CJME: Bases del concurso para jóvenes músicos de Euskadi y presentación y selección de proyectos para los cursos académicos 2025-2026 y 2026-2027
[CJME]
- Organismo:
- Educación
- Estado:
Descripción
Objeto
El CJME tiene por objetivo promover la cultura musical y apoyar el joven talento musical de alumnos y alumnas que cursen estudios musicales en el ámbito de la CAPV, ofreciéndoles la oportunidad de dar a conocer el trabajo que vienen desarrollando, incentivando la creatividad y espíritu innovador, así como el sentido del esfuerzo y de superación.
Dotación presupuestaria
10.000 ?Prestación económica
Tomando como referencia los créditos asignados al CJME, la cantidad destinada a gastos de funcionamiento del concurso ascenderá a 10.000 euros para cada uno de los ejercicios económicos 2026 y 2027.
La gestión económica del concurso será asumida por la Dirección del conservatorio profesional de música de cuyo claustro forme parte el coordinador o coordinadora del concurso.
Forma de pago:
- El programa de actividades desarrollado dentro de este proyecto tendrá carácter anual y deberá ser autorizado por el director de Centros y Planificación del Departamento de Educación, que posteriormente procederá al libramiento correspondiente a uno de los conservatorios de su titularidad, que se convertirá durante esa edición en órgano gestor de la partida.
Al final de cada edición, el conservatorio encargado de la gestión deberá justificar documentalmente ante la Dirección de Centros y Planificación los gastos efectuados.
- Todos los y las participantes recibirán un diploma. Habrá 3 premios en cada modalidad y categoría: 1º premio, 2º premio y mención de honor.
Tomando como referencia los créditos asignados al CJME, la cantidad destinada a gastos de funcionamiento del concurso ascenderá a 10.000 euros para cada uno de los ejercicios económicos 2026 y 2027.
La gestión económica del concurso será asumida por la Dirección del conservatorio profesional de música de cuyo claustro forme parte el coordinador o coordinadora del concurso.
- El programa de actividades desarrollado dentro de este proyecto tendrá carácter anual y deberá ser autorizado por el director de Centros y Planificación del Departamento de Educación, que posteriormente procederá al libramiento correspondiente a uno de los conservatorios de su titularidad, que se convertirá durante esa edición en órgano gestor de la partida.
Al final de cada edición, el conservatorio encargado de la gestión deberá justificar documentalmente ante la Dirección de Centros y Planificación los gastos efectuados.
- Todos los y las participantes recibirán un diploma. Habrá 3 premios en cada modalidad y categoría: 1º premio, 2º premio y mención de honor.
A quién va dirigido
Personas físicas
Requisitos:
-
Ser profesorado de alguno de los tres conservatorios de música de titularidad del Departamento de Educación, uno de cuyos componentes asumirá la coordinación general del equipo de trabajo.
El CJME está abierto al profesorado de los tres conservatorios profesionales dependientes del Departamento de Educación, y tiene asignado un coordinador o coordinadora, que contará con una liberación lectiva parcial de tres horas.
-
Podrán participar en el CJME los alumnos y alumnas que reúnann los requisitos establecidos.
Podrán participar en el CJME los alumnos y alumnas que reúnan los siguientes requisitos:
– Alumnos y alumnas que estén cursando estudios en centros de enseñanzas musicales del País Vasco (conservatorios profesionales de música dependientes del Departamento de Educación, centros reglados debidamente autorizados, y escuelas de música y danza de la CAPV reguladas mediante Decreto 64/2024, de 21 de mayo).
– No podrán concurrir quienes se hallen incursos en alguna de las causas establecidas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.
– Aquellos y aquellas concursantes que hubieran obtenido el primer premio en la edición del año anterior no podrán participar en la misma categoría en la sucesiva edición (excepto los ganadores de la modalidad de conjuntos instrumentales y vocales, que podrán presentarse con un conjunto o agrupación diferente, y los ganadores en jazz y música moderna, si concursan colectivamente con una agrupación diferente).
– Haber formulado la solicitud de inscripción que se realizará online, a través del portal de comunicación dispuesto por el Departamento de Educación “ikasgunea” en el plazo establecido en la correspondiente convocatoria. La inscripción podrá realizarse como máximo en dos modalidades, y siempre cumplimentando una inscripción para cada modalidad.
– Tener la de edad reglamentaria establecida para cada categoría a la fecha de publicación de la convocatoria, para lo que cada participante deberá adjuntar copia de su DNI.
– Abonar el importe que se establezca en concepto de derechos de examen para el acceso al CJME. El pago podrá efectuarse mediante las modalidades previstas en el Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la intermediación de entidad de crédito colaboradora.
Los precios públicos de las matrículas en concursos y certámenes instrumentales organizados en los Conservatorios Profesionales de Música serán los siguientes:
• Como concursante individual: 20,00 euros.
• Como grupo de cámara u otros colectivos: 60,00 euros.
El pago del importe de dicho precio público se efectuará en el momento de la formalización de la matrícula.
Requisitos
-
Matrícula.
Junto con la inscripción, el alumnado deberá aportar justificación del requisito de matriculación en centros públicos o autorizados musicales de la CAPV en el curso académico correspondiente.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Educación / Viceconsejería de Políticas Educativas > Dirección de Centros y Planificación
Organismo que resuelve
- Educación / Viceconsejería de Políticas Educativas > Dirección de Centros y Planificación
Solicitud y aportación de documentación.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.
-
Matrícula.
Junto con la inscripción, el alumnado deberá aportar justificación del requisito de matriculación en centros públicos o autorizados musicales de la CAPV en el curso académico correspondiente.
-
Ser profesorado de alguno de los tres conservatorios de música de titularidad del Departamento de Educación, uno de cuyos componentes asumirá la coordinación general del equipo de trabajo.
El CJME está abierto al profesorado de los tres conservatorios profesionales dependientes del Departamento de Educación, y tiene asignado un coordinador o coordinadora, que contará con una liberación lectiva parcial de tres horas.
-
Podrán participar en el CJME los alumnos y alumnas que reúnann los requisitos establecidos.
Podrán participar en el CJME los alumnos y alumnas que reúnan los siguientes requisitos:
– Alumnos y alumnas que estén cursando estudios en centros de enseñanzas musicales del País Vasco (conservatorios profesionales de música dependientes del Departamento de Educación, centros reglados debidamente autorizados, y escuelas de música y danza de la CAPV reguladas mediante Decreto 64/2024, de 21 de mayo).
– No podrán concurrir quienes se hallen incursos en alguna de las causas establecidas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.
– Aquellos y aquellas concursantes que hubieran obtenido el primer premio en la edición del año anterior no podrán participar en la misma categoría en la sucesiva edición (excepto los ganadores de la modalidad de conjuntos instrumentales y vocales, que podrán presentarse con un conjunto o agrupación diferente, y los ganadores en jazz y música moderna, si concursan colectivamente con una agrupación diferente).
– Haber formulado la solicitud de inscripción que se realizará online, a través del portal de comunicación dispuesto por el Departamento de Educación “ikasgunea” en el plazo establecido en la correspondiente convocatoria. La inscripción podrá realizarse como máximo en dos modalidades, y siempre cumplimentando una inscripción para cada modalidad.
– Tener la de edad reglamentaria establecida para cada categoría a la fecha de publicación de la convocatoria, para lo que cada participante deberá adjuntar copia de su DNI.
– Abonar el importe que se establezca en concepto de derechos de examen para el acceso al CJME. El pago podrá efectuarse mediante las modalidades previstas en el Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la intermediación de entidad de crédito colaboradora.
Los precios públicos de las matrículas en concursos y certámenes instrumentales organizados en los Conservatorios Profesionales de Música serán los siguientes:
• Como concursante individual: 20,00 euros.
• Como grupo de cámara u otros colectivos: 60,00 euros.
El pago del importe de dicho precio público se efectuará en el momento de la formalización de la matrícula.
Antes de comenzar:
- Tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos necesarios en formato digital.
Después, acceda al servicio electrónico, mediante el siguiente botón, y siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.
* No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. - A continuación, verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo).
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
La selección del proyecto se realizará por Resolución del director de Centros y planificación. La notificación de dicha Resolución a las personas interesadas se realizará individualmente por canal electrónico, a través de https://www.euskadi.eus/micarpeta. Se podrá remitir a las personas interesadas avisos de las notificaciones realizadas, al dispositivo electrónico y/o dirección de correo electrónico que hayan indicado en su solicitud. Dichos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada. Contra dicha Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Políticas Educativas, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Otros trámites
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que la aporte nueva documentación en el plazo de 10 días. De no hacerlo, laAdministración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de aportación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que aporte nueva documentación en el plazo de 15 días. De no hacerlo, la Administración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado una ampliación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
En todo momento usted podrá alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto.
Más información: Artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas