EIJO (Euskadiko Ikasleen Jazz Orkestra): proceso de presentación y selección de proyectos para los cursos académicos 2025-2026 y 2026-2027
[EIJO]
- Organismo:
- Educación
- Estado:
Descripción
Objeto
La Dirección de Centros y Planificación, con la ayuda de las direcciones de los tres conservatorios dependientes del Gobierno Vasco, es el responsable de la organización de la orquesta. Por ello, nombrará, entre el profesorado de los conservatorios, a un coordinador o coordinadora general de la orquesta –y, en su caso, a sus colaboradores– para que se ocupe de la planificación y ejecución de la actividad de la Orquesta EIJO.
Dotación presupuestaria
25.000 ?Prestación económica
La cantidad destinada a gastos de funcionamiento EIJO ascenderá a 25.000 euros para cada uno de los ejercicios económicos 2026 y 2027.
La gestión económica de la EIJO será asumida por la dirección del conservatorio de cuyo claustro forme parte el coordinador o coordinadora general.
Forma de pago:
El programa de actividades desarrollado dentro de este proyecto tendrá carácter anual y deberá ser autorizado por el director de Centros y Planificación del Departamento de Educación, que posteriormente procederá al libramiento correspondiente a uno de los conservatorios de su titularidad, que se convertirá durante esa edición en órgano gestor de la partida.
Al final de cada edición, el conservatorio encargado de la gestión deberá justificar documentalmente ante la Dirección de Centros y Planificación los gastos efectuados.
La cantidad destinada a gastos de funcionamiento EIJO ascenderá a 25.000 euros para cada uno de los ejercicios económicos 2026 y 2027.
La gestión económica de la EIJO será asumida por la dirección del conservatorio de cuyo claustro forme parte el coordinador o coordinadora general.
El programa de actividades desarrollado dentro de este proyecto tendrá carácter anual y deberá ser autorizado por el director de Centros y Planificación del Departamento de Educación, que posteriormente procederá al libramiento correspondiente a uno de los conservatorios de su titularidad, que se convertirá durante esa edición en órgano gestor de la partida.
Al final de cada edición, el conservatorio encargado de la gestión deberá justificar documentalmente ante la Dirección de Centros y Planificación los gastos efectuados.
A quién va dirigido
Personas físicas
Requisitos:
-
Ser profesorado de alguno de los tres conservatorios de música de titularidad del Departamento de Educación, uno de cuyos componentes asumirá la coordinación general del equipo de trabajo.
El proyecto EIJO está abierto al profesorado de los tres conservatorios profesionales dependientes del Departamento de Educación, y tiene asignado un total de 12 horas de liberación de carga lectiva.
– El coordinador o coordinadora general de la EIO será un profesor o profesora de uno de los tres conservatorios de titularidad del Departamento de Educación.
– Los dos coordinadores o coordinadoras adjuntos de la EIJO serán profesores o profesoras de alguno de los tres conservatorios de titularidad del Departamento de Educación.
-
Podrán participar en el programa EIJO los alumnos y alumnas que reúnan los requisitos establecidos.
– Alumnos y alumnas que estén cursando estudios en centros de enseñanzas musicales de la CAPV (conservatorios dependientes del Departamento de Educación, centros reglados debidamente autorizados y escuelas de música y danza de la CAPV, reguladas mediante el Decreto 64/2024, de 21 de mayo).
– Tener hasta 19 años de edad en la fecha de publicación de la convocatoria. En caso de no cubrirse las plazas podrán hacerse excepciones en cuanto a las edades, teniendo preferencia, en todo caso, los menores de 19 años.
– Realizar la inscripción online a través del portal de ikasgunea, cumplimentando el formulario dispuesto a tal efecto por el Departamento de Educación, en el plazo establecido en la correspondiente convocatoria.
– Superar la prueba de admisión que se determine. La prueba de admisión será presencial y los y las participantes deberán realizarla en el lugar, día y hora que se les haya asignado.
– En caso de empate en las pruebas de acceso, se dará prioridad al alumnado que esté cursando estudios en alguno de los conservatorios dependientes del Departamento de Educación.
De forma excepcional, si alguna plaza quedase desierta, podrán admitirse candidaturas procedentes de la Comunidad Foral de Navarra que acrediten estar cursando estudios de música en centros debidamente autorizados de dicha Comunidad.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Educación / Viceconsejería de Políticas Educativas > Dirección de Centros y Planificación
Organismo que resuelve
- Educación / Viceconsejería de Políticas Educativas > Dirección de Centros y Planificación
Solicitud y aportación de documentación.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.
-
Ser profesorado de alguno de los tres conservatorios de música de titularidad del Departamento de Educación, uno de cuyos componentes asumirá la coordinación general del equipo de trabajo.
El proyecto EIJO está abierto al profesorado de los tres conservatorios profesionales dependientes del Departamento de Educación, y tiene asignado un total de 12 horas de liberación de carga lectiva.
– El coordinador o coordinadora general de la EIO será un profesor o profesora de uno de los tres conservatorios de titularidad del Departamento de Educación.
– Los dos coordinadores o coordinadoras adjuntos de la EIJO serán profesores o profesoras de alguno de los tres conservatorios de titularidad del Departamento de Educación.
-
Podrán participar en el programa EIJO los alumnos y alumnas que reúnan los requisitos establecidos.
– Alumnos y alumnas que estén cursando estudios en centros de enseñanzas musicales de la CAPV (conservatorios dependientes del Departamento de Educación, centros reglados debidamente autorizados y escuelas de música y danza de la CAPV, reguladas mediante el Decreto 64/2024, de 21 de mayo).
– Tener hasta 19 años de edad en la fecha de publicación de la convocatoria. En caso de no cubrirse las plazas podrán hacerse excepciones en cuanto a las edades, teniendo preferencia, en todo caso, los menores de 19 años.
– Realizar la inscripción online a través del portal de ikasgunea, cumplimentando el formulario dispuesto a tal efecto por el Departamento de Educación, en el plazo establecido en la correspondiente convocatoria.
– Superar la prueba de admisión que se determine. La prueba de admisión será presencial y los y las participantes deberán realizarla en el lugar, día y hora que se les haya asignado.
– En caso de empate en las pruebas de acceso, se dará prioridad al alumnado que esté cursando estudios en alguno de los conservatorios dependientes del Departamento de Educación.
De forma excepcional, si alguna plaza quedase desierta, podrán admitirse candidaturas procedentes de la Comunidad Foral de Navarra que acrediten estar cursando estudios de música en centros debidamente autorizados de dicha Comunidad.
Antes de comenzar:
- Tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos necesarios en formato digital.
Después, acceda al servicio electrónico, mediante el siguiente botón, y siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.
* No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. - A continuación, verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo).
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
La Resolución se realizará dentro de los seis meses siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOPV. La selección del proyecto se realizará por Resolución del director de Centros y planificación. La notificación de dicha Resolución a las personas interesadas se realizará individualmente por canal electrónico, a través de https://www.euskadi.eus/micarpeta. Se podrá remitir a las personas interesadas avisos de las notificaciones realizadas, al dispositivo electrónico y/o dirección de correo electrónico que hayan indicado en su solicitud. Dichos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Otros trámites
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que la aporte nueva documentación en el plazo de 10 días. De no hacerlo, laAdministración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de aportación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que aporte nueva documentación en el plazo de 15 días. De no hacerlo, la Administración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado una ampliación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
En todo momento usted podrá alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto.
Más información: Artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas