Convocatoria ASOCIACIONES ERASMUS+ PARA LA INNOVACIÓN - PROYECTOS PROSPECTIVOS 2022. (Convocatoria ERASMUS-EDU-2022-PI-FORWARD (3))
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- Estado:
Descripción
Objeto
Tras la reciente pandemia, la innovación en la enseñanza y el aprendizaje son más importantes que nunca, tanto a nivel individual como institucional.
Estos enfoques innovadores no solo deben proporcionar a los trabajadores de hoy y de mañana las competencias adecuadas para unos mercados laborales en rápida evolución, sino que también deben dotar a la mano de obra de creatividad y competencias para afrontar la creciente complejidad de los retos sociales a los que todos nos enfrentamos, como el cambio climático, la protección de la biodiversidad, la energía limpia, la salud pública, la digitalización y la automatización, la inteligencia artificial, la robótica y el análisis de datos.
El Programa Erasmus + cuenta con tres acciones clave y se han centrado en la segunda: “Cooperación entre organizaciones e instituciones”, que apoya a las asociaciones para la cooperación, la excelencia y la innovación.
Esta segunda acción pretende fomentar la innovación, la creatividad y la participación, así como el emprendimiento social en diferentes ámbitos de la educación y la formación entre sectores y disciplinas.
Para ello, el objetivo es apoyar proyectos de cooperación transnacional que apliquen un conjunto coherente y completo de actividades sectoriales o intersectoriales que:
a) fomenten la innovación en términos de alcance, métodos y prácticas pioneras, y/o
b) garanticen una transferencia de la innovación (entre países, sectores políticos o grupos destinatarios), asegurando así a nivel europeo una explotación sostenible de los resultados de los proyectos innovadores y/o la transferibilidad a diferentes contextos y audiencias.
Los proyectos que pueden postular a la Convocatoria Erasmus-EDU-2022-PI-FORWARD (3), se definen como “Proyectos con Visión de Futuro”. Son proyectos a gran escala que tienen como objetivo identificar, desarrollar, probar y/o evaluar enfoques (políticos) innovadores que tienen el potencial de integrarse, mejorando así los sistemas de educación y formación. Apoyarán ideas con visión de futuro que respondan a las prioridades europeas clave y que aporten una contribución a la mejora de los sistemas de educación, formación y juventud, un efecto innovador sustancial en términos de métodos y prácticas a todos los tipos de entornos de aprendizaje y participación activa para la cohesión social de Europa.
Dicha Convocatoria, siendo la segunda acción clave del Programa Erasmus + 2022 (Cooperación entre organizaciones e instituciones), se divide en tres lotes principales. A su vez, estos tres lotes engloban 6 prioridades. El presupuesto total es de 46.000.000€.
ÍNDICE:
LOTE 1: Prioridades intersectoriales
- PRIORIDAD 1: El apoyo a una educación digital de alta calidad e inclusiva, en línea con el Plan de Acción de Educación Digital
- PRIORIDAD 2: El apoyo a los sistemas de educación y formación para que se adapten a la transición ecológica
LOTE 2: Educación y formación profesional (FP)
- PRIORIDAD 3: El apoyo el Pacto por las Capacidades
- PRIORIDAD 4: Estructuras y mecanismos para la investigación aplicada en la FP
- PRIORIDAD 5: Competencias verdes en la FP
LOTE 3: Educación de adultos (EA)
- PRIORIDAD 6: Itinerarios de mejora de las competencias: Nuevas oportunidades para los adultos
LOTE 1. Prioridades Intersectoriales
Presupuesto: 27.200.000€.
Número indicativo de proyectos: 34 Financiación por proyecto: 800.000€
Duración de los proyectos: Entre 24 y 48 meses
Los proyectos de este lote pueden dirigirse a diferentes sectores educativos o a sectores educativos puente. Deben abordar una de las dos prioridades siguientes:
PRIORIDAD 1: El apoyo a una educación digital de alta calidad e inclusiva, en línea con el Plan de Acción de Educación Digital
Contexto:
Las propuestas para la prioridad digital apoyarán una educación digital inclusiva y de alta calidad en línea con los objetivos del Plan de Acción de Educación Digital.
Objetivo de la prioridad:
Para ello, los proyectos abordarán específicamente al menos una de las siguientes áreas: Factores clave de éxito para una educación y formación digital inclusiva y de alta calidad:
Los proyectos deberán:
-Identificar y/o evaluar los factores u obstáculos que posibilitan unos ecosistemas de educación y formación digitales eficaces y de alto rendimiento a nivel sistémico (nacional/regional/local) o a nivel organizativo;
-Examinar la interacción entre estos factores/obstáculos y elaborar recomendaciones que puedan difundirse y aprovecharse a nivel organizativo y sistémico.
