Convocatoria pública para la selección y aprobación de las estrategias de desarrollo local participativo (EDLP) y de los grupos de acción local del sector pesquero (GALP) responsables de su gestión

[Estrategias de desarrollo local participativo del sector pesquero GALP]

Descripción


Objeto

Convocatoria pública para la selección y aprobación de las estrategias de desarrollo local participativo y de los grupos de acción local del sector pesquero responsables de su gestión durante el período de programación 2021-2027, amparada en los Reglamentos (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, relativo al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura y (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, sobre disposiciones comunes.

A quién va dirigido


Grupos de Acción Local del Sector Pesquero

- Las entidades asociativas responsables de la presentación de las estrategias y de la ejecución de aquéllas que resulten seleccionadas adquirirán la condición de Grupos de Acción Local del Sector Pesquero.

- Se seleccionará un máximo de dos Grupos de Acción Local del Sector Pesquero.

- Los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero llevarán a cabo las siguientes tareas:

a) Generar la capacidad de los agentes locales para desarrollar y ejecutar las operaciones

b) Elaborar un procedimiento y criterios de selección no discriminatorios y transparentes, de modo que se eviten conflictos de intereses y se garantice que ningún grupo de interés único controle las decisiones de selección

c) Elaborar y publicar las convocatorias de propuestas. La aprobación y publicación de las convocatorias en medios oficiales corresponderá al Organismo Intermedio de Gestión (OIG), al ser esta competencia exclusiva de la CAPV

d) Seleccionar las operaciones, fijar el importe de la ayuda y presentar las propuestas al organismo responsable de la verificación final de la admisibilidad antes de la aprobación

e) Hacer un seguimiento de los avances realizados en la consecución de los objetivos de la estrategia

f) Evaluar la ejecución de la estrategia

Requisitos

  • Estar constituidos legalmente o contar con el compromiso formal de constitución como asociaciones privadas sin ánimo de lucro, al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, con exclusión de cualquier otra forma jurídica, con personalidad jurídica propia e independiente de sus asociados.
  • Estar constituidos con la finalidad de concebir y aplicar estrategias de desarrollo local participativo, con las condiciones del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, relativo al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.
  • Tener entre sus fines estatutarios el desarrollo local participativo de los municipios pesqueros y garantizar en sus estatutos que es una entidad sin ánimo de lucro.
  • Elaborar una Estrategia de Desarrollo Local Participativo (EDLP) y demostrar su capacidad para definirla y aplicarla en la zona, con un enfoque participativo, ascendente, multisectorial, interactivo, innovador, cooperante y generador de empleo. La estrategia comprenderá las actuaciones previstas en el periodo de programación 2021-2027, pudiendo prorrogarse hasta el 31 de diciembre de 2029.
  • Tener capacidad para ejecutar la estrategia y dotarse, o bien comprometerse a dotarse, de un equipo técnico contratado directamente por el GALP con formación y capacidad para gestionar la estrategia de desarrollo propuesta. El gerente o el máximo responsable técnico tendrá dedicación exclusiva al GALP y no ocupará cargos electos en los órganos del gobierno.
  • Ser transparentes en la atribución de funciones y responsabilidades, debiendo garantizarse, además, la plena capacidad de las personas interlocutoras para asumir las tareas encomendadas incluidas las financieras, así como la eficacia de los mecanismos de funcionamiento y de toma de decisiones.
  • Su actividad deberá garantizar los principios de colaboración, objetividad, imparcialidad, eficacia, eficiencia, transparencia, publicidad y libre concurrencia.
  • Deberá tratarse de grupos de acción local compuestos por representantes de los intereses socioeconómicos locales públicos y privados dentro de la zona, y sin que ningún grupo de interés único controle la toma de decisiones, o compromiso de adaptación de sus estatutos a dicha composición. Una entidad solo podrá ser socia de un grupo de acción local. A su vez, deberán garantizar una representación significativa de los sectores de la pesca y/o acuicultura.
  • Los estatutos deberán incorporar las reglas necesarias relativas al cumplimiento de los requisitos generales y, necesariamente, deberán prever o comprometerse a prever las reglas referidas al sistema de toma de decisiones. En concreto, la obligación de que los representantes de las entidades directamente interesadas en el asunto no podrán estar presentes en las votaciones. Por otra parte, deberá garantizarse que se evite cualquier conflicto de intereses, de manera que se arbitrará un mecanismo para que, en las tomas de decisiones de los órganos del GALP, las declaraciones de intereses queden perfectamente documentadas y formen parte del expediente.
  • Carecer estatutariamente de fines de lucro, entendiendo como tal a aquellas entidades que, aunque desarrollen actividades de carácter mercantil, inviertan la totalidad de los beneficios resultantes de las mismas en el cumplimento de sus fines institucionales no mercantiles.

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Pesca y Acuicultura

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Pesca y Acuicultura

Información de contacto


Jose Alberto Orbe

Teléfono: 945 019 637

E-mail: j-orbe@euskadi.eus

Código

1236901

Solicitudes para la selección de las estrategias de desarrollo local


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Acceda al siguiente formulario online.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La convocatoria se resolverá y notificará en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de entrada de la solicitud.

Otros trámites