Izquierda Ampliada (Bizkaia):
Abanto y Ciérvana – Abanto Zierbena; Alonsotegi; Artzentales; Balmaseda; Erandio; Galdames, Güeñes; Karrantza Harana/Valle de Carranza; Muskiz; Ortuella; Portugalete; Santurtzi; Sestao; Sopuerta; Trucios – Tuztzioz; Valle de Trápaga - Trapagaran; Zierbena
2- También podrán acceder las empresas agroalimentarias, siempre que no obtengan ayudas por las mismas inversiones en el marco de programas de ayudas a la transformación y comercialización de productos agrarios, alimentarios y los derivados de la pesca y la acuicultura.
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Empresas Excluidas
Las empresas en crisis. Se considerará que una empresa está en crisis, según lo dispuesto en las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C 249/01, de 31.07.2014).
Las empresas de los sectores excluidos por el artículo 13 del Reglamento general de exención nº 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO, L 187, de 26.06.2014).
Empresas cuyo solicitante haya puesto fin a una actividad idéntica o similar en el Espacio Económico Europeo (EEE) durante los dos años anteriores a su solicitud o que, en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, tenga planes concretos para poner fin a dicha actividad en un plazo máximo de dos años después de que la inversión se haya completado.
Entidades que constituyen la Administración Institucional de la Comunidad Autónoma.
Empresas que no se encuentren al corriente de sus obligaciones con Hacienda y Con Seguridad Social.
Empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente en virtud de una decisión previa de la Comisión por la que se haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
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Modalidades de ayudas
Modalidades de ayudas
EFECTO INCENTIVADOR: No podrá iniciarse antes de la fecha de presentación de la solicitud.
HORIZONTE TEMPORAL: Deberá realizarse durante el año en que se presenta la solicitud, desde la fecha de su presentación, y durante el siguiente año natural, en función de sus características y de sus planes empresariales
INVERSIÓN ADMITIDA MÍNIMA: Las Grandes Empresas deberán alcanzar una inversión admitida mínima de 1.500.000 de euros y mantenimiento de empleo; las PYMES deberán realizar una inversión admitida mínima de 200.000 € y mantenimiento de empleo.
RECURSOS PROPIOS de la empresa, excluidas las subvenciones, alcancen, al menos, el 25% del importe de la inversión considerada subvencionable.
EMPRESA tanto las inversiones como el mantenimiento de empleo a considerar deberán realizarse por una sola entidad jurídica, en el caso de que dispongan de varios centros productivos, únicamente, en el centro productivo o centros productivos que cumplan con los criterios de la presente norma y sean objeto de la inversión y mantenimiento de empleo.
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Tipo de ayuda
Tipo de ayuda
Las subvenciones a conceder en el marco de la presente Orden, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, adoptarán la forma de subvenciones a fondo perdido y ascenderán a los siguientes porcentajes:
- · Para las grandes empresas el 10 % de la inversión susceptible de apoyo.
- · Para las pymes el 15 % de la inversión susceptible de apoyo.
Las subvenciones tendrán un límite máximo que, en ningún caso, podrá superar la cantidad de 1.000.000,00 euros por empresa o grupo empresarial, en su caso.
Antes de comenzar:
- Tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos necesarios en formato digital.
Después, acceda al servicio electrónico y siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.