La inteligencia artificial en la educación: Los proyectos deberán:
-Identificar, desarrollar y pilotar casos de uso de la inteligencia artificial en la educación y la formación, incluyendo la consideración de su impacto en los datos, la privacidad, la ética y los valores de la UE.
-Producir recomendaciones, conjuntos de herramientas y directrices de aplicación sobre el papel y el uso de la inteligencia artificial en la educación y la formación, que podrán difundirse y aprovecharse a nivel organizativo y sistémico.
Contenidos educativos digitales de alta calidad: Los proyectos deberán:
-Identificar, desarrollar y pilotar casos de uso para el desarrollo y la adopción de contenidos educativos digitales de alta calidad
-Producirán recomendaciones, conjuntos de herramientas y directrices de aplicación sobre el desarrollo y la adopción de contenidos educativos digitales de alta calidad que puedan difundirse y aprovecharse a nivel organizativo y sistémico.
PRIORIDAD 2: El apoyo a los sistemas de educación y formación para que se adapten a la transición ecológica
Contexto:
El Pacto Verde Europeo también desempeña un papel importante en el Espacio Europeo de la Educación: "Las políticas de educación y formación y las inversiones orientadas a la transición verde y digital inclusiva son la clave de la futura resiliencia y prosperidad de Europa." Objetivo de la prioridad:
Para ello, estudiantes, profesores y agentes educativos deben actuar colectivamente en soluciones educativas innovadoras para la sostenibilidad medioambiental. Es fundamental que, mediante esta colaboración, se desarrollen nuevas competencias, se haga un cambio de comportamientos y la adaptación al cambio climático
Los proyectos tienen que estar alineados con los elementos clave de la transición verde en el Espacio Europeo de la Educación, que son los siguientes:
- La Coalición por la Educación y el Clima;
- La Recomendación del Consejo sobre la educación para la sostenibilidad del medio ambiente adoptada por la Comisión el 14 de enero de 2022;
- Los marcos de competencias europeos sobre sostenibilidad y;
- La ecologización de las infraestructuras.
LOTE 2. Educación y formación profesional (FP)
Presupuesto: 13.800.000€.
Número indicativo de proyectos: 7 por prioridad Financiación por proyecto: 700.000€
Duración de los proyectos: 24 meses obligatorio
Los proyectos de este lote van dirigidos al sector de la FP. Estos proyectos apoyan la aplicación de los principios y objetivos del Plan de Acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales, la Agenda Europea de Competencias, la Recomendación del Consejo sobre la educación y la formación profesionales para la competitividad sostenible, la equidad social y la resiliencia y la Declaración de Osnabrück sobre la educación y la formación profesionales
como facilitadoras de la recuperación y la transición justa a las economías digitales y verdes. Deben abordar una de las tres prioridades siguientes:
PRIORIDAD 3: El apoyo el Pacto por las Capacidades
Contexto: ¿Qué es el Pacto por las Capacidades?
El Pacto por las Capacidades pide a los principales actores que unan sus fuerzas y formen asociaciones que se comprometan a realizar acciones concretas para mejorar y reciclar las capacidades de las personas.
Objetivo de la prioridad:
- Cooperación entre grandes empresas y micro, pequeñas y medianas empresas,
- a lo largo de una cadena de valor,
- en el mismo ecosistema industrial,
- para la mejora y el reciclaje de las cualificaciones,
- para las tareas cambiantes en las micro, pequeñas o medianas empresas. Las propuestas deben:
- Por un lado, exponer cómo el proyecto identificará, probará, desarrollará o evaluará herramientas o estructuras centradas en la intermediación y construcción de esta cooperación.
- Por otra parte, sentar las bases para las asociaciones de competencias a gran escala en los ecosistemas industriales en el marco del Pacto.
Los proyectos comenzarían: el 1 de noviembre de 2022 o el 1 de diciembre de 2022 o el 1 de enero de 2023
PRIORIDAD 4: Estructuras y mecanismos para la investigación aplicada en la FP
Contexto:
La mayoría de las innovaciones que se producen cada día provienen de una necesidad práctica. La mayor parte de estas personas que tienen ideas a raíz de una necesidad práctica proceden del sistema de FP. Por eso es importante asegurarse de que la FP ocupe su lugar en el llamado "triángulo del conocimiento".
Objetivo de la prioridad:
La idea es que se mejore el sistema educativo de la FP implicando a los profesores y formadores, a los alumnos y a las empresas.
PRIORIDAD 5: Competencias verdes en la FP
Contexto:
- El Pacto Verde Europeo es la nueva estrategia de crecimiento de Europa que pretende transformar su economía y su sociedad y situarlas en una senda más sostenible.
- Una transición verde justa y exitosa requiere inversiones en las capacidades de las personas.
- Como se estipula en la acción 6 de la Agenda Europea de las Capacidades, la Comisión apoyará la adquisición de capacidades para la transición verde, incluso apoyando el desarrollo de un conjunto de capacidades verdes básicas para el mercado laboral.
- La FP desempeña un papel fundamental para dotar a los alumnos de estas tres competencias, como se subraya en la Recomendación sobre la FP y en la Declaración de Osnabrück.
El objetivo de la prioridad:
- Desarrollar un conjunto de competencias ecológicas básicas para el mercado laboral en los diferentes sectores económicos para orientar la formación con vistas a crear una generación de profesionales conscientes del clima, el medio ambiente y la salud y de operaciones económicas ecológicas.
- Ayudar a integrar este conjunto de aptitudes ecológicas básicas en los planes de estudio de la FP, así como en la formación de los profesores, formadores y demás personal que realice un desarrollo profesional inicial y continuo.
LOTE 3. Educación de adultos (EA)
Presupuesto: 5.000.000€.
Número indicativo de proyectos: 5 por prioridad Financiación por proyecto: 1.000.000€
Duración de los proyectos: 24 meses obligatorio
PRIORIDAD 6: Itinerarios de mejora de las competencias: Nuevas oportunidades para los adultos
Contexto:
- Agenda Europea de Capacidades,
- Plan de Acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales,
- Resolución del Consejo sobre una agenda europea renovada para el aprendizaje de adultos,
- Recomendación del Consejo, de 19 de diciembre de 2016, sobre los itinerarios de mejora de las competencias: Nuevas oportunidades para los adultos.
Objetivo de la prioridad:
- Contribuir a aumentar la oferta de oportunidades de mejora de las cualificaciones y su aprovechamiento por parte de los adultos poco cualificados.
- Contribuir a la aplicación práctica e integrada de los pasos de los itinerarios de mejora de las cualificaciones con el apoyo de medidas de divulgación y orientación.
- Contribuir a aumentar la coherencia entre las medidas existentes para los adultos poco cualificados.
- Garantizar la movilización y el compromiso de todos los agentes pertinentes en la aplicación de la Recomendación sobre los itinerarios de mejora de la cualificación.
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Proceso de evaluación de los proyectos, que se realizará en cinco niveles:
1. Admisibilidad:
- Plazo de presentación: 15 de marzo de 2022 (17:00 CET)
- Las partes están obligadas a rellenar todos los documentos en formato online (en ningún caso en formato papel)
- Sólo se pueden corregir los errores de carácter práctico después de la presentación
- ¿Dónde presentar una propuesta? A través del Portal de Oportunidades de Financiación y Licitación de la Comisión Europea.
Criterios de elegibilidad:
¿Quién puede solicitar/participar? Cualquier organización pública o privada activa en el ámbito de la educación y la formación, que sean motores clave de la innovación y estén legalmente establecidas en un Estado Miembro de la UE o en un tercer país asociado al Programa, que tenga capacidad operativa (competencias y cualificaciones profesionales adecuadas) y capacidad financiera (fuentes de financiación estables y suficientes).
Posteriormente, se procedería a la selección (3), exclusión (4) y adjudicación (5).
Dotación presupuestaria
46.000.000Información de contacto
Código
benefit_202228164341894Resolución y recursos
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Para interponer el recurso por el canal electrónico deberá disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
¿Contra qué actos se interpone?
Contra las resoluciones de reclamaciones económico-administrativas firmes cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.
- Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida.
- Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución.
- Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.
¿Ante qué órgano se interpone?
Ante el propio Tribunal Económico Administrativo de Euskadi
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
Cuando se trate de la causa 1, dentro del plazo de cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada.
En los demás casos, el plazo será de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme.
¿Qué plazo tiene el Tribunal para resolverlo?
Si en ese plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Para interponer un recurso potestativo de reposición utilizando el canal electrónico, rellene el formulario que encontrará en Mi carpeta.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Otros trámites
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para aportar documentación, acceda a Mi carpeta (es necesario un medio de identificación electrónica):
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Para aportar documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que la aporte nueva documentación en el plazo de 10 días. De no hacerlo, laAdministración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de aportación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Para aportar la documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que aporte nueva documentación en el plazo de 15 días. De no hacerlo, la Administración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado una ampliación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta y en el apartado Mi perfil podrá modificar sus datos de contacto.