Becas destinadas a la realización de trabajos de investigación en materia de euskera e igualdad de género 2024 (BERDINTZEN)

Descripción


Objeto

La concesión de cuatro becas para la realización de trabajos de investigación en materia de euskera e igualdad de género en 2024.

Los temas de investigación de las becas a adjudicar serán los siguientes:

  • Estudios teóricos y/o metodológicos demolingüísticos para comprender los procesos de revitalización del euskera en relación con el género.
  • Investigaciones aplicadas sobre los procesos de revitalización del euskera que se construyen incorporando la perspectiva de género.
  • Análisis de corpus, comunicaciones o discursos que combinan género y lengua en diferentes ámbitos (educación, mundo laboral, familia, ocio y deporte …).
  • Trabajos de investigación sobre el papel de las mujeres en la revitalización del euskera (a través del patrimonio oral o mediante investigaciones bibliográficas).

Dotación presupuestaria

30.000

Prestación económica

Cada beca será de 7.500 euros.

Forma de pago:

Se abonará una vez el trabajo objeto de la beca haya sido recibido, analizado y aprobado por la Viceconsejería de Política Lingüística.

A quién va dirigido


Personas físicas, individualmente o por grupos

Requisitos

  • Los y las solicitantes deben ser personas físicas, individualmente o por grupos.
  • Las personas solicitantes deberán estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, tanto en el momento de la solicitud de la beca como en el momento de la justificación y percepción de la cantidad correspondiente al trabajo realizado.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro, con arreglo a lo dispuesto en la Disposición Adicional del reciente Decreto 1/2021, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.
  • En el caso de que varias personas solicitantes solicitantes presenten un único trabajo de investigación, las personas cotitulares de los mismos deberán designar una de ellas como coordinadora y representante ante la Administración, de conformidad con las obligaciones establecidas en el artículo 11.4 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.
  • Las personas físicas que puedan ser beneficiarias de las becas lo harán de forma individual o grupo de personas físicas que no hayan obtenido anteriormente la misma beca de otras entidades públicas o privadas, debiendo cumplir los restantes requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.
  • Además de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, los y las solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • a) Estar en posesión de titulación universitaria superior. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos a la fecha de presentación de la solicitud.
  • b) Estar en posesión, al menos, de alguno de los siguientes certificados que acrediten el nivel de conocimiento C1 ALTE de Euskera: nivel C1 de HABE; EGA; PL3 del IVAP; nivel C1 de EOI.
  • c) No haber recibido de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi una beca de igual o similar contenido.
  • d) No haber sido personas sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, ni hallarse incursas en prohibición alguna que el DECRETO LEGISLATIVO 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, u otras disposiciones, le inhabilite para solicitar las becas reguladas en la presente Resolución durante el período de duración de la sanción.

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Política Lingüística > Dirección de Investigación Lingüística y Coordinación

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Política Lingüística > Dirección de Investigación Lingüística y Coordinación

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1091611

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Acceder a través del siguiente botón al formulario de solicitud.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Tres meses

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites