Ayuda a víctimas del terrorismo

[Ayuda a víctimas del terrorismo 2023]

Descripción


Objeto

Reparar y dar protección y asistencia integral a las víctimas directas de acciones terroristas y a sus familiares y allegados en los términos previstos en la Ley 4/2008, de 19 de junio, de reconocimiento y reparación a las víctimas del terrorismo y en el Decreto 290/2010, de 9 de noviembre, de desarrollo del sistema de asistencia integral a las víctimas del terrorismo.

Dotación presupuestaria

Los recursos económicos destinados a hacer frente a estas ayudas, procederán de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi

Prestación en forma de servicios

Daños materiales:

  • Daños en vivienda
  • Gastos por alojamiento provisional y traslado
  • Daños en vehículos
  • Daños en sedes de partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales
  • Daños en establecimientos industriales y comerciales
  • Gastos por implantación de sistemas de seguridad
  • Gastos de adaptación de la vivienda

Daños Personales:

Gastos de asistencia jurídica

Atención sanitaria:

  • Asistencia psicológica, psicosocial y psicopedagógica
  •  Implante de prótesis

Enseñanza:

  • Exención de tasas
  • Traslado de expediente
  • Becas al estudio
  • Otros gastos académicos

Ayudas extraordinarias

Forma de pago:

Diferente, en función de la ayuda que se tramite.

A quién va dirigido


Personas físicas

Podrán ser beneficiarias de la presente ayuda las personas físicas o jurídicas domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi que padezcan acoso, amenaza o coacción vinculada a actuaciones terroristas conforme acredite el órgano competente de la Viceconsejería de Seguridad del Departamento de Interior, y que cumplan con el resto de obligaciones para ser beneficiario de subvenciones o ayudas públicas de conformidad con la normativa vigente.

Requisitos:

  • Acreditar la identidad de la persona física

Organismos


Organismo que convoca

  • Igualdad, Justicia y Políticas Sociales / Viceconsejería de Derechos Humanos, Memoria y Cooperación > Dirección de Derechos Humanos, Victimas y Diversidad

Organismo que resuelve

  • Igualdad, Justicia y Políticas Sociales / Viceconsejería de Derechos Humanos, Memoria y Cooperación > Dirección de Derechos Humanos, Victimas y Diversidad

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1053306

Solicitud y aportación de documentación


Para solicitar la ayuda, deberá:

  • preparar toda la documentación necesaria
  • cumplimentar la solicitud y los anexos
  • presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Acceder a través del siguiente botón al formulario de solicitud.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El sentido del silencio es negativo en virtud del artículo 51.9 del texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, se aplica a los expedientes que hayan entrado con posterioridad a 16 de febrero 2021. A la luz del artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ello ha de ser interpretado de la siguiente forma: ? El paso de los 6 meses sin haberse notificado resolución expresa, legitima al interesado o interesados para entender que la ayuda ha sido desestimada por silencio administrativo. ? Ahora bien, aun cuando haya pasado dicho plazo la Administración tiene obligación de resolver y, si cumple los requisitos, la resolución será concesiva.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites